Militante de Ahora Nación presenta solicitud de nulidad del proceso ante el JNE

JORNADA DOBLE. Las Elecciones Generales 2026 se extendieron un día más para 13 locales de votación de Lima Metropolitana que no pudieron abrir por falta de material electoral.
Foto: ONPE
Tras los hechos ocurridos durante las elecciones del domingo 12 de abril, el abogado Carlos Quinto Céspedes presentó ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) una solicitud que busca la nulidad del proceso electoral bajo la causal de presunta inconstitucionalidad.
OjoPúblico verificó que Quinto Céspedes cuenta con afiliación vigente, desde marzo de 2024, al partido político Ahora Nación, por el que postula a la presidencia Alfonso López Chau, según información del JNE. Asimismo, su habilitación en el Colegio de Abogados de Lima se encuentra actualmente en estado “inactivo”.

MILITANCIA. El abogado Carlos Quinto se encuentra afiliado al partido político Ahora Nación desde marzo de 2024.
Captura: JNE
Entre sus argumentos, sostiene que ninguno de los candidatos ha presentado el certificado de goce del derecho de sufragio como requisito para ser elegido y por tanto el proceso electoral debe declararse nulo. Sin embargo, OjoPúblico consultó al abogado Jorge Jáuregui, especialista en temas electorales, quien precisó que dicho requisito no existe. "Se trata de una impugnación temeraria sin asidero legal que busca sobrecargar el trabajo del Jurado Nacional de Elecciones o en el peor de los casos sabotear el proceso electoral", dijo.
Asimismo, Quinto señala que la extensión del proceso electoral hasta el lunes 13 de abril vulnera lo establecido en la Constitución Política del Perú, que dispone que las Elecciones Generales se realizan el segundo domingo de abril cada cinco años. Sin embargo, la periodicidad de las elecciones no está estipulada en la Constitución, sino en la Ley Orgánica de Elecciones.
El militante de Ahora Nación añade que el escrutinio de votos no se llevó a cabo de manera continua e ininterrumpida, lo que, a su juicio, también contraviene la Carta Magna. “Este proceso electoral es nulo en su totalidad por la indebida actuación del ente electoral de disponer la suspensión y continuación del proceso electoral, lo que deberá ser corregido por esta instancia” se lee en el documento.
DOCUMENTO. Solicitud de nulidad fue presentada el lunes 13 de abril ante Mesa de Partes del JNE.
Jáuregui precisó a este medio que las únicas causales para establecer la nulidad del proceso electoral ya están especificadas en la Ley Orgánica de Elecciones. En el caso de la nulidad total solo se establecen dos causales, las cuales no se han cumplido y tampoco se señalan en los argumento del abogado Quinto: cuando los votos nulos o en blanco, sumados o separadamente, superan los dos tercios del número de votos válidos; y si se anulan los procesos electorales en una o más circunscripciones que en conjunto representen el tercio de la votación nacional válida.
Por otro lado, el mismo domingo 12 de abril, el abogado Colin Fernández Méndez pidió a la JNE la nulidad absoluta de todas las mesas que no se lograron instalar. Esas mesas, sin embargo, se instalaron al día siguiente y continuaron con el proceso. Fernández está afiliado al partido político PRIN desde agosto de 2022.
Entre los argumentos de Fernández solo se menciona que el proceso electoral debió culminar el 12 de abril de 2026 a las 5 pm y que su extensión “vicia lesivamente el proceso electoral”. Añadió que los Jurados Electorales Especiales deberían declarar la nulidad de la votación de dichas mesas de sufragio de acuerdo con sus funciones establecidas en la ley orgánica de elecciones.