CIDH recomienda sancionar a los responsables de los actos de violencia durante las protestas contra Manuel Merino

El organismo internacional alertó sobre graves vulneraciones a los derechos humanos de los manifestantes que participaron en las marchas convocadas de manera espontánea, así como atropellos contra comisionados de la Defensoría del Pueblo, brigadistas voluntarios y periodistas, entre ellos Alonso Balbuena de OjoPúblico. También observó con mucha preocupación la represión excesiva de la policía, y recomendó al Estado Peruano investigar los hechos y sancionar a los responsables.

REPRESIÓN. El organismo internacional alertó sobre el uso excesivo de la fuerza por parte de la policía.

REPRESIÓN. El organismo internacional alertó sobre el uso excesivo de la fuerza por parte de la policía.

Foto: Musuk Nolte

Luego de su visita al Perú, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió un informe, en el cual alertó que, durante las movilizaciones realizadas desde el 9 de noviembre contra el régimen transitorio de Manuel Merino de Lama, se produjeron diversas violaciones a los derechos humanos. Por ese motivo recomendó que se investigue y sancione a los responsables de los actos de violencia y de los asesinatos de los jóvenes Jordan Inti Sotelo Camargo y Jack Bryan Pintado Sánchez, ocurridos el 14 de ese mes. 

La comisión de la CIDH estuvo en nuestro país, del 29 de noviembre al 2 de diciembre, para indagar sobre los hechos ocurridos durante las protestas. Como resultado emitió un comunicado, donde observa con preocupación la actuación de la policía: detenciones forzadas, despliegue de técnicas intimidatorias, uso temerario de armamentos y gases asfixiantes; así como graves hechos de violencia contra periodistas, personal de la Defensoría del Pueblo y brigadistas voluntarios.

Durante su permanencia en Perú, la delegación de la CIDH -adscrita a  la Organización de Estados Americanos (OEA)-, encabezada por su presidente Joel Hernández, entrevistó a más de 120 personas. Entre ellas, al Presidente de la República, Francisco Sagasti. Asimismo, registró 83 testimonios, la mayoría de personas que denunciaron haber sido víctimas de violaciones a sus derechos, en el contexto de las protestas.

 

Represión excesiva 


A excepción de algunos hechos aislados, la CIDH consideró que “ha observado que estas protestas sociales han contado mayormente con la participación de jóvenes y de estudiantes que salieron a las calles a manifestar, de manera espontánea y multitudinaria, su descontento con la decisión del Congreso”.

Sin embargo, precisó que, con la información recibida y los testimonios recabados, observaron con preocupación que la respuesta del Estado peruano frente a las movilizaciones se caracterizó por la represión excesiva y desproporcionada de la fuerza por parte de la policía, “materializado en el uso indiscriminado, ininterrumpido y en ocasiones dirigido directamente al cuerpo de gases lacrimógenos y asfixiantes, así como perdigones; la irrupción a golpes o a bordo de motocicletas en medio de los manifestantes y la detención mediante efectivos vestidos de civil del Grupo Terna”, se lee en el informe. 

Entre los hechos observados, la CIDH indicó que recibió relatos consistentes del uso de helicópteros sobrevolando a baja altitud las manifestaciones, “dando la impresión de rasear a los manifestantes, generando un clima de intimidación y miedo”, en un escenario en el que ya había confusión y pánico por los gases lacrimógenos. Una muestra de lo ocurrido fue el 14 de noviembre, durante la segunda marcha nacional, cuando la protesta culminó con  la muerte de Inti Sotelo y Bryan Pintado y, al menos, 107 personas heridas por lesiones de proyectiles, inhalación de gases tóxicos y politraumatismos. “Esa noche, según la Defensoría del Pueblo, se reportaron 60 personas no habidas”, precisa el informe.  

La respuesta del Estado peruano frente a las movilizaciones se caracterizó por la represión excesiva".

En este contexto de represión violenta, la comisión de la CIDH recibió información de que altos funcionarios del gobierno habían felicitado a los efectivos policiales por su actuación en las protestas. Por ese motivo reiteró que es deber de los funcionarios del Estado prevenir la violación de derechos humanos. Asimismo, les recordó que “usar discursos que minimizan  la violencia podría enviar un mensaje de tolerancia y clima permisivo”.

En cuanto a las detenciones, la CIDH señaló que estas afectaron los derechos humanos de algunas mujeres. Por ejemplo, de una adolescente de 14 años, que fue detenida y golpeada por la policía en la cabeza y espalda, y  sufrió insultos y amenazas, sin ninguna consideración. Su hermana también fue víctima de maltrato. La comisión  “comprobó que el lugar donde estuvo detenida era oscuro, sin acceso a ventilación y en deplorables condiciones higiénicas, incluyendo presencia de orín, heces y ratas”.

Ella narró, además, que fue víctima de violencia sexual, insultos, miradas y comentarios amenazantes. Asimismo, la policía la obligó a desnudarse a la fuerza y le realizó una inspección vaginal aparentemente abusiva. Otra mujer adulta contó que también fue víctima  de violencia sexual, desnudamiento forzado, tocamientos y trato humillante por su origen andino.

Alonso Balbuena

PREOCUPACIÓN. La CIDH entrevistó a Alonso Balbuena, periodista de OjoPúblico, quien recibió una bomba lacrimógena en la pierna.
Foto: Walter Hupiú.

“Tales actos pueden representar una forma de violencia de género contra las mujeres, constituir una forma de discriminación contra ellas y podrían ser, además, actos constitutivos de tortura”, se lee en el comunicado.

