Grupo de 18 empresas debe S/25,6 millones por vigilancia de aguas subterráneas

Desde hace cuatro años, un grupo de 18 compañías impulsa una demanda de amparo para no pagar el servicio de monitoreo y gestión que permite vigilar el uso eficiente y evitar la sobreexplotación de las aguas subterráneas en la capital. Recientemente, la Tercera Sala Constitucional de Lima declaró infundada una apelación que interpusieron, pero las empresas iniciarán un recurso de agravio ahora en el Tribunal Constitucional. Estas compañías adeudan más de S/25 millones por el servicio.

GRANDES. Entre las 18 empresas demandantes y deudoras están algunas de las mas conocidas del país como Molitalia, Unacem y Ajeper.

GRANDES. Entre las 18 empresas demandantes y deudoras están algunas de las mas conocidas del país como Molitalia, Unacem y Ajeper.

Composición: OjoPúblico

La explotación indiscriminada de aguas subterráneas —consideradas como una reserva fundamental ante escenarios extremos, como sequías y crisis climática— pone en riesgo la disponibilidad futura del recurso en ciudades ubicadas en el desierto, como Lima y Callao. Es por eso que en Perú, las compañías y personas que extraen agua del subsuelo a través de pozos deben pagar, además del precio por el consumo, una tarifa que garantice el monitoreo y la gestión para vigilar su uso y evitar la sobreexplotación. 

En la capital, el cobro y la ejecución de este trabajo de vigilancia está a cargo del Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima (Sedapal). Sin embargo, desde 2018, un grupo de 18 empresas impulsa una demanda de amparo ante el Poder Judicial para no pagar por este concepto. Las compañías registran deudas que, en conjunto, suman S/25’698.495,72 hasta setiembre de 2022.

Esto ocurre en un contexto en que Lima es una de las ciudades latinoamericanas con menos reservas hídricas por habitante, de acuerdo con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE). El 25% de la demanda de agua, precisamente, lo cubre las aguas subterráneas almacenadas en los acuíferos Chillón y Rímac, los cuales están interconectados, y Lurín, que es independiente. 

Aunque el volumen de recursos aportados por esta fuente es menor al de las aguas superficiales, la demanda que atiende se ha incrementado, según la Autoridad Nacional del Agua (ANA), debido a la mayor cantidad de usuarios privados. Así, entre 2013 y 2016 —los últimos datos disponibles—, la entidad identificó un crecimiento de más del 90% en el caso de las aguas subterráneas. 

 

“Es fundamental tener datos y regular la explotación de las aguas subterráneas. Las empresas les dan un uso productivo y este, según la Ley del Agua, tiene una prioridad posterior al consumo humano”, dijo a OjoPúblico Eduardo Zegarra, economista e investigador de GRADE. 

El especialista explica que los acuíferos se recargan naturalmente, pero al ser sobreexplotados, pueden agotarse para siempre. El agua superficial, añade, tiene la prioridad para satisfacer la demanda, mientras que “el agua subterránea se puede usar, pero con una alta regulación”.

Entre las 18 compañías demandantes se encuentran algunas de las más grandes y conocidas del Perú: Ajeper —subsidiaria de Aje Group, de los hermanos Añaños, empresa multinacional dedicada al rubro de bebidas no alcohólicas, con presencia en más de 20 países—, Molitalia —subsidiaria de la chilena Carozzi— y TopiTop —firma nacional dedicada a la fabricación de ropa—.

También están Tecnología Textil, Creditex, Universal Textil, Owens-Illinois Perú, Aris Industrial, Unión Andina de Cementos, Industrias Nettalco, Cía. Industrial Nuevo Mundo, Industrial Cromotex, Industrial Hilandera, Corporación Textil del Sur, Textiles Camones, Sudamericana de Fibras, Metalúrgica Peruana y NK Management. 

De las 18 compañías, 10 tienen el mayor número de recibos sin pagar: Tecnología Textil, Creditex, Universal Textil, Owens-Illinois Perú, Industrias Nettalco, Cía. Industrial Nuevo Mundo, Industrial Hilandera, Corporación Textil del Sur, Textiles Camones y Sudamericana de Fibras. Estas no han cancelado entre 24 y 105 recibos. 

Diez compañías tienen entre 24 y 105 recibos por monitoreo y gestión de uso de aguas subterráneas sin pagar". 

El monto sin pagar más alto le corresponde a la compañía textil Sudamericana de Fibras —proveedora del Estado desde el 2020, según el portal de transparencia económica del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF)—. Esta empresa cuenta con el mayor número de recibos sin cancelar: 105, por un total de S/8’431.543,69.

