El Perú amenaza la educación sobre derechos humanos adquiridos

El Perú amenaza la educación sobre derechos humanos adquiridos
Cristian González Cabrera

Investigador de Human Rights Watch

La Ley 31498 —aprobada por insistencia por el Congreso de la República— otorga facultades a las organizaciones civiles ultraconservadoras para supervisar y vetar contenidos de nivel inicial, primario y secundario. Al igual que otras normas dadas por este poder del Estado, fue redactada sin tomar en cuenta la opinión técnica del Ministerio de Educación ni de la Defensoría del Pueblo. "El nivel de control que esta ley les otorga no tiene precedentes y supone un riesgo para la educación independiente", señala el investigador de Human Rights Watch Cristian González. También resalta que en un contexto polarizado como el actual, la ley podría emplearse para limitar la información sobre cualquier otro tipo de cuestiones vinculadas a derechos humanos.

EDUCACIÓN. La Ley 31498 limita el derecho a recibir una educación de calidad, por lo que una organización civil ha interpuesto una demanda para evitar su implementación.

EDUCACIÓN. La Ley 31498 limita el derecho a recibir una educación de calidad, por lo que una organización civil ha interpuesto una demanda para evitar su implementación.

Foto: Andina

 

El 24 de enero se celebra el Día Internacional de la Educación, que reconoce el papel central que tiene la educación para garantizar la paz, el desarrollo, la igualdad de género y los derechos humanos. Sin embargo, este año el festejo se ve ensombrecido por un pésimo antecedente en el ámbito educativo del Perú: la Ley N.º 31498, que supuestamente “impulsa la calidad de los materiales y recursos educativos”.

Esta ley fue aprobada por el Congreso en mayo de 2022 y, en la práctica, otorga a organizaciones de padres facultades de supervisión y veto respecto de los materiales educativos del Ministerio de Educación destinados a escuelas de nivel inicial, primario y secundario.

Estas organizaciones pueden brindar observaciones, por ejemplo, acerca de si los materiales respetan “la libertad religiosa o convicciones morales” de los estudiantes y los padres, o acerca de si los materiales promueven “prácticas que pueden configurar un delito sancionado por lo moral”.

El término “delito sancionado por lo moral” es absolutamente impreciso y parece ser una referencia a los derechos sexuales y reproductivos. Por incumplir la obligación de consultar a los padres que estipula la ley, los funcionarios públicos pueden enfrentar sanciones disciplinarias, que incluyen la suspensión sin remuneración o el despido.

Es importante involucrar a los padres en la educación de sus hijos y ya existe un marco normativo que promueve esta participación. Sin embargo, el nivel de control que esta ley otorga a las organizaciones de padres no tiene precedentes y supone un riesgo para la educación independiente y la calidad de los materiales al ignorar la experiencia y conocimientos pedagógicos que demanda la elaboración de materiales educativos.

También cuestiona el papel esencial del Ministerio de Educación en la implementación del Currículo Nacional de la Educación Básica, que se fundamenta en el respeto por los derechos humanos. Aquellos padres interesados en que sus hijos reciban una educación de calidad deberían estar preocupados.

El nivel de control que esta ley otorga a las organizaciones de padres no tiene precedentes y supone un riesgo".

El congresista que presentó inicialmente el proyecto de ley era una figura prominente en un grupo de padres de línea conservadora que se opone a que se traten cuestiones de género en clase y rechaza la educación integral en sexualidad.

Otro grupo de padres presentó, en los últimos años, una apelación ante la Corte Suprema para bloquear la posibilidad de que se usen en las escuelas materiales sobre género y sexualidad acordes con la edad de los alumnos.

Por lo tanto, la plataforma Educación sin Retroceso, una coalición de organizaciones de derechos humanos, expresó a Human Rights Watch que consideran que la ley es un intento de grupos conservadores de censurar en las escuelas la información sobre género y sexualidad acorde con la edad, un elemento clave de la educación centrada en derechos humanos.

La plataforma ha interpuesto una demanda para frenar la implementación de la ley. La Defensoría del Pueblo del Perú también se ha manifestado públicamente en contra de la ley.

Conforme al derecho internacional, los niños y las niñas tienen derecho a recibir educación integral en sexualidad. Esta consiste en materiales de aprendizaje asertivos, con rigor científico y apropiados según la edad que puedan contribuir a promover prácticas informadas y seguras para prevenir la violencia de género, la desigualdad de género, las enfermedades de transmisión sexual y los embarazos no deseados.

La educación integral en sexualidad puede dotar a las personas jóvenes de las aptitudes para adquirir una perspectiva positiva de las sexualidades diversas, tanto propias como de sus pares. La Corte Suprema del Perú sostuvo, en 2019, que los materiales de aprendizaje sobre género y sexualidad son esenciales para promover la igualdad y los derechos humanos.

[Esta ley] atenta contra el desarrollo del pensamiento crítico y reflexivo de las y los estudiantes".

Es fundamental que los niños, niñas y adolescentes peruanos reciban esta información. Un informe de Naciones Unidas estimó, en 2018, que un 38% de las niñas y mujeres peruanas de entre 15 y 49 años sufrió violencia física y/o sexual por parte de sus parejas y, en 2022, el órgano de derechos de la mujer de las Naciones Unidas reiteró su alarma ante estos niveles elevados de violencia.

En 2020, la línea de asistencia gubernamental para la violencia sexual y doméstica recibió casi el doble de denuncias que en 2019.

Una encuesta gubernamental de 2019 mostró que los peruanos percibían a las personas lesbianas, gais, bisexuales, transgénero e intersexuales (LGBTI) como las más discriminadas en el país, una situación que la Corte Interamericana de Derechos Humanos puso de relieve en el caso Azul Rojas Marín vs. Perú, de 2020, cuando concluyó que estas poblaciones enfrentan altos niveles de discriminación estructural e institucional.

Pero los efectos nocivos de la Ley N.° 31498 podrían ir más allá de la información sobre género y sexualidad. La ley establece que las organizaciones de padres pueden vetar en la práctica materiales de aprendizaje vinculados con “desarrollo personal, ciudadanía y educación cívica, ciencias sociales, descubrimiento del mundo y ciencia y tecnología”.

En el contexto polarizado que existe en el Perú, los padres podrían usar la ley para limitar la información sobre cualquier otro tipo de cuestiones de derechos humanos controversiales en el país, como la justicia por abusos del pasado, el Estado de derecho y la libertad de expresión. En este sentido, atenta contra el desarrollo del pensamiento crítico y reflexivo de las y los estudiantes, tan indispensable para consolidar una sociedad más democrática.

La Ley N.° 31498 menoscaba el papel vital que desempeña la educación en la formación de personas informadas, críticas y curiosas. Los congresistas deberían reivindicar el derecho internacional de los derechos humanos y atenerse a la jurisprudencia de la Corte Suprema que confirmó la necesidad de brindar información sobre género y sexualidad.

Recién cuando el Congreso rechace la posibilidad de que los derechos de los padres prevalezcan por sobre una práctica educativa sensata y derogue la ley, podrá el Perú celebrar plenamente los valores del Día Internacional de la Educación.

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