Iván Lanegra: “No tenemos prácticas sistemáticas [fraude] en ningún lugar del Perú”

OjoPúblico entrevistó al Secretario General de la Asociación Civil Transparencia, Iván Lanegra Quispe, para entender y desmentir información falsa difundida en redes sociales sobre actas observadas y las etapas que restan para completar en el proceso electoral en Perú.

AFIRMACIÓN. Iván Lanegra, Secretario General de Transparencia, desmintió la presencia de algún tipo de fraude en este proceso electoral y alertó sobre los reportes que deberán hacer los partidos sobre sus aportes recibidos.

AFIRMACIÓN. Iván Lanegra, Secretario General de Transparencia, desmintió la presencia de algún tipo de fraude en este proceso electoral y alertó sobre los reportes que deberán hacer los partidos sobre sus aportes recibidos.

Foto: Fundación Gustavo Mohme Llona.

En medio de la polarización que ha generado la segunda vuelta presidencial entre Pedro Castillo, de Perú Libre y Keiko Fujimori, de Fuerza Popular, la desinformación y denuncias sin sustento sobre el proceso han aumentado. OjoPúblico entrevistó a Ivan Lanegra, Secretario General de la Asociación Civil Transparencia, y aclaró varias dudas, desmintió la presencia de algún tipo de fraude y alertó que en los reportes que deberán declarar los partidos sobre su financiamiento tienen que reportar todo el apoyo económico o en especies que recibieron los candidatos.

Un grupo de abogados pertenecientes a diferentes estudios del país han confirmado su apoyo en la elaboración de una demanda que busca plantear un gran número de recursos de nulidad contra actas electorales, principalmente en las regiones donde el candidato Castillo obtuvo más votos. Varios de ellos sostienen que lo han hecho voluntariamente.

“Cuando el servicio lo realiza un abogado de forma gratuita se llama aporte en especie. Eso se valoriza y se registra a través de un recibo y el partido lo lleva a la cuenta. Hay un límite de aportes personales que se debe respetar. No más de S/ 528 mil al año”, explicó. Hoy el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) resuelve en una transmisión pública las actas observadas.

¿Cuánto más podría tardar que se oficialice al ganador de la segunda vuelta? 

Primero, lo que hace la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) es contar porque ya el sufragio acabó, ya se cerró y es irrevisable. ¿Qué queda ahora? Queda contar votos. Además, la actuación de la justicia electoral puede revisar actas observadas que ahora en el país son de 1.259 por toda causa. Una vez que las revisan, estas van y regresan para la ONPE y terminan el conteo. Es lo que se llama actas contabilizadas y en esos momentos está en 98,3%. Cuando llegue esa cifra al 100% permitirán al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) proclamar al ganador. No hay manera de saber un plazo exacto porque eso depende de cuánto demore la atención de los casos en que hubiera de algún tipo de observación. 

Desde Transparencia sostienen que no es posible hablar de fraude electoral, ¿por qué?

El fraude electoral alude a una situación en la cual de manera generalizada y sistemática se altera la voluntad popular, modificando de manera significativa los resultados. En todas las elecciones siempre hay incidentes y eventualmente alguna irregularidad. El fraude es una situación en la que se actúa de manera sistemática buscando alterar el resultado electoral. Eso es fraude. ¿En el actual proceso hay algún indicio que nos indique eso? Ninguno. Absolutamente ninguno. No tenemos ningún caso de prácticas sistemáticas en ningún lugar del país. Lo que ha ocurrido es lo que está dentro de la absoluta normalidad. 

¿En el actual proceso hay algún indicio que nos indique eso? Absolutamente ninguno

¿Cuáles son las garantías que han brindado la ONPE y el JNE a lo largo del proceso?

La primera son las mesas de sufragio que se organizan y tienen una total autonomía para llevar a cabo el acto de sufragio y escrutinio. Luego, se tienen actas que se dividen entre ambas instituciones. Una de ellas va a la ONPE, que por transparencia publica todas las que se van contabilizando. Uno entra a un centro de votación y va a encontrar debidamente digitalizado el acta de la votación. Además de esta acta hay copias. Y los personeros también han sido testigos de la mesa de sufragio y eventualmente tienen copia de esta acta.

En los últimos días se han visto acusaciones de fraude en redes sociales vinculadas a las actas. En este escenario de desinformación, ¿cuál es el proceso para resolver un acta observada y en qué se diferencia de la llamada impugnación? 

