Rafael Rey busca anular norma que ayuda a identificar casos de evasión de impuestos

El exministro, conductor en Willax TV y director en el Banco Central de Reserva del Perú (BCRP), Rafael Rey Rey, mantiene una demanda de acción popular en curso para anular el Decreto Supremo 430 que transparenta la información bancaria. La norma emitida por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) busca identificar casos de elusión y evasión de impuestos, pero Rey Rey considera que es una violación a la intimidad y al secreto bancario. Este mes vence el mandato de todos los directores del BCRP, incluso de los otros dos que fueron designados por el Congreso: Elmer Cuba y José Chlimper.

RAFAEL REY. El director del BCRP ingresó el expediente judicial en enero de este año.

RAFAEL REY. El director del BCRP ingresó el expediente judicial en enero de este año.

Foto: Andina.

En octubre de 2016, Rafael Rey Rey, exministro de Defensa y de Producción en el segundo gobierno de Alan García, fue elegido por el Congreso de la República como uno de los siete miembros del directorio del Banco Central de Reserva del Perú (BCRP). Además de él, nombraron a Elmer Cuba, socio de la consultora Macroconsult y exasesor de Fuerza Popular; junto con José Chlimper, presidente de Sociedad Agrícola Drokasa y excandidato a la vicepresidencia por la misma organización política.

Sus designaciones causaron fricciones al interior del Parlamento porque Cuba y Chlimper estaban vinculados al partido que entonces tenía mayoría en el Congreso; mientras que a Rey Rey, cuya candidatura fue propuesta por el Apra, se le cuestionó que no era economista. El artículo 11 de la Ley Orgánica del BCRP exige que sus directores posean “amplia competencia y experiencia en economía y finanzas”. 

Tras la disolución del Parlamento, el nuevo Congreso puso en discusión sus nombramientos y en mayo de 2020 dos bancadas presentaron mociones para removerlos. Las propuestas, sin embargo, no prosperaron. En conversación con OjoPúblico, Rafael Rey Rey señaló que las declaraciones que circularon en 2016, donde él admite carecer de experiencia en el manejo económico, fueron sacadas de contexto. 

Rey, Cuba y Chlimper forma parte de la cuota de tres directores que el Congreso puede designar en el BCRP".

"He trabajado durante doce años en la empresa privada, he abierto cinco empresas exitosas para el Grupo Romero, fui director gerente de una naviera, he estado 26 años en el Congreso y he sido dos veces ministro. Durante todo ese tiempo he tenido la experiencia necesaria para analizar presupuestos y políticas fiscales", sostiene.

De los siete directivos del banco, Rey Rey es el que ha tenido mayor exposición mediática durante su gestión. Él es conductor del programa Rey con Barba en Willax TV, canal de la Corporación E. Wong que ha operado como uno de los principales altavoces de desinformación durante la campaña electoral y donde se emiten mensajes contra acciones sanitarias vinculadas a la pandemia. 

 

Rey Rey contra el MEF

A través de su espacio televisivo, y en sus redes sociales, Rey Rey ha cuestionado a las autoridades y decisiones de Gobierno, desde la gestión de Martín Vizcarra, pasando por la de Francisco Sagasti y la del actual mandatario Pedro Castillo. Pero el pasado 22 de enero dio un paso más: presentó una demanda judicial contra el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) para anular una norma emitida en el marco de la lucha contra la elusión y evasión tributaria.

Se trata de una demanda de acción popular contra el Decreto Supremo 430-2020-EF, publicado en El Peruano el 3 de enero de 2021. En este se precisa que los bancos deben suministrar a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat) la información sobre los saldos mensuales y rendimientos de las cuentas bancarias que tengan acumuladas S/10 mil o más.

El objetivo es facilitar la detección de personas y empresas que no tributan por la totalidad de los ingresos que perciben. Sin embargo, no implica sanciones automáticas, sino orientación tributaria, y, solo cuando surjan sospechas de operaciones elusivas o desvío de dinero, se iniciará una indagación. Esta disposición, además, es uno de los requisitos de transparencia solicitados por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).

 

MEF
MEF. La norma fue publicada por el Ministerio de Economía y reglamenta la forma en que la Sunat accederá a la información de saldos bancarios.
Foto: Andina.

 

Para el director del BCRP, el mencionado decreto fuerza la vulneración del secreto bancario y del derecho a la intimidad, reconocido en la Constitución. “En definitiva, las normas cuestionadas se perciben como propias de un régimen policiaco reminiscente de novelas distópicas tales como 1984, de George Orwell. Medidas de este tipo no son aceptables en un Estado Constitucional de Derecho”, señala Rey Rey en la demanda.

