
VÍNCULO. En el 2018, Gustavo Gutiérrez fue abogado de la arquitecta Eva Remar Castro.
Actualización: 20 de enero de 2025 - 1:36 p.m.
En 2018, el magistrado del Tribunal Constitucional, Gustavo Gutiérrez Ticse, asumió el rol de abogado en un caso que ahora la entidad que integra deberá resolver. El tribuno, que lleva más de dos años en el cargo, admitió en junio del año pasado una demanda presentada por su antigua clienta, la arquitecta Eva Remar Castro, sobre un caso que él mismo patrocinó.
La norma establece que los magistrados no pueden participar en casos que antes hayan patrocinado o intervenido. Por ese motivo, el reglamento del Tribunal permite la abstención de estos cuando se encuentren ante un posible conflicto de interés que afecte su imparcialidad.
Sin embargo, OjoPúblico accedió a información que expone cómo el actual magistrado admitió un caso que él mismo impulsó hace siete años.
En 2018, el abogado Gustavo Gutiérrez Ticse, en representación de Eva Remar Castro, presentó una acción de amparo contra el Colegio de Arquitectos del Perú. Y el año pasado, ya en el alto cargo que ahora ocupa, participó en la admisión de un recurso solicitado por su exclienta por el mismo caso, según consta el auto del TC del 2024. Los otros miembros de la Sala que admitieron la demanda fueron César Ochoa Cardich y Helder Domínguez Haro.
El magistrado Gustavo Gutiérrez votó a favor del recurso presentado por Eva Remar Castro, su exclienta en el 2018"
Para la expresidenta de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir), Janeyri Boyer Carrera, la participación de un magistrado en el caso de un excliente se enmarca dentro del conflicto de interés: “Situaciones donde se superponen el interés particular por sobre el interés público”. Agregó que es necesaria una investigación a fondo para determinar cómo se produjeron los hechos y en qué medida su decisión llegó a favorecer a una de las partes.
El pasado 12 de noviembre de 2024, el estudio Arbizu & Gamarra, en representación del Colegio de Arquitectos del Perú, solicitó al Tribunal Constitucional (TC) la inhibición del magistrado Gustavo Gutiérrez Ticse en el proceso de Remar Castro. Sin embargo, hasta la fecha, no hay pronunciamiento de la institución.
PROHIBIDO. La norma prohíbe a los servidores público anteponer los intereses privados por encima del interés público.
Documento: Ley del código de ética de la función pública
Por su parte, la expresidenta del Tribunal Constitucional, Marianella Ledesma Narváez, sostuvo que los magistrados tienen el deber de apartarse de los casos en los que han sido abogados antes de asumir el cargo; caso contrario, explicó, podrían ser investigados por infracción constitucional, así como a nivel civil e incluso penal.
“Habría un conflicto de intereses super grande. Imagínese, si yo hubiera sido abogada de una de las partes y esa misma parte va al Tribunal, yo tengo el deber de abstenerme. Pero si yo no lo hago deliberadamente y voto en la causa en la que antes he sido abogada, ahí sí hay una actividad delictiva. No se puede ser abogado y juez”, sostuvo la jurista a este medio.
La historia del caso admitido
En abril de 2018, el abogado Gustavo Gutiérrez Ticse y la abogada Jenny Hidalgo Martínez presentaron una acción de amparo contra el Colegio de Arquitectos del Perú (CAP), luego que la institución vacara del cargo de decana regional de Lima a Eva Remar Castro por el presunto manejo irregular de los fondos de la entidad.
La acción de amparo presentada por Gutierrez Ticse solicitaba que se revoquen los acuerdos que generaron la vacancia de su representada, debido a que supuestamente se había vulnerado su derecho a la defensa y la pluralidad de instancias en el proceso interno.
El caso recayó en el Segundo Juzgado Constitucional Transitorio de Lima, presidido por la jueza Noemí Salas Fuentes. El 12 de octubre de 2018, la magistrada declaró fundada la acción de amparo a favor de la arquitecta Evar Remar Castro.
En el 2018, Gustavo Gutiérrez presentó una acción de amparo en representación de la arquitecta Eva Remar Castro"
Hasta donde ha podido conocer OjoPúblico el actual magistrado del TC fue abogado de la señora Eva Remar Castro durante todo el año 2018.
Posteriormente, el Consejo Nacional del Colegio de Arquitectos del Perú apeló la medida cautelar y el caso fue derivado a la Segunda Sala Constitucional Permanente, que le dio la razón el 21 de agosto de 2019.
ALTO FUNCIONARIO. En mayo de 2022, Gustavo Gutiérrez Ticse asumió como magistrado del Tribunal Constitucional.
