Es falsa la versión del congresista Muñante acerca de que las ONG no rinden cuentas
ojo Falso

Por Hugo Velarde

Verificación a Alejandro Muñante, congresista por Renovación Popular

Es falsa la versión del congresista Muñante acerca de que las ONG no rinden cuentas

Fecha de declaración: 12 de marzo de 2025.
ojo Falso

Por Hugo Velarde

Mediante una publicación en X, Alejandro Muñante, congresista por Renovación Popular, se refirió a la transparencia y fiscalización de los ingresos de las Organizaciones No Gubernamentales (ONG).

Esto, en el contexto de la aprobación en el Congreso de un dictamen que modifica la Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), el organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores que se encarga de “ejecutar, programar y organizar” la cooperación técnica internacional.

Expresamente, el congresista Muñante escribió en su publicación: "Las ONG no rinden cuentas a nadie”.

El parlamentario sostuvo la misma versión durante su intervención en el Pleno del Congreso y en una entrevista en Canal N

Sin embargo, la red AmaLlulla verificó que esto es falso. 

Como se verá en este chequeo, las ONG rinden cuentas ante distintas entidades oficiales, como la Sunat, la SBS y la APCI, a las que presentan, según corresponda, planes, convenios, reportes financieros, declaraciones de renta, libros electrónicos, entre otros documentos. También realizan auditorías internas que presentan a las entidades donantes.

En principio, las organizaciones no gubernamentales de desarrollo (ONGD), o también llamadas ONG, son entidades de iniciativa social, con fines humanitarios, que no dependen de la administración pública y que no tienen afán lucrativo. 

Las ONG obtienen financiamiento gracias a la Cooperación Técnica Internacional (CTI), definida por ley como “el medio mediante por el cual el Perú recibe, transfiere o intercambia recursos humanos, bienes, servicios, capitales y tecnología de fuentes cooperantes externas cuyo objetivo es complementar y contribuir a los esfuerzos nacionales en materia de desarrollo”. 

En un informe reciente de OjoPúblico se explica que, de acuerdo con la legislación vigente, si una ONG inscrita en la APCI desea llevar a cabo un proyecto en el país ―sea de índole social, ambiental, cultural o de cualquier ámbito― tiene que registrarlo en la entidad para ponerlo en marcha. “La fiscalización se realiza mientras se da la ejecución e, incluso, después”, indica el informe. 

La vigente Ley de Cooperación Técnica Internacional establece que las ONG deben proporcionar anualmente a la APCI “información referida al monto y a la procedencia de la cooperación recibida para cada plan, programa, proyecto o actividad específica de desarrollo”. 

Este envío de información, denominado declaración anual, es de carácter obligatorio. Por ejemplo, el plazo de entrega correspondiente al ejercicio del 2024 vence el próximo 31 de marzo del 2025. 

Este procedimiento se realiza a través del Sistema de Gestión de la Cooperación Técnica Internacional (SIGCTI), un portal público disponible en la web de APCI que permite subir la documentación respectiva mediante un acceso para usuarios autorizados. 

SIGCTI. Portal del Sistema de Gestión de la Cooperación Técnica Internacional, mediante el cual las ONG rinden cuentas a la APCI.


De este modo, las ONG informan, de manera individual, sobre sus intervenciones (planes, programas, proyectos o actividades) “ejecutadas, en ejecución y por ejecutarse”, como indica la norma.

En detalle, según el instructivo del SIGCTI, se les solicita información sobre: 

  • Identificación: El nombre, periodo de ejecución, las fuentes cooperantes, las entidades ejecutoras y el enfoque de las intervenciones.
  • Marco lógico: El fin, el objetivo, las actividades, los resultados, los indicadores y los medios de verificación de las intervenciones.
  • Orientación: Los lineamientos, los objetivos de desarrollo sostenible (ODS), datos de la población objetiva, entre otros.
  • Costos y financiamiento: Los montos programados, desembolsados y ejecutados de las intervenciones; así como sobre los costos directos (asistencia técnica, equipamiento, infraestructura, desplazamientos, monitoreos y evaluaciones) y los costos administrativos (personal permanente, servicios de terceros o especializados, implementación de la oficina y la administración de proyectos).
  • Avances y resultados: La actualización sobre el avance de los resultados colocados en el marco lógico.
  • Evaluación y observaciones: La información de evaluación hecha de los proyectos culminados y los argumentos y razones de posibles observaciones.

Consultada para esta verificación, la abogada Estephany León, maestranda en Derecho Internacional por la Universidad de Glasgow y especialista de la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP), explicó que la APCI “cuenta con la capacidad de verificar y examinar los fondos que reciben las ONG y otras instituciones que reciben fondos internacionales”.

