GRUPOS. Los sectores salud, bebidas, alimentos, banca y otros están concentrados en pocas manos. Grandes grupos económicos lideran las ventas.

Oligopolios: más de 50 grupos económicos están en la mira del Estado por concentración

Oligopolios: más de 50 grupos económicos están en la mira del Estado por concentración

GRUPOS. Los sectores salud, bebidas, alimentos, banca y otros están concentrados en pocas manos. Grandes grupos económicos lideran las ventas.

Foto: Composición.

El Ejecutivo establecerá el control previo del Estado para evitar operaciones de concentración empresarial en el Perú. Norma pretende evitar que las fusiones entre compañías acaparen el mercado y afecten a los consumidores con repentinas alzas de precios por falta de competencia. Herramienta llega cuando ya existen oligopolios en el rubro de farmacias, bebidas, pesca y alimentos.

25 Febrero, 2020

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Actualizado el 12 de marzo de 2021

Cada vez que compramos un medicamento en las boticas BTL, Arcángel, Fasa, Punto Farma, Mifarma o Inkarma en realidad se lo adquirimos al mismo grupo económico: Intercorp, de propiedad del hombre más rico del Perú, Carlos Rodríguez Pastor. En enero del 2018, este conglomerado se convirtió en propietario del 83% de las cadenas de farmacias de todo el país al absorber a su principal competidor: la peruana Quicorp, que también era dueña de los laboratorios Quilab, Cifarma, y las distribuidoras Química Suiza y Albis.

Al comprar las acciones de dicho grupo, Intercorp accedió al control mayoritario de todos los procesos del negocio farmacéutico en el país, desde la producción hasta su comercialización. En su momento, el Ministerio de Salud, Defensoría del Pueblo y organizaciones de sociedad civil advirtieron que la concentración afecta la libre competencia y perjudica al consumidor en el incremento de precios. Si bien esto último aún no ocurre, la compra dejó al descubierto que el Perú era uno de los pocos países de la región sin normas para regular fusiones y adquisiciones en el sector privado.

La medida fue aprobada el 18 de noviembre del año pasado por el presidente Martín Vizcarra, a través del Decreto de Urgencia Nº 013 que entrará en vigencia en agosto. Sin embargo, no todas las transacciones de este tipo serán fiscalizadas, solo aquellas que cumplan dos requisitos de manera simultánea: que las compañías involucradas en la fusión registren, en conjunto, ventas superiores a los S/507 millones (118 mil UIT al año); y que al menos dos de las empresas que quieran asociarse tengan, cada una, ingresos anuales mayores a los S/77 millones (18 mil UIT). 

El 6 de enero de 2021 el Congreso aprobó la Ley N° 31112 para reemplazar el mencionado decreto, aunque sus objetivos son muy similares. Entre las principales diferencias se acordó que los umbrales considerarán el valor de ventas y de los activos de las empresas interesadas en la fusión, así como de sus grupos económicos. Además, se podrá inspeccionar estas operaciones de oficio, hasta un año después de realizadas.

Martin Vizcarra
DE URGENCIA. Tras el cierre del Congreso, el presidente Martín Vizcarra publicó la norma contra la fusión empresarial que los legisladores habían dejado pendiente. Lo hizo a través de un decreto de urgencia.

“Estos umbrales [los topes que deben facturar las compañías] buscan concentrar los esfuerzos en las que ya tienen una millonaria presencia en el mercado y cuya expansión podría restringir la libre competencia e impactar en el consumidor final”, advirtió Javier Coronado, gerente general del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), que será la entidad a cargo de su aplicación.

Otros dos actores que participarán del control previo de fusiones son la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV), entidad que regula el sector bursátil, y la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS), que fiscaliza al sistema bancario. La primera aportará información sobre el proceso y la segunda ayudará a decidir el futuro de una fusión que involucra a empresas bajo su supervisión.

"En este ranking encontramos 124 empresas privadas que forman parte de 54 grupos de poder con inversiones simultáneas en diferentes sectores"

OjoPúblico –con datos recopilados hasta el 2018 por Perú Top Publications– pudo identificar que 1.666 compañías de diferentes rubros cumplen el segundo requisito fijado en el decreto (facturar no menos de S/77 millones al año); mientras que 266 de estas empresas registran ventas anuales superiores al primer tope normado (S/507 millones), por lo que si intentan una compra o fusión con alguna de sus competidoras deberán pasar antes por el control previo del Estado.