En segundo lugar está la Compañía Universal Textil. Esta empresa del Grupo Romero debe S/3’228.198,65 por 79 recibos. En mayo de 2020 se acogió a la suspensión perfecta de labores y, en noviembre de ese año, comenzó su proceso de liquidación. 

En tercer lugar figura Industrial Nuevo Mundo, con S/2’482.066,56 pendientes por 58 recibos. En cuarto lugar está Creditex, con S/2’476.640,50 por 90 recibos sin cancelar. Entre 2018 y 2020, esta última empresa ganó S/1’777.531,79 por contratos con el Estado, según el MEF. 

El quinto lugar de las empresas que más dinero adeudan por dicho servicio lo ocupa Textiles Camones, con S/2’370.206,72. Del grupo de las demandantes es una de las empresas que más ha facturado por contratos con el Estado en los últimos años: S/53’384.136, en 2020, y S/16’349.451,20, en 2021. Además, en junio pasado, ganó uno de los reconocimientos del Distintivo de Empresa Socialmente Responsable (DESR), de la red empresarial Perú Sostenible. 

 

Los argumentos de la demanda

 

El Decreto Legislativo N.º 1185, del 2015, establece que todas las personas, naturales y jurídicas, que hacen uso de aguas subterráneas con fines distintos a los agrarios, deben pagar por el servicio de monitoreo y gestión de uso.

La demanda de amparo presentada por las 18 empresas ante el Poder Judicial en 2018 alega una supuesta inconstitucionalidad en la tarifa por este servicio. El grupo considera que “contraviene los principios de reserva de ley, legalidad tributaria, no confiscatoriedad, no discriminación y seguridad jurídica”. 

Por ese motivo, han demandado al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ―que estableció la existencia de dicha tarifa con el decreto legislativo―, la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass) ―entidad que fija la tarifa―, y a Sedapal ―que se encarga del cobro de la misma y la ejecución del servicio―.

La demanda de amparo de 18 empresas alega una supuesta inconstitucionalidad en la tarifa".

Sin embargo, en julio de este año, la Tercera Sala Constitucional de Lima declaró infundado un recurso de apelación que, en febrero último, presentaron las 18 empresas industriales. Esta apelación fue impuesta por el grupo después de que, en diciembre de 2021, el Segundo Juzgado Constitucional Transitorio de Lima declaró infundada la demanda de amparo inicial. 

Ante esta nueva decisión, el representante de los demandantes, Arturo Aza, abogado del estudio Rodrigo Elías & Medrano, declaró a OjoPúblico que iniciarán un recurso de agravio constitucional ante el Tribunal Constitucional (TC). “Consideramos que la decisión de la Corte Superior es equivocada y se requiere un pronunciamiento definitivo de parte del Supremo intérprete de la Constitución”, añadió. 

La tarifa y el pago mensual

 

El pago de la tarifa por el servicio de monitoreo y gestión de uso de aguas subterráneas es mensual y por cada pozo. Es decir, si una empresa tiene más de un pozo subterráneo para extraer este recurso, deberá pagar un recibo por cada uno de ellos.

Según la Sunass, en la categoría de uso industrial de aguas subterráneas, las empresas deben pagar S/3,13 por metro cúbico, si extrae hasta 400 m3 al mes. En cambio, si saca más de 400 m3, el monto crece a S/3,65 por cada metro cúbico.

En 2021, por ejemplo, a Creditex le correspondió pagar S/826.400 por esa tarifa. En el mismo periodo, la empresa registró ingresos por ventas de S/318’441.359, según la información disponible en la Bolsa de Valores de Lima. En otras palabras, lo que debía pagar por el monitoreo y gestión de uso de aguas subterráneas equivalía al 0,26% de sus ingresos.

En simultáneo, Compañía Universal Textil y Unión Andina de Cementos debían pagar S/16.700 y S/2’370.300, respectivamente, por dicha tarifa. Ese mismo año, las empresas registraron ventas por S/4'498.000 y S/5.066 millones, de manera respectiva, según información de la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV). En otras palabras, el pago por el monitoreo y gestión de uso de aguas subterráneas representaba menos del 1% de sus ventas anuales. 

El pago por el servicio de monitoreo y gestión de uso de aguas subterráneas es mensual y por pozo".

