Es falso que el TC advirtió la liberación de presos por hacinamiento al 2025.
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Por OjoPúblico

Verificación a congresista de Renovación Popular

Es falso que el TC advirtió que si no se soluciona el hacinamiento carcelario al 2025 la política será liberar delincuentes

Fecha de declaración: 29 de agosto de 2023
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Por OjoPúblico

Verificado por Genjy Simón

Durante una entrevista televisiva, el congresista de Renovación Popular, Alejandro Muñante Barrios, fue consultado sobre asuntos de seguridad ciudadana en el país. En ese contexto, el parlamentario dijo lo siguiente: “Tenemos un estado de cosas inconstitucional que el Tribunal Constitucional (TC) ha advertido que al 2025, si no se acaba con el problema del hacinamiento, la política debe ser de liberar delincuentes”. Tras revisar las sentencias del TC y consultar con una expresidenta de la entidad, OjoPúblico concluye que esta afirmación es falsa.

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Contra lo afirmado por Muñante, el TC no ha advertido la liberación de delincuentes en caso no se supere el hacinamiento carcelario al 2025. En realidad, los tribunos han estimado medidas como el cierre de los penales con mayor hacinamiento, y el traslado de los internos a otros penales sin sobrepoblación penitenciaria. 

Ninguno de estos casos implica disponer la libertad de los internos. 

Lo explicamos a continuación.

 

¿Qué es el estado de cosas inconstitucional? 

 

En marzo del 2009, el TC explicó que el estado de cosas inconstitucional consiste en “extender los efectos de una decisión a personas que no fueron demandantes ni participaron en el proceso que dio origen a la declaratoria respectiva, pero que se encuentran en la misma situación que fue identificada como inconstitucional”, de acuerdo con el expediente 04878, que revisó un recurso de agravio constitucional interpuesto por una empresa contra una resolución judicial. 

Se trata de una técnica empleada por el TC para “brindar tutela a los derechos fundamentales” a un grupo de personas o sector poblacional cuando se evidencian efectos lesivos en sus contra. 

“Esto con la finalidad de fijar una respuesta inmediata a dicha problemática a fin de que las instituciones públicas que se encuentren vinculadas con dicha situación, se involucren de manera efectiva con su solución”, se lee en los fundamentos de otro expediente del TC del 2018.


El TC sobre el hacinamiento de penales

 

Ahora bien, OjoPúblico revisó el “Buscador de jurisprudencia” y encontró que en el 2020 el TC declaró la existencia de un estado de cosas inconstitucional sobre el hacinamiento de los establecimientos penitenciarios del país, así como las deficiencias en su infraestructura, salud, seguridad y de servicios básicos, conforme a lo dispuesto en el expediente 05436-2014-PHC/TC, emitido en mayo de 2020.

El tribunal explicó que optó por dicha decisión, con el fin de evitar “mayores vulneraciones de los derechos fundamentales de las personas privadas de su libertad” debido a las condiciones de sobrepoblación en la que se encuentran; sobre todo, aquellas en situación de vulnerabilidad.  

Para atender esta situación, los magistrados plantearon medidas como las siguientes: 

-La elaboración de un nuevo “Plan Nacional de la Política Penitenciaria 2021-2025, con características de política de Estado” en un plazo no mayor a tres meses desde publicada su sentencia.

-Exhortar al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos que evalúe “ampliar, modificar o replantear” los lineamientos que ayuden a resolver este problema de manera progresiva, y considere la decisión de reestructurar el INPE, “con fines de reeducación, rehabilitación y reincorporación del penado a la sociedad”.

De ese modo, el TC advirtió que si hasta el 2025 no se habían adoptado medidas para superar el hacinamiento carcelario, la autoridad administrativa deberá empezar a cerrar los penales de mayor hacinamiento en el país. 

Esta decisión implica “el cierre temporal del establecimiento penitenciario para el ingreso de nuevos internos, el cierre temporal del establecimiento penitenciario con traslado de los internos a otros establecimientos penitenciarios sin hacinamiento, entre otras medidas, según se trate del nivel de hacinamiento, y hasta que se garanticen las condiciones indispensables de reclusión”, sostiene el TC en el mismo expediente. 

Sin embargo, en ninguna parte del documento se menciona que la política deberá ser liberar a los delincuentes, como afirmó el congresista Muñante. 

Por el contrario, el TC señaló específicamente que el cierre de un establecimiento penitenciario “no implica disponer la libertad de tales personas”. 

Además, enfatizó de que se justifica antes casos de graves, históricas y sistemáticas violaciones a los derechos fundamentales de un grupo o personas privadas de su libertad. 

Consultada para esta verificación, la expresidenta del TC, Marianella Ledesma, descartó que el estado de cosas inconstitucional del hacinamiento penitenciario incluya una política para liberar delincuentes de las cárceles. 

“Es falso lo que dice Muñante. La sentencia en ningún momento habla de excarcelación de presos. [...] La sentencia habla del traslado de presos a otras cárceles con menos población, tal vez al interior del país. Pero ya no se puede agregar más internos en cárceles ya hacinadas”, aseguró.

En el marco de lo dispuesto por el TC en líneas anteriores, el Gobierno formuló la Política Nacional Penitenciaria al 2030, aprobada por Decreto Supremo 011-2020-JUS, en setiembre del 2020.  

Dicha Política Penitenciaria tiene como objetivo principal reducir significativamente el hacinamiento en el sistema penitenciario del país. Entre sus directrices se encuentra la racionalización del uso de prisión preventiva mediante herramientas normativas, el fortalecimiento de mecanismos de acceso a beneficios penitenciarios, entre otras medidas. 

En este documento, tampoco se incluye algún lineamiento que plantee la liberación de presos como medida para reducir el hacinamiento de las prisiones. 

Por otro lado, en julio del 2023, los tribunos señalaron que el INPE declaró en emergencia a los establecimientos penitenciarios Miguel Castro Castro en Lima y de Chiclayo, con la finalidad de que no aumente el número de reclusos que actualmente acogen. 

En resumen, en mayo de 2020, el TC advirtió que si no se superan los problemas de hacinamiento carcelario hasta el 2025, la autoridad administrativa deberá iniciar con el cierre de estos penales. La medida implica su cierre temporal, el traslado de los internos a otros penales sin hacinamiento, entre otras medidas, según el nivel de sobrepoblación penitenciaria. 

En ninguna parte de la sentencia del TC se dispone la liberación de los internos. 

OjoPúblico buscó obtener precisiones de Alejandro Muñante a través del responsable de prensa de su despacho y mediante mensajes internos a sus cuentas de redes sociales. Sin embargo, hasta el cierre de esta verificación no se obtuvo respuesta. 

En función a lo expuesto, OjoPúblico concluye que es falsa la versión de Alejandro Muñante, congresista de Renovación Popular, acerca de que el TC advirtió que si no se soluciona el hacinamiento carcelario al 2025 la política será liberar a los delincuentes.

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