Foto: Tribunal Constitucional
Tres años después, en 2022, la Segunda Sala Constitucional Permanente emitió una resolución de cumplimiento de sentencia. En la misma sostienen que el Consejo Nacional de la CAP había decidido no retornarla a su puesto, debido a que Remar Castro había sido vacada por otros casos, los cuales no eran materia del proceso.
La arquitecta presentó un recurso de agravio constitucional, medio impugnatorio contra sentencias de segunda instancia en el Poder Judicial, pero esta fue rechazada.
Por ese motivo, en setiembre de 2023, presentó un recurso de queja a nivel del TC, toda vez que consideraba que no se había cumplido la sentencia de reponerla en el cargo. Esta llegó a la Sala donde se encontraba el magistrado Gutierrez Ticse.
De acuerdo al Reglamento del TC, los recursos de queja son vistos por cualquier sala conformada por tres magistrados. Además, indica que si esta sala otorga el recurso, esta misma debe ver el fondo del asunto. Por lo tanto, exigirá toda la documentación al Poder Judicial.
La Sala que integra el magistrado Gustavo Gutiérrez analizará la aplicación de la sentencia en el caso de Eva Remar"
El auto del TC, de fecha 11 de junio de 2024, indica que el ponente del caso fue el abogado Gustavo Gutiérrez Ticse. En el mismo se sostiene que la queja contiene todos los requisitos y que es viable analizar si se aplicó adecuadamente la sentencia en segunda instancia emitida por la Segunda Sala Constitucional Permanente.
Este medio intentó comunicarse con la señora Eva Remar Castro por llamada telefónica y por mensajes de WhatsApp. No hubo respuesta por el primer medio. Por mensajería respondió brevemente, pero tras consultarle sobre su vínculo con Gutiérrez Ticse, no volvió a responder.
OjoPúblico también solicitó una entrevista con el magistrado del TC, Gustavo Gutiérrez Ticse, primero, a través del área de prensa de la entidad, pero no contestaron. Luego, al contactarlo de manera directa, el abogado señaló, por su cuenta de WhatsApp, que no daría una entrevista sobre el tema. Solo respondió: "me han difamado dos veces", en alusión al reportaje que publicamos en octubre de 2024, que expone el aumento de su patrimonio en los dos años que lleva de gestión. "Responderé por otras vías", precisó a través de WhatsApp.
El pedido de inhibición
La solicitud de inhibición presentada por el estudio Arbizu & Gamarra, en representación del Colegio de Arquitectos del Perú, indica que el magistrado Gustavo Gutiérrez Ticse estaba impedido de participar en el proceso, según los límites y alcances del artículo 305º del Código Procesal Civil.
Este acápite de la norma sostiene que un magistrado no puede intervenir en un caso cuando “ha sido parte anteriormente de este”.
Pero no es el único estatuto que regula dicha prohibición, el Reglamento del TC establece que sus miembros “están impedidos de defender o asesorar pública o privadamente, salvo en causa propia, de su cónyuge, ascendientes o descendientes; y, en ningún caso, de usar las influencias de sus cargos”.
Además, la ley de código de ética de la función pública (Ley 27815), indica, en su artículo 8, que los servidores públicos están prohibidos de “mantener intereses en conflicto, mantener relaciones o de aceptar situaciones en cuyo contexto sus intereses personales, laborales, económicos o financieros pudieran están en conflicto con el cumplimiento de los deberes y funciones del cargo”.
Los magistrados no pueden participar de los procesos en los que han sido parte antes de asumir el cargo"
La expresidenta del TC, Marianella Ledesma, sostuvo que se debe aceptar la solicitud de inhibición contra el magistrado y se debe volver a votar el caso, debido a que no debió participar del proceso. Además, agregó que el reglamento de la institución establece que cuando el miembro de una sala se inhibe, los demás deben convocar a otro para que lo reemplace.
“Corresponde que se declare la nulidad de esa decisión porque no debió participar por el conflicto de interés. Debería votarse nuevamente. ¿Cómo el abogado también va a ser juez?”, sentenció.
Nota de redacción: Luego de la publicación del reportaje, el magistrado Gustavo Gutiérrez Ticse confirmó en su cuenta personal de Facebook que fue parte de la sala que admitió el recurso de queja de la señora Eva Remar Castro, su antigua cliente. El abogado indicó que esta actuación se debió a la necesidad de resolver con prontitud los trámites, pero que el fondo del asunto lo verá otra sala. OjoPúblico buscó en su momento los descargos del tribuno, pero este se negó a conceder una entrevista al autor del reportaje.