Reuniones paralelas del presidente Castillo pueden derivar en investigaciones administrativas y penales

El marco legal relacionado a la gestión de intereses y expertos consultados por OjoPúblico señalan que el presidente de la República, Pedro Castillo, cometió una vulneración administrativa al despachar desde un domicilio particular y sin llevar un registro de los encuentros, sin embargo, advierten que estos actos pueden convertirse en delitos si se confirma que en las reuniones se concertó o coludió para favorecer decisiones de Gobierno. La Contraloría había emitido dos alertas por el mismo hecho en agosto.

MENSAJE. El Jefe de Estado asegura que las reuniones que sostuvo fuera de Palacio son de índole privado.

MENSAJE. El Jefe de Estado asegura que las reuniones que sostuvo fuera de Palacio son de índole privado.

Foto: Andina / archivo

La Contraloría General de la República advirtió dos veces al presidente Pedro Castillo y a la Secretaria General de la Presidencia, dirigida entonces por Bruno Pacheco, del extenso marco legal que les obliga a transparentar el detalle de las reuniones que mantienen los funcionarios y servidores públicos en el ejercicio de su labor. Así como la pertinencia de despachar en el domicilio legal establecido el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de Palacio, es decir, en la Casa de Gobierno.

Las llamadas de atención ocurrieron en agosto, a los pocos días de la toma de mando. En el primer informe N° 008-2021 la Contraloría cuestionó que el presidente y el secretario general no consignaron información en el Registro de Visitas en Línea, del 28 de julio y el 1 de agosto, porque estaban laborando fuera de Palacio; y que en el segundo informe N° 009-2021 se alertó que los datos registrados en dicho portal fueron cambiados a pedido de funcionarios públicos.

La Contraloría alertó a Pedro Castillo y a Bruno Pacheco de las normas de transparencia que debían cumplir".

Ambos documentos no derivaron en procedimientos administrativos, solo en recomendaciones, pero expusieron lo que sería uno de los problemas de la actual gestión: la ausencia de transparencia y rendición de cuentas. Tres meses después, varios reportes periodísticos revelan que Castillo Terrones continuó recibiendo invitados en la vivienda del pasaje Sarratea, en Breña, que le sirvió como sede de campaña durante las últimas elecciones.

Existe un amplio marco legal que regula la transparencia en el ejercicio de la función pública, y que es obligatorio para los servidores del Estado, sean del Poder Ejecutivo, Legislativo, Judicial u otros organismos. Sin embargo, especialistas consultados por OjoPúblico señalan que el actual cuestionamiento que afronta el Ejecutivo, por las reuniones paralelas que se sostuvieron en dicho inmueble, reúne elementos para el inicio de investigaciones administrativas e, incluso, penales si es que se demuestra que los temas abordados en las citas presentan conflictos de interés o ilícitos.

 

Transparencia en la gestión pública

Son cinco las normas que habrían sido vulneradas por el presidente Pedro Castillo y sus funcionarios al mantener estos encuentros en Breña. Una de ellas es la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, que en sus artículos 4 y 8 señala, que todas las personas deben tener acceso a la información que se produce en sus entidades, bajo el marco legal existente; y que es el Jefe de Estado quien debe hacer cumplir estas y otras disposiciones legales. 

La segunda es el Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial, que indica que la Casa de Gobierno, y no otra locación, debe ser la sede de trabajo del Jefe de Estado. La tercera es la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que define la forma y oportunidad en que las actividades oficiales de los altos funcionarios deben ser difundidas a los ciudadanos, a través de Internet.

Son cinco las normas que habría vulnerado el presidente Pedro Castillo al mantener estos encuentros en Breña".

Pero las normas más importantes en esta materia son la Ley 28024, que regula la gestión de intereses en la administración pública, y su reglamento aprobado a través del Decreto Supremo 120-2019-PCM. Aquí se indica que los servidores del Estado están obligados a mantener actualizado y accesible el registro de visitas, el cual tiene carácter de declaración jurada.

Además, en su artículo 16.3 dice que reuniones como las ocurridas en Breña no están permitidos. "Los funcionarios públicos están prohibidos de atender actos de gestión de intereses fuera de la sede institucional. Excepcionalmente pueden realizarse fuera siempre que sea programado previamente en la agenda oficial, y en cuyo caso debe dejarse constancia del hecho y registrar la gestión conforme al reglamento”.

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PALACIO. El reglamento del Despacho Presidencial indica que la Casa de Gobierno, y no otra locación, debe ser la sede de trabajo del Jefe de Estado.
Foto: Andina. 

El último lunes, el presidente Castillo dio un mensaje a la Nación donde indica que las reuniones registradas en esa casa “fueron visitas de carácter personal”. Sin embargo, ministros de Estado, servidores públicos y al menos una persona particular vinculada a un consorcio que ganó una licitación –como lo ha expuesto El Comercio y Cuarto Poder– ingresaron a esa casa cuando el ahora investigado por tráfico de influencias, Bruno Pacheco, permanecía en el cargo. 

Samuel Rotta Castilla, director ejecutivo de Proética, señala que el primer obstáculo es determinar si fueron o no reuniones privadas, y eso es algo que deberá ser resuelto en una eventual investigación fiscal y administrativa. “No todo lo que hace un presidente es de dominio público, hay un espacio para la vida privada, pero la duda o la zona gris es que se han identificado a ministros de Estado y proveedores entre los asistentes (...) Asumamos que son reuniones privadas, pero el Jefe de Estado está sujeto a un escrutinio mayor por su investidura, y debe dar más explicaciones”, agregó.