Del mismo modo, la comisión señaló que también recibió información sobre actos de violencia contra efectivos de la policía, a través de insultos, lanzamiento de piedras y otros objetos contundentes. Como resultado, 21 agentes resultaron  heridos, se causó destrozos a la propiedad pública y privada, a 13 vehículos policiales y a dos motocicletas. La comisión internacional indicó que condena enérgicamente la violencia, sin importar de dónde venga; pero recuerda que “los Estados deben actuar en base a la licitud de las protestas, pues el hecho de que algunas personas actúen con violencia, no vuelve violenta a la protesta”.

Por su parte, el Estado peruano informó a la CIDH que actuó conforme al  marco normativo y acató el decreto legislativo 1186, que regula el uso de la fuerza por parte de la policía. Sin embargo, el ente internacional advirtió que el artículo 4° de dicha norma fue reformado en marzo de este año, mediante la Ley 31012, que derogó el principio de proporcionalidad, “lo que podría favorecer su impunidad [de la policía]”, advirtió. 

En ese sentido, la CIDH pidió que se revise dicha norma, para ajustarla a los estándares interamericanos. Además, solicitó a las autoridades competentes investigar el uso y origen de los perdigones metálicos en el control de las manifestaciones; y recordó que los estados deben implementar mecanismos para prohibir el uso de la fuerza letal en las manifestaciones públicas.

 

Vacancia por permanente incapacidad moral

 

De diciembre del 2017 a noviembre del 2020, el Congreso de la República de Perú buscó vacar a los presidentes Pedro Pablo Kucsynski y a Martín Vizcarra Cornejo, dos veces a cada uno, invocando el artículo 113° de la Constitución que resalta la figura de la vacancia por permanente incapacidad moral. En su último intento, el Parlamento consiguió sacar del cargo a Vizcarra; y en su lugar asumió como mandatario interino el congresista Manuel Merino, lo que desencadenó una grave crisis política en el país.

Al respecto, la CIDH resaltó que la figura de la vacancia es controvertida y “mantiene una falta de definición objetiva, lo que permite un alto grado de discrecionalidad que puede socavar el principio de institucionalidad democrática”. Precisó que le preocupa su uso reiterado, lo que afecta la gobernabilidad y causa graves efectos en la estabilidad democrática y social, en medio de la pandemia y camino a las nuevas elecciones generales.

La figura de la permanente incapacidad moral pudo ser aclarada por el Tribunal Constitucional (TC), instancia a la que recurrió el Ejecutivo mediante una demanda competencial contra el Congreso. Sin embargo, el 19 de noviembre -por mayoría- los miembros del TC declararon improcedente la demanda, advirtiendo que Vizcarra no fue vacado en el primer intento. 

La CIDH señaló, asimismo, que la democracia constitucional está basada en la división y control de poderes, por lo cual “la destitución de una persona elegida democráticamente y constitucionalmente no debería quedar librada a la decisión política discrecional del Congreso, sino que requiere la verificación de la existencia de algunos de los delitos o infracciones contemplados en la Constitución”.

 

Agresión a periodistas y comisionados de la Defensoría 

 

Las agresiones a los manifestantes no fueron los únicos hechos cuestionables durante las movilizaciones contra el régimen de Merino de Lama. La CIDH aclaró que, al menos 40 periodistas, resultaron heridos por la violenta represión policial. Una de las víctimas fue Alonso Balbuena, periodista de OjoPúblico, quien permanece internado en un hospital, recuperándose luego de que recibiera el disparo directo de una bomba lacrimógena en la pierna, que le afectó considerablemente la masa muscular.

La comisión de la CIDH cuenta con testimonios que refuerzan la teoría de que los policías dispararon a corta distancia y a quemarropa contra los periodistas, que cubrían los hechos, en cumplimiento de su labor legítima y trascendental para la garantía de los derechos humanos durante las protestas. 

Entre sus hallazgos también destacan que 19 comisionados de la Defensoría del Pueblo fueron agredidos por la policía. Asimismo, resaltó que los agentes procedieron con actos de intimidación, agresiones verbales y empujones contra los comisionados, “pese a que se encontraban debidamente identificados, lo que en varias ocasiones los obligó a retirarse del lugar y dejar de cumplir su función”. También alertó sobre acoso e intimidación a los brigadistas y voluntarios.

La CIDH cuenta con testimonios que refuerzan la teoría de que los policías dispararon a corta distancia 

En ese sentido, la CIDH destacó que el Ministerio Público haya iniciado las investigaciones necesarias para que los hechos ocurridos no queden impunes. El 16 de noviembre, la fiscal de la Nación, Zoraida Ávalos, anunció que se había iniciado una investigación preliminar contra los que resulten responsables por el delito de homicidio doloso en agravio de Inti Sotelo y Jack Pintado. Aquí se incluyó a Manuel Merino; a los entonces primer ministro, Ántero Flores Aráoz, y al ministro del Interior, Gastón Rodríguez Limo. Todos ellos fueron acusados de abuso de autoridad, homicidio doloso y lesiones graves y leves. 

Como parte del informe, la CIDH hizo 10 recomendaciones al Estado peruano, que se pueden resumir en que debe adoptar medidas para una adecuada investigación que termine por sancionar a los responsables de los hechos de violencia. Asimismo, le aconsejó tomar medidas para cesar el uso excesivo y desproporcionado de la fuerza por parte de la policía en las manifestaciones; y que se abstengan de detener arbitrariamente a manifestantes y violar sus derechos.

También recomendó  garantizar la protección de las personas que han denunciado abusos durante las manifestaciones, así como atender la salud física y mental de los heridos y demás afectados, “principalmente de aquellos que han terminado con alguna discapacidad”.

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