En la lista de 1.666 empresas encontramos empresas estatales y privadas que operan en un solo rubro del mercado. Sin embargo, 124 de estas forman parte, en calidad de subsidiarias, de 54 grupos de poder con inversiones simultáneas en diferentes sectores como el comercio, minería, banca, energía, cemento, hidrocarburos y otros. 

Por ejemplo, el primer lugar en este ranking lo ocupa el mayor holding del Perú: el Grupo Romero, que es controlado por el banquero Dionisio Romero Paoletti. Dicho conglomerado económico tiene 13 compañías vinculadas al negocio alimentario, de transporte, combustible, bancos y aseguradoras, cuyos niveles de facturación los ponen en la mira de la regulación estatal.

A continuación, aparece Intercop de Carlos Rodríguez Pastor y sus ya citadas inversiones en boticas, financieras, laboratorios y supermercados. Después, el Grupo Breca, de la familia Brescia Cafferata, en los sectores de minería y salud.

En esta lista también ubicamos a la suiza Glencore y sus seis operaciones mineras en Lima, Junín y Cusco; así como al conglomerado chileno Falabella con cinco supermercados, bancos y tiendas por departamentos; y a la compañía extractiva local Minas Buenaventura, que tiene como accionista al extitular de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas (Confiep), Roque Benavides, y que posee cinco proyectos mineros.

José Carlos Lumbreras, gerente de Investigación y Proyectos de Perú Top Publications, dijo a OjoPúblico que esta lista muestra a las empresas que ya concentran el mayor porcentaje de ventas de su respectivo mercado, pero solo cuando se conozca a las interesadas en concretar una fusión se podrá determinar si sus ingresos, en conjunto, cumplen las dos condiciones de la legislación para ser sometidas al control previo. El reto del Indecopi, dice, será determinar la afectación al consumidor más allá de estas cifras, ya que la norma no precisa si se analizarán los productos, servicios o toda la línea de distribución de una compañía. 

Grupos economicos
GRUPOS DE PODER. Las empresas líderes de los sectores económicos pertenecen a conglomerados que tienen inversiones simultáneas en varias líneas de negocio.
Foto: OjoPúblico

“Esto es importante porque algunos de estos grupos económicos controlan toda la línea de negocio, desde la producción hasta la venta final. Sería engañoso supervisar el impacto que tiene una empresa en el sector lácteos sin evaluar el control que sus socias tienen en el resto de la cadena productiva: la distribución, el envase, los insumos, etc. Por otro lado, algunas compañías se registran en sectores más amplios de los que operan; se inscriben en el sector textil cuando su principal actividad está en el cuero ¿La posición de dominio se medirá sobre un servicio específico?”, se pregunta Lumbreras.

Al respecto, el gerente del Indecopi dijo que los umbrales solo son un primer filtro para conocer a quiénes se supervisará ya que en una segunda fase se realizará una inspección documental y de campo para determinar si la futura transacción afectará al mercado o no.

“Revisaremos las fusiones por absorción, compras de acciones o de activos que permitan ejercer el control de una empresa sobre otra. Esta regulación es clave porque la concentración distorsiona la libre competencia, impide el ingreso de nuevos actores y pone en riesgo una posible variación de precios. Le da menos opciones al consumidor para elegir”, añadió.

Javier Coronado
REGULADOR. Javier Coronado, gerente general de Indecopi, asegura que su entidad fiscalizará la información documental y de campo de las empresas que pasen la valla de facturación.
Foto: Elizabeth Salazar/OjoPúblico

Cabe indicar que el objetivo de la norma no es restringir todos los pedidos de fusión empresarial, pues algunas de estas transacciones serán autorizadas tras cumplir ciertos requisitos para que los consumidores no se vean afectados. Por ejemplo, el Indecopi podrá ordenar que una de las compañías interesadas en absorber a otra se desprenda de alguna filial o subsidiaria para reducir su poder en el mercado.

Tanto el Indecopi como el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) están elaborando el reglamento del decreto, donde se detallará este procedimiento, y lo tendrán listo en mayo. 

Los oligopolios ya están consolidados 

El Decreto de Urgencia 013-2019 para fiscalizar las fusiones empresariales llega cuando los sectores salud, bebidas, alimentos, banca, pesca y hasta de medios de comunicación ya se encuentran concentrados en pocas manos. No existe una única firma que domine el mercado, un fenómeno que se conoce como monopolio; pero sí dos, tres o cuatro grandes que poseen el mayor número de ventas y facturación. Es decir, según los especialistas consultados, contamos con varios oligopolios.