Por lo pronto, la Contraloría ha pedido al actual secretario general de Palacio, Carlos Jaico Carranza, las facilidades para realizar un “servicio de control simultáneo” respecto a las citas ocurridas en Breña. En tanto, el Procurador General del Estado, Daniel Soria Luján, solicitó conocer si existe un registro de los asistentes y qué medidas adoptaron para cumplir con las recomendaciones que la Contraloría les remitió en agosto último.

La Contraloría y la Procuraduría han pedido información al actual secretario general por las reuniones en Breña".

Rotta Castilla considera que hay elementos para iniciar indagaciones administrativas, y la Ley 28024 ya establece sanciones a los gestores de intereses y funcionarios que incumplan con la norma. Estas van desde amonestaciones, multas, suspensiones de licencias y hasta afectaciones a la carrera pública. Pero ello eso no los exime de ser sujetos a una investigación penal, bajo los artículos anticorrupción, si es que se descubre que las reuniones tuvieron motivaciones ilícitas como concertar o redireccionar decisiones del Ejecutivo.

La Ley que regula la gestión de intereses en la administración pública indica que el proceso administrativo puede ir en paralelo a la vía penal. El Código Penal considera los delitos de soborno, cohecho y enriquecimiento ilícito para los servidores del Estado que incurran en actos ilícitos durante su función, pero también existe el tráfico de influencias cuando se concreta o promete interceder en la decisión de un funcionario.

Contraloria
ACCIONES. La Contraloría, a través de la Oficina de Control Institucional, ha pedio al secretario general de Palacio información sobre los nuevos hechos suscitados en Breña.
Foto: Andina.

 

Para el constitucionalista Luciano López, el mensaje que dio el presidente Castillo sería un intento por sortear los efectos de la Ley 28024, pues hay elementos para indicar que las reuniones no fueron solo visitas amicales, ya que incluyeron a funcionarios públicos y al menos a una persona con intereses particulares en una empresa. Además, dice el abogado, existen precedentes de incumplimientos respecto a las alertas que Contraloría remitió a Palacio, por lo que la Fiscalía tiene elementos de sospecha suficientes para indagar cuál fue el objetivo de estos encuentros.

“El presidente Castillo ya había incurrido en omisión de funciones cuando la Contraloría alertó del incumplimiento del registro de visitas, en agosto pasado. Tanto él como su Secretario General hicieron caso omiso a las recomendaciones de la entidad supervisora y reincidieron, por eso la Fiscalía debería indagar. Este tema que surge como una infracción administrativa puede convertirse, en efecto, en un tema penal”, explicó.

El marco legal de la gestión de intereses es relativamente nuevo, pues se reforzó en 2019 con parámetros más exigentes. Al respecto, Rotta Castilla indica que, por ser reciente, no hubo oportunidad de aplicar la norma en gobiernos anteriores, pero que lo sucedido con el presidente Castillo salió a la luz porque las citas se dieron en un inmueble ubicado en un punto muy accesible de la ciudad, sin cochera interna, y fácil de distinguir.

“Tenemos un país acostumbrado a arreglar los asuntos públicos con un cevichito. La prohibición de atender a los gestores de intereses en espacios no regulados es prácticamente un cambio cultural (...) Por la misma razón que otros políticos lo han hecho, no deberíamos tolerar que siga ocurriendo, pues eso nos ha llevado a una crisis de liderazgo político muy profunda”, añade  director ejecutivo de Proética.

El marco legal de gestión de intereses se reforzó en 2019 con parámetros más exigentes".

Por su parte, el secretario general de la Asociación Civil Transparencia, Iván Lanegra, señala que el gobierno ha acatado otras normativas en temas de transparencia, pero ha incumplido de manera reiterada en exponer las visitas y agendas de sus funcionarios. "Al principio pudo ser un tema de impericia, pero luego de que los medios y la Contraloría advirtieron del hecho, ya es una falta inexcusable. Por esa razón la defensa del presidente ha sido tan endeble".

Lanegra indica que autoridades como la Contraloría y la Fiscalía necesitarán de grabaciones o de testigos para conocer si en esas reuniones se abordaron temas que colindan con lo ilícito, pero el encuentro de funcionarios y una persona interesada en una contratación pública ya configura en un posible conflicto en la gestión de intereses.

"En gobiernos anteriores la prensa se enteraba de reuniones sospechosas mucho después de lo ocurrido, ahora hay mayor atención al tema. Imaginen a Pedro Pablo Kuczynski recibiendo a sus amigos de la universidad en su casa de San Isidro ¿Sería de interés público? Hay una zona gris ahí cuando se habla de transparencia, pero que antes se haya pasado por alto algunos sucesos no es excusa para repetirlo ahora", agregó.

Luciano López subraya que esta crisis se presenta en un contexto en que el Congreso ha presentado un pedido de vacancia contra el presidente Castillo, y podría sumar lo sucedido en Breña como un octavo argumento para buscar su salida del poder. Sin embargo, advierte que el debate se centrará en el argumento de incapacidad moral, cuya aplicación no fue aclarada oportunamente por el Tribunal Constitucional (TC). 

“En la historia reciente de los pedidos de vacancia en Perú, este mecanismo ha sido usado como un instrumento de control político, y el TC no ayudó a zanjar en ese escenario de incertidumbre. Ahora nos exponemos a la fuerza de los votos”, añadió.



 

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