Técnicamente, en el Perú no hay impugnación. A veces por un tema coloquial se suele hablar de actas impugnadas pero en realidad, las actas no se impugnan. Se impugnan los votos. Entonces, hay varios supuestos. Cuando se realiza el escrutinio se puede hacer un pedido de impugnar alguna cédula de votación. Por alguna razón: está mal marcado o si hay dudas; si no se sabe si es un voto nulo o no. Entonces, durante el proceso electoral los personeros pueden decidir si se impugnan o no una cédula de votación. 

Imaginémonos que es una mesa de 200 electores, pero digamos que hay un voto de esos 200 que ha sido impugnado. Entonces, en ese momento el conteo de esa acta es de 199 votos pero todavía no sabemos si va a ser 199 o 200. ¿Qué pasa en este caso? Se hace el acta, se adjunta el voto que ha sido impugnado y así va a la ONPE. A eso le llama actas con votos impugnados que puede ser uno, dos o más. 

“San Juan de Lurigancho tiene 2.649 actas, ¿cuántas tienen votos impugnados hay ahí? Ocho”.

Tomando como antecedentes elecciones pasadas, ¿cuánto es el promedio de votos que se pueden resolver con actas observadas? 

Suele ser muy pequeño. Es como el conteo rápido. Es una muestra de actas, normalmente están distribuidas en todo el país. Algunos han señalado que hay una gran concentración en Lima eso es porque también hay más personeros en Lima. Pueden haber más casos, pero luego cuando eso lo distribuyes por distrito vas a encontrar que en un distrito tan grande como, por ejemplo, San Juan de Lurigancho donde hay 2.649 actas, ¿cuántas tienen votos impugnados? Ocho. Eso es nada. 

¿Los votos que se encuentran impugnados pueden definir esta elección?

Allí viene la segunda cuestión. Generalmente estos votos son impugnados por ambos lados normalmente. Entonces va a representar más o menos la proporción de votos que ya teníamos. Estas actas van a contarse igual. Por ejemplo, en San Juan de Lurigancho la distancia es 58% versus 42%. ¿Qué quiere decir? Si hubiera 100 votos en esta acta [observada] van a haber 58 para uno y 42 para el otro. ¿Cuál es la diferencia en votos? No es 100 votos sino son los 16 votos de diferencia. Entonces, 16 votos por 8 [actas observadas]. Son 132 votos en disputa digamos para más de 638 mil votos. Entonces la variación es ínfima. 

En procesos anteriores, ¿cuánto suele ser el rango de actas observadas que llegan a ser resueltas por la última instancia del Jurado Nacional de Elecciones? 

Es muy difícil saberlo pero en la última elección fueron 300 actas que finalmente quedaron nulas. Es poquito las que quedan fuera, la gran mayoría regresa a la ONPE.

De llegar a una eventual apelación ante el Jurado Electoral Especial (JEE), ¿son los partidos políticos o quiénes suelen asumir las tasas de este proceso? 

Tiene que ser el partido porque es un gasto partidario y además tiene que ser incluido en su registro contable. Las actas observadas y los votos impugnados que van al Jurado Electoral Especial (JEE), eventualmente pueden ser apeladas y luego se paga una tasa para apelar, pero ante el JEE es gratis. Eso no tiene ningún costo. Sin embargo, si planteas una nulidad de un acto por un hecho externo, cuyo plazo vence hoy, allí sí se tiene que pagar una tasa porque es un caso distinto. Es una nulidad de la mesa por hechos externos a ello.

¿Cuáles son estos hechos externos? 

Son los señalados en el artículo 363 de la Ley Órgánica de Elecciones: por soborno, cohecho, coacción, cuando se obliga o se lleva a la gente a votar por una opción. El costo administrativo es S/ 1.100 por mesa, por expediente. En ese caso ya no es una discusión sobre el acta sino sobre la mesa por hechos externos a ella. 

En los últimos días se han visto convocatorias para que estudios de abogados y profesionales se involucren apoyando a la presentación de pedidos de nulidad, ¿de qué manera se debe declarar este tipo de servicio en el aporte partidario?

Si un partido contrata a un estudio de abogados no hay ningún problema, es un gasto. Lo que allí tiene que registrar el partido es que ha pagado a un estudio de abogados para un servicio. Es parte de los gastos que puede hacer una organización. Cuando el servicio lo realiza un abogado de forma gratuita se llama aporte en especie. Eso se valoriza y se registra a través de un recibo y el partido lo lleva a la cuenta. Hay un límite de aportes personales que se debe respetar, no más de S/ 528 mil al año. Ese es el segundo supuesto. ¿Cómo aporta una persona natural? Puede aportar en trabajo y con el uso de sus bienes. También puede donar un bien. Yo puedo donar mi tiempo de trabajo, puedo donar mi local o lo puedo regalar. ¿Quiénes pueden hacer eso? Solo personas naturales, no lo pueden hacer personas jurídicas. Una persona jurídica no puede dar un local. Si es la casa del dueño de una empresa y lo quiere dar no hay ningún problema. Pero si quiere usar las oficinas de su empresa, eso es un aporte en especie de empresa y allí viene el problema. Las personas jurídicas no pueden hacer donaciones en especie a los partidos. 