Por ejemplo, la concentración en el negocio de las cadenas de boticas inició el 2011, cuando la empresa Mifarma compró BTL casi al mismo tiempo que su rival, Inkafarma, era adquirida por Intercorp. Al año siguiente, la misma Mifarma absorbió a Fasa y posteriormente hizo lo mismo con Arcángel y su distribuidora Albis. El 2016, el Indecopi descubrió que todas ellas habían concertado el alza de precios de 36 medicamentos y las multó con S/9 millones. Y para el 2018 Mifarma e Inkafarma terminaron fusionándose. 

“Ahora todas estas cadenas de boticas son una sola y no necesitan estar concertando por lo bajo. La fusión les da mayor posición de dominio, sí, pero eso no impide que las fiscalicemos para asegurar que sus precios no afecten al consumidor”, dice Coronado del Indecopi.

Cerveza
CASI MONOPOLIO. La empresa belga-brasileña AB Inbev se convirtió en dueña del 95% del mercado cervecero en el Perú, tras comprar a SAB Miller y su firma Backus.
Foto: La República

En el negocio de la comercialización de combustibles, el 2018, Primax –subsidiaria del Grupo Romero– compró el 94% de las acciones de su rival Pecsa, operación que la posicionó, junto con Repsol y la estatal peruana Petroperú, en un triunvirato que posee el 65% del mercado de grifos. 

Años antes, el 2016, se confirmó la fusión entre la empresa belga-brasileña AB Inbev y quien fuera su competidor mundial: SAB Miller, propietaria de Backus y Johnston en el Perú, con lo cual pasó a controlar el 95% del mercado cervecero local. Desde entonces, marcas locales como Cristal, Pilsen, Cusqueña, Arequipeña y San Juan pasaron a formar un solo portafolio con marcas extranjeras como Budweiser, Stella Artois y Corona (y Brahma, que luego salió de circulación).

"Juzgado no resuelve amparo presentado el 2013 por un grupo de periodistas contra el Grupo El Comercio. Demanda es por concentración de medios"

En el sector de los medios, el Grupo El Comercio –propiedad de la familia Miró Quesada– adquirió el 54% de acciones de la Empresa Periodística Nacional S.A (Epensa) que poseía el segundo conglomerado de periódicos con mayor tiraje, y con ello pasó a tener el dominio del 78% del mercado de venta de diarios. La transacción se realizó en agosto del 2013. Tres meses después un grupo de periodistas interpuso una demanda constitucional en el Poder Judicial contra dicho grupo porque la concentración de medios violaba la pluralidad y libertad de información de los ciudadanos. 

Seis años después, el Cuarto Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Lima aún no resuelve el litigio. Los demandantes acudieron a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para denunciar al Estado por no garantizar el acceso a la justicia, sin embargo, en enero de este año el Ministerio de Justicia respondió a la instancia interamericana que no se está afectando el plazo razonable.

Mediios
CONCENTRACIÓN.El Grupo El Comercio controla el 78% del mercado de venta de diarios desde que compró a su principal competidor, Epensa.
Foto: Andina.

Para el 2018, El Comercio ya había adquirido el 36,4% del capital social de Prensmart S.A.C. (ex Epensa), convirtiéndose así, en dueño del 100% de las acciones de la empresa que imprime y comercializa los diarios Correo, El Bocón y Ojo. Además, en octubre pasado, el Indecopi inició un proceso sancionador en este rubro de impresión, luego de detectar las empresas Industria Gráfica Cimagraf S.A.C., Metrocolor S.A., Corporación Gráfica Navarrete S.A., Quad/Graphics Perú S.A., así como El Comercio y su subsidiaria Amauta Impresiones Comerciales S.A.C., se habrían coludido para repartirse contratos de servicios de impresión solicitados por el sector público.

Según el ente regulador, existen documentos, declaraciones y correos electrónicos para indicar que esto ocurrió desde enero de 2009 hasta julio de 2016.

Los informes de Perú Top y las memorias anuales de las compañías nos permiten confirmar más oligopolios. Uno de ellos se encuentra en el mercado de lácteos, donde el 90% del abastecimiento lo tienen las empresas Gloria, Nestlé y Laive, mientras que el saldo es cubierto por productores artesanales. 

La industria alimentaria en sí misma está en manos de dos grupos económicos: Alicorp, la subsidiaria del Grupo Romero que tiene entre sus marcas a Primor, Capri, Alacena, Don Vittorio, Blanca Flor, Casino y más; y la mencionada Gloria, de los hermanos arequipeños Jorge y Vito Rodríguez Rodríguez, que elabora jugos, mermeladas, conservas de pescado y otros productos procesados bajo diferentes marcas.