En diálogo con OjoPúblico, el también excongresista insistió en que el decreto obliga a los bancos a emitir información sensible y privada de los ciudadanos. “Me parece que es una barbaridad de parte del gobierno, y [la demanda] no la he presentado como director del banco, sino como ciudadano (...) La Unidad de Inteligencia Financiera ya tiene acceso a lo que necesita, y la Sunat, a través del ITF [impuesto a las transacciones financieras], también tiene información absoluta sobre todas las transacciones bancarias", dijo.

En un reportaje anterior, este medio evidenció que, antes del Decreto Supremo 430, la Sunat solo disponía del impuesto a las transacciones financieras (ITF) para identificar los retiros y depósitos que se realizan en el sistema bancario. Sin embargo, con ello no se puede saber el saldo acumulado en las cuentas porque los movimientos menores a S/1.000 no están sujetos a este tributo. 

El ITF no registra movimientos menores a S/1.000. Tampoco permite conocer los saldos de una cuenta".

Los elusores de impuestos lo saben y, por eso, fraccionan sus operaciones. La autoridad tributaria tampoco podía detectar las transferencias entre cuentas de un mismo dueño, ni el dinero que fluye a través de cooperativas y fundaciones. En cumplimiento de la norma, los bancos emitirán su primer reporte en setiembre, siempre que un proyecto de ley o una demanda judicial no lo frene.

En el expediente 00572-2021, al que OjoPúblico tuvo acceso, el conductor de Willax TV señala que el secreto bancario y la reserva tributaria solo pueden levantarse a pedido del juez, del fiscal de la nación, o de una comisión del Congreso, y siempre que estén vinculados a una investigación. 

 

Demanda
DEMANDA. El caso ingresó en enero de 2021 y cambió de juzgado hasta llegar a la Séptima Sala Contencioso. Ahora se espera la respuesta de la Procuraduría.
Captura: OjoPúblico.

 

“El establecimiento de un límite tan bajo sugiere que la norma objeto de análisis no tiene por verdadero objetivo combatir la evasión tributaria sino, simple y llanamente, maximizar el poder de la Sunat, permitiéndole acceder automáticamente, y sin necesidad de solicitar autorización judicial, a una gran cantidad de información sobre la situación financiera de las personas naturales y jurídicas que poseen cuentas bancarias en nuestro país”, añade.

El umbral fijado por la Sunat para empezar a transparentar los datos bancarios fue cambiado el 26 de enero de 2021, elevándose a S/30.800. Sin embargo, Rey Rey no retiró la demanda. El 8 de abril pasado, su equipo de abogados presentó un nuevo escrito al juzgado donde indican que la modificación del decreto “no hace desaparecer las razones” por las que decidieron “cuestionar la constitucionalidad de dicha norma”.

Similares argumentos en defensa del secreto bancario se emplearon en cuatro proyectos de ley que presentaron congresistas del Podemos Perú, Acción Popular, Nueva Constitución y Frente Amplio, entre el 6 de enero y el 11 de febrero de 2021, con el fin de derogar la norma base (Decreto Legislativo 1434) que fue reglamentada con el polémico D.S. 430. Además, desde febrero se mantiene en el Tribunal Constitucional (TC) una demanda de los colegios de abogados de Lima Sur y Huaura para derogar la norma de transparencia bancaria.

El expediente presentado por Rey Rey se encuentra en la Séptima Sala Contencioso Administrativa de la Corte Superior y, exactamente, busca la nulidad de los artículos 4.1 y 4.2 del mencionado decreto. Para lograr su propósito, el exministro ha designado como defensores a nueve integrantes del Estudio Ghersi. Entre ellos, a su socio principal, Enrique Ghersi Silva, quien ha opinado en medios comunicación en contra de la norma.

Lo acompañan Dennis Vílchez Ramírez, Aníbal Saco Ortega, Rafael Sapler Zaidman, Jaime Rodríguez Talavera, Christian Valencia Sarmiento, Alvaro Arancibia Montalván, Pablo Sánchez Nassif y Lucas Ghersi Murillo. El directivo del BCRP señala que ellos lo representarán “indistintamente en el presente proceso de acción popular”.

 

Sunat
SUNAT. La norma cuestionada es una herramienta para que la Sunat para detectar ingresos de personas y empresas que no tributan.
Foto: Andina.