AmaLlulla revisó y recopiló las constancias de declaraciones anuales de distintas entidades ejecutoras, en las que se incluye un resumen de la información presentada ante la entidad sobre sus programas, proyectos y actividades.

Entre estas organizaciones está la Asociación Civil Transparencia, el Centro de Estudios y Promoción del Desarrollo (DESCO), el Centro de Investigación Social y Educación Popular (Alternativa), el Centro Ecuménico de Promoción y Acción Social (CEDEPAS Norte). 

Omar Awapara, secretario general de la Asociación Civil Transparencia, confirmó a AmaLlulla que su organización está sujeta a este procedimiento.

“Como toda asociación civil, que está inscrita ante la APCI, por recibir fondos de la cooperación internacional, estamos sujetos a su fiscalización, lo que nos obliga anualmente a presentar declaraciones. Y esta declaración se hace por cada proyecto, por separado”, precisó. 

Así se evidencia en el siguiente documento correspondiente a la declaración anual del 2023.


 

TRANSPARENCIA. Constancia emitida por la APCI de la declaración anual de 2023 de la Asociación Civil Transparencia. 


Del mismo modo, la ONG Desco, un centro de investigación en temas sociales que promueve la educación y el desarrollo científico y cultural, presentó la siguiente declaración anual correspondiente al periodo 2023.

 

DESCO. Constancia emitida por la APCI de la declaración anual de 2023 del Centro de Estudios y Promoción del Desarrollo (DESCO).


Ahora bien, la abogada Estephany León confirmó que la APCI no es la única institución que supervisa a las ONG.

“La Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la SBS tiene también la potestad de examinar y solicitar rendición de cuentas por parte de las ONG”, precisó la especialista.

La Resolución 789-2018 de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), relacionada con la prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo, corrobora que las organizaciones sin fines de lucro (en las que están incluidas las ONG) están bajo la supervisión de la UIF. 

Jorge Pérez, abogado penalista por la Universidad San Martín de Porres, explicó que las ONG tienen la obligación, como cualquier persona natural o jurídica, de “justificar los orígenes del dinero o bienes que han recibido, porque la norma es general, para todos”. 

En concreto, las ONG, a través de un representante denominado oficial de cumplimiento, están obligadas a enviar a la UIF un informe anual “sobre el cumplimiento de las políticas y procedimientos que integran el sistema de prevención” del lavado de activos y la financiación del terrorismo. 

Este documento, cuya fecha de entrega es el 15 de febrero de cada año, es denominado Informe Anual del Oficial de Cumplimiento (IAOC). 

Este documento resume “el estado y los avances en la adecuada gestión de riesgos” relacionada con la implementación de la prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo, según un boletín informativo de la SBS correspondiente al 2025. 

Por ejemplo, el 12 de febrero de este año, la ONG Fovida ―que promueve acciones de capacitación y fomento del crédito a agricultores de la zona andina― envió a la UIF su Informe Anual del Oficial de Cumplimiento, con las secciones específicas estipuladas en la normativa vigente

Así lo evidencia el siguiente cargo, proporcionado a AmaLlulla por la ONG.
 

CERTIFICACIÓN. Documento elaborado por la UIF que certifica el Informe Anual del Oficial de Cumplimiento de 2024 de Fovida.
FUENTE: Remitido por Fovida a AmaLlulla.

Las ONG también rinden cuentas a la Sunat, ya que, al ser consideradas asociaciones sin fines de lucro y, por tanto, estar exoneradas del impuesto a la renta, están obligadas a sustentar mensual y anualmente declaraciones juradas y otras condiciones.

“Para mantener esa exoneración tienen que cumplir con ciertos requisitos y obligaciones. De hecho, tienen que llevar una contabilidad, los gastos que realizan deben estar vinculados al objeto de la asociación [...] emiten comprobantes de pago, presentan declaraciones juradas a la Sunat todos los meses y al final del año también”, precisó el abogado tributarista David Zamora.

Esta información fue ratificada por la socióloga Sofía Macher, excomisionada de la Comisión de la Verdad, durante una entrevista en el medio Epicentro TV. Macher indicó que además de esos controles, las ONG realizan auditorías a solicitud de las organizaciones cooperantes. 

AmaLlulla intentó contactar al congresista Alejandro Muñante para obtener sus precisiones sobre este tema. Sin embargo, hasta el cierre de esta verificación, no se obtuvo respuesta. 

En función de lo expuesto, es falsa la versión de Alejandro Muñante, congresista por Renovación Popular, acerca de que las ONG no rinden cuentas ante nadie. 

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