Es falso que el Ministerio de la Mujer establece la incorporación de oficiales de género en todas las empresas privadas
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Por OjoPúblico

Verificación a Milagros Jáuregui, congresista de Renovación Popular

Es falso que el Ministerio de la Mujer establece la incorporación de oficiales de género en todas las empresas privadas

Fecha de declaración: 18 de marzo de 2024
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Por OjoPúblico

Verificado por Jackeline Cárdenas 

Durante una entrevista, Milagros Jáuregui, congresista de Renovación Popular, fue consultada por las intervenciones de la ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Nancy Tolentino, quien se presentó en el Congreso para abordar temáticas relacionadas con el enfoque de género y la violencia contra la mujer. En ese sentido, Jáuregui dijo lo siguiente: “[La ministra de la mujer] lo que está haciendo [...] con esta idea de hacer oficiales de género [...], en todas las entidades públicas y privadas”. Tras revisar la normativa vigente y consultar con especialistas en el tema, OjoPúblico concluye que esta versión es falsa. 

La declaración completa de Jáuregui figura en la siguiente transcripción: 

"Lamentamos mucho que la ministra [de la Mujer y Poblaciones Vulnerables] no haya podido definir la palabra mujer porque, eso queda claro, lo que menos tiene en su agenda es luchar por la mujer. Ella [Nancy Tolentino] lo que está haciendo es implementar todas las formas de poder implantar la ideología de género, en todo sentido, con esta idea de hacer oficiales de género en todas las oficinas, en todas las empresas, en todas las entidades públicas y privadas. Una se da cuenta [de] que, ese es solo su enfoque”.

 

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Esta no es la primera vez que la congresista realiza esta afirmación. El último 15 de marzo publicó un video en el que realiza una afirmación similar: “Se está trabajando, a través del Ministerio de la Mujer, para que toda entidad pública y entidad privada tenga un personal que pueda vigilar que toda igualdad de género se realice”.

En principio, el 30 de diciembre de 2023, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) publicó el Decreto Supremo 013-2023-MIMP, que dispone “la implementación del/la Oficial para la Igualdad en las entidades públicas”. Se trata de un  agente que busca contribuir en el cumplimiento y difusión de la Ley de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.

Contra lo afirmado por la congresista Jáuregui, la norma no establece que todas las empresas privadas deben contar con un oficial para la igualdad. De hecho, el artículo 1 de este decreto supremo solo señala que los o las oficiales para la igualdad se implementan “en todas las entidades públicas”. 

Seguidamente, la tercera disposición complementaria de la norma indica, específicamente, que las empresas privadas pueden incorporar a dichos oficiales de manera facultativa. 

“Las entidades del sector privado pueden implementar la figura del/la Oficial para la Igualdad en sus respectivos ámbitos y conforme a las disposiciones que les resulten de alcance según la normativa vigente y sus directivas, protocolos o lineamientos internos”, indica el documento. 



 

DECRETO. El documento que dispone la creación del Oficial para la Igualdad no obliga que se incorporen en las empresas privadas.

Consultado para esta verificación, José Luis Gargurevich, sociólogo y máster en políticas públicas por la Universidad Autónoma de Barcelona, explicó que si bien es una buena práctica que las empresas privadas implementen la figura del Oficial para la Igualdad, el decreto supremo no lo dispone obligatoriamente así. 

“En el artículo 1 del decreto supremo dice: ‘Dispóngase que en todas las entidades públicas’. Eso es todo lo que dice, y en la disposición final dice: Y si hay un privado que quiere hacerlo, que lo haga”, acotó.

En el mismo sentido se pronunció Jeannette Llaja, exdirectora de la Dirección General de Igualdad de Género y no Discriminación del MIMP: “En el sector privado es facultativa [la implementación del Oficial para la Igualdad] porque, obviamente, son sectores independientes, no es como el Estado que le puedes mandar”, sostuvo.

Así también, el área de gestión y difusión en medios de comunicación del MIMP, confirmó que la implementación de los oficiales para la igualdad deben aplicarse en todo el sector público.

En esa línea, las funciones que deben cumplir los oficiales de igualdad, según el decreto supremo que dispone su implementación, son:

-Ayudar a supervisar el cumplimiento de los principios y roles estipulados en la “Ley de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres”

-“Promover una cultura institucional basada en el respeto irrestricto de los derechos fundamentales y de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres”. 

-“Participar en las reuniones del mecanismo sectorial”, como parte de otro decreto supremo que dispone la creación de lineamientos para la igualdad de género en entidades del gobierno nacional y regional. 

-Y otras consideraciones que correspondan para el cumplimiento “de la finalidad establecida.”

El mismo documento detalla que el/la Oficial para la Igualdad se designa por resolución de la máxima autoridad de cada entidad, “recayendo esta figura en un/a funcionario/a del primer nivel organizacional”. Esta persona designada no debe contar con procesos judiciales en curso o sentencias por casos de violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar. Finalmente, la norma agrega que esta designación debe ser comunicada a la unidad de organización del MIMP, dentro de 10 días hábiles de emitida la resolución. 

En ese sentido, el sociólogo José Luis Gargurevich explicó que los oficiales intervienen para  poner el foco, por ejemplo, sobre denuncias de acoso laboral. 

“Una persona que se siente acosada sexualmente o laboralmente por su jefe realiza una denuncia, pero [si] la entidad no empieza a tomar acciones frente a esa situación, en ese caso, puede acudir al Oficial para la Igualdad y denunciar este hecho. Este oficial no tiene poder para solucionar [el problema], pero es el enlace para llamar la atención de que está ocurriendo un incumplimiento de la ley", puntualizó.

En resumen, el Decreto Supremo 013-2023-MIMP, que dispone la implementación del/la Oficial para la Igualdad, señala que las empresas privadas pueden optar por esta medida solamente de manera facultativa. En cambio, las entidades públicas sí están obligadas a aplicar las disposiciones contempladas en dicha norma. 

OjoPúblico intentó comunicarse con la parlamentaria Milagros Jáuregui, a través de su despacho parlamentario, correo electrónico y redes sociales, con el fin de obtener precisiones sobre su afirmación. Sin embargo, al cierre de esta verificación, no se obtuvo respuesta.

En función a lo expuesto, OjoPúblico concluye que es falsa la versión de la congresista Milagros Jáuregui acerca de que el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ha establecido la incorporación de oficiales de género en todas las empresas privadas

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