La industria pesquera también está controlada en un 74% por cuatro gigantes: Pesquera Hayduk S.A., Tecnología de Alimentos S.A (Tasa), Pesquera Diamante y Pesquera Exalmar; mientras que el 80% de los créditos en el sector bancario lo maneja el BCP (controlado por la familia Romero), BBVA, Scotiabank e Interbank. En tanto, la venta de bebidas y gaseosas es liderada por Arca Continental-Lindley; y el 73% de la comercialización de balones de GLP doméstico está en manos de Zeta Gas, Lima Gas y Solgas, empresas que este año fueron multadas por el Indecopi con S/74 millones por concertación de precios. 

Alimentos
ALIMENTOS. Este sector económico está en manos de Alicorp, subsidiaria del Grupo Romero, y de la empresa Gloria, de los hermanos arequipeños Jorge y Vito Rodríguez Rodríguez.
Fotocomposición: Jhafet Ruíz 

Luz del Sur es sometida a ley antimonopolio

Trece países de América ya cuentan con una ley contra la concentración empresarial, entre ellos, Chile, Brasil, Ecuador, Colombia y México. Pero hasta antes de su aprobación el Perú solo tenía dos herramientas para acercarse a los negocios del sector privado. La primera es la Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas que sanciona la concertación de precios y el abuso de la posición de dominio; y que el 2016 y 2017 permitió a Indecopi desmantelar los acuerdos bajo la mesa de las empresas Kimberly Clark y Protisa para elevar los costos del papel higiénico, así como la colusión en el precio de los medicamentos promovida por Inkafarma y sus hoy socias farmacéuticas.

La segunda arma con la que contaba el Estado es la Ley Antimonopolio y Antioligopolio del Sector Eléctrico (N° 26876), vigente desde 1999 y que permitió supervisar 25 fusiones en el rubro de energía: 23 fueron aprobados sin inconvenientes y dos con condiciones. La norma será derogada cuando entre en vigencia el decreto contra la concentración empresarial, pero hay un último caso que está siendo discutido bajo su marco legal: la venta de la más grande distribuidora de electricidad del Perú, Luz del Sur

El 2019 ingresó a la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del Indecopi el pedido de China Yangzte Power International –del grupo China Three Gorges Corporation– para adquirir el 83,6% de participación de la estadounidense Sempra Energy en Luz del Sur. Indecopi tiene hasta marzo para determinar si esta operación tendrá un impacto negativo en el mercado, teniendo en cuenta que la matriz china ya participa en el sector eléctrico local a través de la Central Hidroeléctrica San Gabán III y la Empresa de Generación Huallaga S.A., que administra la Hidroeléctrica de Chaglla, adquirida este año a Odebrecht tras el escándalo del Caso Lava Jato.

Luz del sur
NUEVA FUSIÓN. Indecopi está evaluando el pedido de China Yangzte Power International para adquirir el 83,6% que la estadounidense Sempra Energy tiene en Luz del Sur.
Foto: Andina.

Dicha compra es la única bajo observación del Estado. Sin embargo, un informe de la consultora Transactional Track Record (TTR) revela que el 2019 el mercado de fusiones y adquisiciones en Perú cerró con 135 transacciones valorizadas en US$ 8.162 millones en capital movilizado. Al respecto, Mauricio Olaya, socio del Estudio Muñiz y experto en derecho corporativo, estima que este tipo de operaciones se incrementarán en el primer semestre del 2020 porque las empresas buscarán actuar antes de que entre en vigencia la norma. 

“Cuando la economía está viento en popa nadie quiere vender, pero cuando estamos en una pausa o incertidumbre es el mejor momento para que los grupos extranjeros evalúen adquisiciones o fusiones, porque saben que ese estadío no durará para siempre y podrán cosechar mejores ganancias en el corto plazo. Los fondos de inversión son los que más están absorbiendo empresas dentro de Perú, pero hay un fuerte ingreso de capitales colombianos, mexicanos, chilenos, chinos y estadounidenses”, sostiene el abogado. 

Mauricio Olaya, cuya firma también patrocina a empresas con procesos administrativos por concertación de precios, considera que la norma promulgada por Martín Vizcarra implica “usar un cañón para matar una mariposa”, porque los casos en riesgo de monopolio o concentración son muy pocos, ya que la tendencia mundial de los mercados es consolidar los oligopolios, como los que ya operan en el país. 