 

Lucas Ghersi Murillo, hijo de Enrique Ghersi y actual promotor de la recolección de firmas contra la Asamblea Constituyente para una reforma de la Constitución, explicó que es común referenciar a más abogados en una demanda de este tipo, pero es él quien asumió el caso a nombre del Estudio Ghersi.

En diálogo con OjoPúblico señaló, además, que este patrocinio lo están realizando de manera gratuita. “El caso se ha hecho por amor a la camiseta. Para defender los derechos constitucionales del Perú y en defensa del Estado de derecho”, dijo. 

"Es una demanda presentada por Rafael Rey a título personal, no como director del BCRP. Además, al BCRP no le corresponde estar interviniendo en el funcionamiento del Poder Ejecutivo, son entidades del Estado independientes. Esta demanda es de él, como ciudadano", añadió Ghersi Murillo, tras explicar que conoce al directivo del banco desde hace muchos años.

La demanda que presentó Rafael Rey es patrocinada por el Estudio Ghersi, de manera gratuita".

El expediente se encuentra a la espera de que el procurador de Asuntos Constitucionales del Estado sustente su defensa. Según Ghersi Murillo, el Decreto Supremo 430 debe ser declarado nulo e inconstitucional por supuestamente afectar derechos fundamentales y atentar contra la separación de poderes, pues le da al Ejecutivo (Sunat) facultades propias del Poder Judicial para intervenir en el secreto bancario.

"A mí me tiene sin cuidado lo que haga o diga la OCDE. Esto corre por cuerdas separadas y estamos seguros que la norma será declarada inconstitucional. Prácticamente permite que información privada de las personas sea remitida a funcionarios públicos sin autorización judicial. Le otorga un poder exorbitante al Ejecutivo”, señaló.


Selección de nuevos directores

Tanto Rafael Rey como Elmer Cuba y José Chlimper forman parte de la cuota de tres directores que el Parlamento puede designar en el BCRP, la institución encargada de preservar la estabilidad monetaria del país. Según el artículo 84 de la Constitución Política, los otros cuatro miembros –incluso su presidente– son nombrados por el Poder Ejecutivo, pero requieren ser ratificados por el Legislativo. 

Es público que el presidente Pedro Castillo le pidió a Julio Velarde permanecer como titular del BCRP, y este viernes 13 se concretó el primer encuentro oficial entre ambos. Sin embargo, falta saber quiénes serán los otros seis integrantes del directorio, o si alguno de los actuales miembros se mantendrá en el puesto. Sus mandatos vencen un mes después de iniciar el nuevo periodo de gobierno, por lo que tienen hasta el 27 de agosto para poner sus cargos a disposición.

“Ya estaba con mi renuncia lista porque ya me quiero ir, pero al conocer que han denunciado al directorio, con una ignorancia supina, no quiero que nadie piense que me estoy corriendo", señaló Rey Rey. El exministro se refiere a la información que se difundió en redes sociales, respecto a que el ciudadano Ciro Silva Paredes demandó penalmente al directorio del BCRP por no preservar la estabilidad monetaria ante el alza del dólar.

 

BCRP
BCRP. El 27 de agosto vence el mandato de los directores del BCRP. El Ejecutivo tiene facultad para nombrar a cuatro de sus integrantes.
Foto: Andina.

 

Rey Rey señaló que aún no ha sido notificado por dicha demanda, pero que cuando termine su gestión tendrá mayor libertad para desenvolverse en el sector privado, sin las restricciones que le impone el cargo. 

Entre los integrantes designados por el Ejecutivo en 2016, que también deberán ser reemplazados, se encuentran  Luis Palomino Bonilla, economista de la Universidad Pacífico y miembro del directorio de la minera Southern Perú Copper, del centro comercial Mall Aventura y de la consultora Summa Asesores Financieros. 

A él se suman Javier Escobal D’angelo, doctor en Desarrollo Económico, investigador de Grade, integrante del Consejo Fiscal del MEF y de la Comisión consultiva para la estimación de la pobreza del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI). Y, por último,  Gustavo Yamada Fukusaki, economista que trabajó en el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y es director en la asociación educativa Fe y Alegría.

El pasado jueves 12 de agosto, la congresista de Alianza Para el Progreso (APP), Heidy Juárez, presentó una moción de orden del día para crear la comisión especial que elegirá a los reemplazos de Cuba, Chlimper y Rey Rey. La iniciativa lleva la firma de varias bancadas y pasará a votación del Pleno del Parlamento. 


 

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