Al ser consultado por el motivo de este incumplimiento, el abogado Arturo Aza —integrante del estudio jurídico Rodrigo Elías & Medrano— explicó que las demandantes no se oponen a las tarifas que el Estado y sus entidades cobran por servicios efectivamente prestados. “Lo que se plantea en el proceso judicial es la inconstitucionalidad de una tarifa que impone el pago de un importe, pero sin ofrecer ningún servicio efectivo de monitoreo o gestión a cambio”, dijo. 

Según Aza, el grupo demandante reconoce la importancia del monitoreo y gestión de uso de aguas subterráneas, pero Sedapal no lo lleva a cabo. “Si es que se cobra por un servicio de ‘monitoreo y gestión’, Sedapal tiene que acreditar que presta efectivamente ese servicio, lo que no ha realizado”. Por último, señaló que dichas empresas sí pagan, “puntualmente y sin cuestionamiento”, la tarifa por el uso del agua subterránea a la ANA. 

OjoPúblico también se comunicó con Sedapal para conocer detalles sobre su trabajo de monitoreo y gestión de uso de aguas subterráneas. Guillermo Tori, jefe del Equipo Servicios y Clientes Especiales de la institución, dijo que esta realiza distintas obras al respecto. 

“Por ejemplo, las pantallas para la reinyección del agua superficial a los acuíferos de Lima, instalamos pozos de monitoreo para identificar calidad y cantidad de agua en los acuíferos. Tenemos pozos de monitoreo en todo Lima. También se hacen una serie de estudios y proyectos para continuar con la reinyección de agua en el subsuelo”, explicó. 

Guillermo Tori indicó, además, que Sedapal acude todos los meses a tomar la lectura de los medidores en los pozos de todos los usuarios de agua subterránea. “Tenemos que medir el nivel de volumen de extracción de estas aguas”, dijo. Todas esas acciones, remarcó, buscan evitar un eventual estrés hídrico en Lima, como el que afecta a Ica. Allí el boom de agroexportadoras ocasionó, entre otras cosas, la extracción de aguas subterráneas sin control ni supervisión y, por tanto, su sobreexplotación. 

 

Más demandantes

 

Hasta junio de 2022, además del grupo de 18 empresas que iniciarán un recurso de agravio ante el TC, existían otras 18 compañías, dos gremios, un órgano estatal y dos usuarios particulares que objetaban la tarifa de monitoreo y gestión del recurso. Es decir, en total son 36 compañías, dos gremios, una institución estatal y dos usuarios las que se oponen al cobro del servicio y han iniciado en el Poder Judicial 209 demandas (203 son por procesos contenciosos administrativos, cinco son demandas de amparo y una de acción popular).

En este segundo grupo se encuentran, entre otras con sede en Lima, la Asociación Country Club El Bosque, la Fuerza Aérea del Perú (FAP) y la Asociación Nacional de Criadores y Propietarios de Caballos de Paso. Estas últimas han interpuesto entre tres y siete demandas cada una ante el Poder Judicial. 

A ellas se suman la Sociedad Nacional de Industrias (SNI) y la Asociación de Bebidas y Refrescos sin Alcohol del Perú (Abresa). Y, también, la refinería La Pampilla, subsidiaria de Repsol, que produce más del 70% de todo el petróleo que se refina en el país y facturó casi USD 3.500 millones en 2021. 

 

 

Como se recuerda, a mediados de enero pasado, esta compañía ocasionó uno de los desastres ecológicos más grandes del mar peruano al derramar más de 10.000 barriles de petróleo en la costa del país. A pesar de este daño medioambiental, la empresa ha iniciado procesos legales y administrativos para evitar el pago de más de S/14 millones en sanciones por ese tema.

En La Libertad, en paralelo, destaca Danper Trujillo, una agroexportadora de hortalizas, granos y frutas. La compañía ―que, en 2019, logró USD 200 millones en ventas y cuenta con más de 15.000 trabajadores― ha interpuesto 61 demandas para no pagar el servicio de monitoreo y gestión de agua subterránea.

 

Por otro lado, de las 18 empresas que iniciarán un recurso de agravio ante el TC, las que cuentan con mayor número de licencias para uso de aguas subterráneas a nivel nacional, según la ANA, son Unión Andina de Cementos y AJE.

La primera tiene 25 licencias para uso de este recurso. De todas ellas, 12 son del tipo agrario, tres doméstico-poblacional, dos poblacional, cuatro de uso recreativo y las cuatro restantes de tipo industrial. Mientras que la fábrica de bebidas no alcohólicas AJE cuenta con seis licencias de uso industrial y una, registrada por uno de los apoderados de la empresa, de uso agrario. Las demás compañías tienen entre una y tres licencias para uso de aguas subterráneas todas del tipo industrial. 

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