Las otras dos instituciones estatales que participarán en la regulación de fusiones, también señalan algunas contingencias que se deberán tener en cuenta para su aplicación. Liliana Gil, superintendente de asesoría jurídica de la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) explicó que la nueva normativa les faculta a emitir un informe técnico sobre el nivel de concentración que existe en las empresas bajo su supervisión, así como sus efectos. 

SBS
BANCOS. La Superintendencia de Banca y Seguros tendrá voz y voto para decidir, junto al Indecopi, si procede o no una fusión en bancos, aseguradoras, cajas de crédito y otros.
Foto: Andina.

Pero advirtió que este proceso debe asegurar la protección de datos de las compañías involucradas. “Es adecuado que exista un nivel de coordinación entre las entidades estatales, a fin de agilizar el proceso de aprobación (...) Es fundamental la reserva y cautela de los datos para que no exista uso indebido de información privilegiada, riesgo que se potencia en caso de que los plazos no sean sumarísimos”, añadió.

El otro actor clave en el proceso es la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS). Este tendrá voz y voto para decidir, junto al Indecopi, si procede o no una fusión en el sector financiero: bancos, aseguradoras, cajas de crédito, etc. Solicitamos una entrevista con sus voceros, pero nos respondieron mediante un escrito. En la carta señalan que ellos mismos pidieron participar en la regulación porque las modificaciones en este mercado “podrían acarrear pérdidas para los clientes de las empresas involucradas y potenciales efectos negativos sobre la estabilidad financiera”.

“Excepcionalmente, si la eventual quiebra de una institución financiera pone en riesgo la estabilidad del sistema en su conjunto, la SBS debería tener la capacidad de prescindir de la opinión del Indecopi para aprobar una fusión o adquisición. Esta condición de excepción se contempla en la gran mayoría de países del mundo, principalmente en los de la OECD [Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos], grupo al que aspiramos pertenecer”, indicaron a OjoPúblico.

 

Idas y venidas en el Congreso

El Decreto de Urgencia N° 013 es el colofón de una regulación que se venía discutiendo en el Congreso de la República desde el 2016, cuando se confirmó la fusión en el mercado de las cervezas. Fueron dos las iniciativas de ley que se presentaron, pero no se discutieron. El 2018, luego de la operación de Intercorp en el sector farmacéutico se sumaron otras propuestas, llegando a un total de doce proyectos legislativos de diferentes bancadas y uno más del Ejecutivo. 

En mayo del 2019 el Pleno del Congreso aprobó el dictamen final de la norma, pero no se envió al Ejecutivo para su promulgación porque surgió una controversia: el documento había sufrido una modificación horas antes de su debate en el Pleno y elevaba la valla para determinar qué empresas serán fiscalizadas. Es decir, se cambió de 18 mil UIT a 25 mil UIT el tope de ventas anuales, lo que restaba el número de compañías que serían puestas bajo la lupa. 

Congreso
NUEVO ANÁLISIS. El próximo Congreso deberá decidir si mantiene u observa los decretos de urgencia aprobados por el presidente Vizcarra durante los meses en que no estuvo en funcionamiento.
Foto: Congreso.

La entonces presidenta de la Comisión de Economía, Mercedes Aráoz; el titular de la Comisión de Defensa, Elías Rodríguez, del APRA; y su colega de bancada, Jorge Del Castillo, que dirigió la comisión especial que analizó el texto, se comprometieron a revisar esta distorsión a la norma, pero con el posterior cierre del Congreso el caso quedó encarpetado. Por eso el Ejecutivo, con las facultades legislativas que adquiere situaciones extraordinarias como estas, emitió el decreto de urgencia sobre la concentración empresarial. 

Sin embargo, el pasado 22 de enero uno de los grupos de trabajo del legislativo, que continuó trabajando bajo control de la Comisión Permanente, emitió un informe para recomendar la anulación del decreto. La comisión coordinada por el ahora excongresista de Fuerza Popular, Luis Galarreta, determinó que “a la luz de la Constitución Política del Perú, la norma no superaría el análisis de control de legalidad al no responder a una necesidad impostergable que justifique su publicación”.

En el mismo sentido, la presidenta de la Confiep, María Isabel León, pidió que se revisen todos los decretos de urgencia emitidos en estos meses por el presidente Vizcarra para evitar posibles situaciones de abuso de poder.

Los miembros del Congreso extraordinario, que se instalaron en marzo de 2020, votaron por reemplazar el Decreto de Urgencia por la Ley N° 31112. Esta se promulgó e 6 de enero de 2021, se reglamentó en marzo y entrará en vigencia en abril. En todo este tiempo, y en plena pandemia, las empresas continuaron concretando operaciones de fusión y adquisición.

 

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