“Las personas jurídicas no pueden hacer donaciones en especie a los partidos”.

Y todos estos aportes de personas naturales en especie tienen que estar registrados.

Sí, exactamente, valorizados y registrados. Si tú haces un servicio gratuito a un partido, donde no reciben ninguna paga, es un aporte en especie. Para eso hago un recibo valorizando mi servicio, el partido hace un recibo en reconocimiento a mi aporte en especie. Eso es porque hay un límite de aporte anual.

En esta elección se ha visto a funcionarios públicos, sobre todo congresistas, que han vulnerado la neutralidad electoral, ¿qué rol activo debería tener el JNE para supervisar que se cumpla esta norma? 

Depende de la situación. Es muy completo el caso de los congresistas porque para empezar son políticos. Su trabajo es hacer política. ¿Cuándo rompen la neutralidad? Es muy difícil. Mi impresión es que deberíamos ser muy restrictivos respecto a la interpretación para cuestionar su posibilidad de decir cosas políticas, incluso en campaña porque su rol es representación política. Decirle que no hagan política es como decirle a un médico que no puede operar, no tiene sentido. Sin embargo, hay cosas que no pueden hacer. Por ejemplo, no pueden usar los locales ni recursos públicos del Congreso para hacer proselitismo. Ahora, si un congresista quiere involucrarse activamente en una campaña, dejando de trabajar, entonces debe pedir licencia. Eso debería ser lo mínimo, pero es porque quiere dedicarse todo el día a la campaña y luego volver. 

A pocos días de la segunda vuelta, tres miembros del Tribunal de Honor del JNE renunciaron a sus cargos, ¿qué análisis podríamos tener de esta decisión? 

Las declaraciones que han dado es que hubo una falta de apoyo logístico. Creo que ese es un tema por corregir. Es un Tribunal que funciona como defensor que no tiene capacidad de sanción sino que es una voz, digamos, ética por su propio peso y prestigio de las personas que lo integran. Actúa públicamente para llamar la atención al cumplimiento de estándares electorales. Allí lo clave e importante para que funcione es que sea una voz con mucha presencia pública. Al parecer no han tenido todo el apoyo logístico necesario. No es un tema nuevo, ha ocurrido hace tiempo. En sus cartas de renuncia no hacen ninguna referencia a ningún elemento de proceso electoral.

Durante la cobertura electoral, medios de televisión e impresos se alinearon abiertamente a favor de una de las candidaturas, ¿cuál es su opinión al respecto?

Nosotros hemos enviado ya antes de las elecciones [de segunda vuelta] una comunicación al relator especial para la libertad de expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para contar los problemas que pueden presentarse. La percepción ya era clara en ese momento, que algunos medios de comunicación estaban dando un tratamiento no equitativo a ambas listas que estaban compitiendo y mostramos además los casos de agresiones a periodistas que estaba ocurriendo. Es una situación que hay que corregir porque el tema del tratamiento plural no es un tema voluntario sino que está en la ley de radio y televisión donde se señala que los medios deben tener una actitud plural en defensa de la democracia y en respeto de la libertad de información.

De cara a las elecciones regionales del 2022, ¿qué mecanismos usados en otros países se podrían replicar para optimizar los procesos? 

Acá es al revés. A Perú vienen especialistas de otros lados a vernos cómo son nuestras elecciones. Somos el top de la región. De hecho, lo único que podemos mejorar un poco, pero ya no es un tema de gestión sino de cambio de normas, es que se permita algunas ayudas tecnológicas adicionales. Por ejemplo, en esta ocasión no hemos tenido voto electrónico presencial, eso ayudaría un montón. En lugar de que cada mesa esté contando los votos, realmente acaba la elección y sale el documento listo solo para firmar. Entonces, reduciría el tiempo y todo sería más rápido. Hay un montón de cosas que se pueden hacer super rápido. En general, las medidas de seguridad y de garantías son admiradas en algunos lados porque no somos un país desarrollado, pero llevamos el proceso muy bien. 

Reloj Se ha añadido un artículo a su lista de lecturas

Noticias Relacionadas