Explicador: Estas son las cifras sobre desaparición de mujeres en el Perú

Ante los últimos casos reportados, la red Ama Llulla revisó la información oficial y presenta la data más actualizada, las normas que determinan cómo actuar ante este grave problema y las acciones pendientes por parte del Estado.

DENUNCIAS. La Policía Nacional registra más denuncias por desaparición de mujeres que de hombres.

DENUNCIAS. La Policía Nacional registra más denuncias por desaparición de mujeres que de hombres.

Foto: Andina.

Verificado por Álvaro Flores Lucano

Los últimos casos de mujeres reportadas como desaparecidas en el Perú han vuelto a poner en la discusión pública las verdaderas dimensiones de este problema. La Defensoría del Pueblo informó que los casos denunciados superan los 7 mil, tan solo en 2022. Más allá de la polémica en redes sociales y algunos medios por ciertas situaciones individuales, la red Ama Llulla revisó los reportes más actualizados y consultó con expertas para presentar este panorama  que describe una situación de riesgo por atender.

 

¿Cuántas personas han desaparecido este año?

La Policía Nacional del Perú (PNP) cuenta con el Registro Nacional de Información de Personas Desaparecidas (Reniped) donde la ciudadanía puede revisar el historial estadístico de los casos reportados de manera oficial. Según el último reporte, emitido en agosto, en lo que va del año se registraron 12.617 denuncias de personas desaparecidas en el país. De esa cantidad, 7.762 casos corresponden a mujeres, lo que representa el 61.5% del total.

Los tres departamentos con mayor cantidad de denuncias de mujeres desaparecidas son los siguientes: Lima (2.513), Junín, (478) y Cusco (460). 

Según el Sistema de Denuncias Policiales (Sidpol), uno de los puntos más críticos de esta situación se produjo en Lima durante el mes de enero del 2022, cuando se denunció la desaparición de 1.134 mujeres en todo el país. Los casos ocurrieron en diferente medida en todas las regiones del Perú. 

Un aspecto de relevancia en la base de datos policial es que prácticamente en todo lo que va del año la cifra de denuncias sobre mujeres desaparecidas supera los 900 casos al mes. Solo en junio de 2022 se produjo una ligera reducción, que sin embargo llegó a la cifra de 886 casos. En todos los meses, los reportes de desaparición de varones fueron menos que los de mujeres.

Otro rasgo de importancia es la edad de las personas afectadas. 

Según el último reporte de la Defensoría del Pueblo sobre Igualdad y No violencia, hasta el mes de agosto del 2022 se han registrado 2.383 denuncias por la desaparición de niñas y adolescentes, lo que representa el 30,7% del total de mujeres desaparecidas.

“En agosto de 2022, 340 niños/as y adolescentes fueron reportados/as como desaparecidos/as. De esta cifra, 314 eran niñas y adolescentes mujeres, es decir, un 92 %. Esto reafirma la relación entre el género y la edad de las víctimas como factores de vulnerabilidad”, indica el documento defensorial.

Desaparecidas
RIESGO. Recuadro incluido en el último reporte Igualdad y No violencia, de la Defensoría del Pueblo, sobre niñas y adolescentes reportadas como desaparecidas.

 

De acuerdo al mismo reporte, hasta agosto del presente, las autoridades solo lograron ubicar a 3.687 mujeres, niñas o adolescentes, esto es poco más de cuatro de cada diez de los casos presentados.

“En agosto de 2022, se ubicaron en total a 782 personas desaparecidas. De este número, 484 eran mujeres en todo su ciclo de vida, es decir, un 62%”, consigna la Defensoría del Pueblo.

 

¿Con qué normas se afronta la desaparición de mujeres?

En el 2018, se aprobó el Decreto Legislativo 1428 que desarrolla las medidas para la atención de casos de desaparición de personas en situación de vulnerabilidad. Las acciones que contempla la norma son las siguientes: atención de denuncias, difusión, investigación, búsqueda, ubicación y empleo de mecanismos tecnológicos para la organización y difusión de información sobre casos de desaparición de personas. La normativa entró en vigencia el pasado 23 de febrero del 2019, cuando se aprobó su reglamento mediante el Decreto Supremo 003-2019-IN.

Asimismo, en abril de este año se aprobó el Decreto Supremo 005-2022-MIMP que modificó el Reglamento de la Ley 30364, el cual previene, sanciona y erradica la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar. Una de las principales modificaciones es que ahora se incluye la desaparición de mujeres como una forma de violencia.

Entre los considerandos, la norma indica específicamente que “la desaparición de mujeres llevada a cabo por particulares, es una forma de violencia de género”, reconocida en la Recomendación General N° 2 del Comité de Expertas del Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará, un acuerdo que forma parte de la legislación del sistema interamericano. El decreto enfatiza como criterio de este acuerdo el que “las desapariciones de mujeres a menudo están vinculadas con otras formas de violencia de género, como la violencia sexual, la trata o los feminicidios, por lo que resulta un avance importante visibilizar esta problemática en la legislación especializada sobre la materia”. 

También se cuenta con el Protocolo Interinstitucional de Atención de Casos de Desaparición de Personas en Situación de Vulnerabilidad y Otros Casos de Desaparición que se aprobó el año pasado mediante el Decreto Supremo 002-2020-IN. De esta manera, la PNP cuenta con un reglamento que les indica cómo actuar ante la desaparición de personas, incluyendo especificaciones en el caso de mujeres.

 

¿Qué medidas están pendientes?

Si bien el DL 1428 incluye varias medidas para agilizar la búsqueda de mujeres desaparecidas, no todas se están cumpliendo. Por ejemplo, aún no se implementa el Sistema de Mensajería de Alerta Temprana de Emergencias (Sismate), con lo cual se enviaría una alerta a los teléfonos móviles de los ciudadanos si es que se encuentran cerca del radio donde ocurrió la desaparición de una persona.

El Sismate es una herramienta tecnológica que se hizo conocida porque envió mensajes de prueba a los teléfonos móviles con la alerta de un supuesto desastre natural (la última de las cuales fue el 17 de octubre en cinco ciudades), como un terremoto o un tsunami. En las disposiciones complementarias finales del DL 1428 se indica que “una vez que inicie operaciones, [el Sismate debe ayudar] en las labores de búsqueda y ubicación de personas en situación de vulnerabilidad”.

“La implementación del Sismate fue anunciada específicamente en octubre del 2020, cuando se anuncia la implementación del Sistema Nacional de Búsqueda, pero hasta el día de hoy no lo tenemos”, indicó Katherine Soto, socióloga e integrante de la organización Mujeres Desaparecidas.

Cabe aclarar que esta alerta no se activaría en todos los casos, solo en algunos específicos. “El caso que sí o sí activaría la alerta sería el que corresponda a niños, niñas, adolescentes o  mujeres que tengan antecedentes de violencia”, explicó la abogada Beatriz Ramírez.

De esta manera, en el caso que se reporte una desaparición que amerite la activación de la alerta, se enviará un mensaje que incluirá los datos de la persona desaparecida dentro del radio donde ocurrió el incidente. Así, la ciudadanía podrá colaborar en la búsqueda inmediata.
 

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