Ilustración: Leyla Arenas

Abortar en Perú: cuando víctima y familiares son llevados a cárcel

Abortar en Perú: cuando víctima y familiares son llevados a cárcel

Ilustración: Leyla Arenas

OjoPúblico.

En Perú, los asistentes sociales, médicos, policías y fiscales integran la cadena de persecución del Estado contra mujeres adultas y adolescentes que interrumpen su embarazo. En la última década 571 mujeres de todo el país fueron llevadas a juicio por este hecho, sancionado con una pena de hasta cinco años de prisión. Este reportaje forma parte de “Los Acusadores”, una serie liderada por OjoPúblico para investigar los mecanismos que se utilizan en América Latina para perseguir judicialmente a las mujeres que abortan.

22 Octubre, 2019

Eran poco más de las 3 de la tarde cuando dos policías y una abogada tocaron la puerta de una precaria casa en Shaullo Grande, un caserío agrícola ubicado en la región más pobre del Perú: Cajamarca. Su objetivo era una adolescente de 15 años, a quien encontraron durmiendo sobre un colchón. Aquel 13 de noviembre del 2018, a esa misma hora, una trabajadora social se presentaba en una clínica del centro de la ciudad, y se hacía pasar como familiar de la menor.

La abogada y la trabajadora social eran integrantes de la Unidad de Protección Especial (UPE), una oficina del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) del Perú diseñada para intervenir en casos de desamparo familiar. Un día antes recibieron una llamada anónima alertando que en esa casa se encontraba una menor de edad embarazada con intenciones de abortar. Según el informante, esa tarde la adolescente iría a un centro médico para realizarse el procedimiento. La abogada y dos policías fueron al domicilio familiar para impedirlo, mientras la trabajadora social encubierta preguntaba por la menor en la clínica que supuestamente la recibiría.

Las servidoras públicas querían saber si la adolescente –a quien llamaremos Nicole– había abortado o tenía planes de hacerlo, y quiénes eran los adultos que la estaban ayudando en este propósito. 

Lo que ocurrió aquel día consta en el Oficio 6310-2018 que elaboró la comisaría de Cajamarca. Según el documento, uno de los tíos de Nicole contó a las autoridades que la menor había sido víctima de una violación sistemática, que les había implorado no continuar con el embarazo, y que por eso él había aceptado buscar un médico que la ayude. Apenas terminó su relato, la policía lo detuvo bajo los cargos de aborto no consentido en el grado de tentativa, penado en el Perú con una pena de 3 a 5 años de cárcel. 

Ciudad de Cajamarca
POBREZA Y ABUSO. Cajamarca, es una región al norte del Perú donde la pobreza alcanza al 46% de sus familias. Según el anuario estadístico de la Policía Nacional, el año pasado se atendió en esta ciudad 148 denuncias de violación contra menores de entre 12 a 17 años.
Foto: Elizabeth Salazar/OjoPúblico

Dos semanas después, cuando la Tercera Fiscalía Provincial Penal de Cajamarca abrió investigación por tentativa de aborto y por violación “contra quienes resulten responsables”, se conoció que el agresor de Nicole era Noe Escobal Casas (53), su propio padre. La violó desde que tenía 13 años, con conocimiento de sus tíos y tías, quienes aseguran tenían miedo de denunciarlo.

El círculo de violencia en la historia familiar de Nicole alcanzó antes a su fallecida madre, una mujer con discapacidad que en su adolescencia también fue abusada sexualmente por el mismo Escobal, quien además era su padrastro. Nicole nació producto de esa violación y ahora repetía el abuso con su propia hija, sin que nadie lo impidiera. 

Esa misma tarde, por orden del Ministerio de la Mujer y al considerar que no tenía familiares que puedan cuidar de ella, Nicole fue enviada a la Casa Hogar de la Niña Belén, una institución administrada por la Beneficencia Pública que acoge a menores infractores y en abandono en la ciudad de Cajamarca. La mantuvieron allí hasta que dio a luz en mayo de este año. No se supo de ella hasta hace dos semanas, cuando la Policía ingresó al albergue tras recibir otra llamada: el bebé había muerto. Las primeras indagaciones indican que el niño se asfixió cuando se alimentaba.
 

El proceso persecutorio

En el Perú, las mujeres y adolescentes que deciden interrumpir su embarazo son perseguidas judicialmente por el Estado. El Código Penal considera ilegal toda forma de aborto, excepto aquella recomendada por un médico cuando la gestante está en riesgo de muerte. La norma, textualmente, lo prohíbe en casos violación sexual o “de una inseminación artificial no consentida”, o si se confirma que el bebé nacerá muerto o con graves deficiencias físicas que le permitan sobrevivir.

Sus acusadores son los servidores públicos a los que ellas acuden en busca de ayuda: asistentes sociales, médicos, policías y fiscales. Son ellos quienes las denuncian amparados en los artículos 114 y 120 que establece de tres meses hasta dos años de cárcel para ellas.

En la última década, 424.570 adultas y menores de edad fueron atendidas en los hospitales públicos de todo el Perú por secuelas de aborto inducido o espontáneo. Los registros del Poder Judicial, que obtuvimos por acceso a la información, revelan que 571 de ellas fueron llevadas a los tribunales por interrumpir directamente su gestación, pero el número de mujeres perseguidas es mucho mayor. Solo entre el 2015 y 2018 la fiscalía impulsó 961 denuncias por el delito denominado ‘autoaborto’ y consiguió evidencias para llevar a instancias judiciales a 312 de sus autoras.

La mayoría de los casos son archivados porque, sin testigos o acusadores, es sumamente difícil probar si un aborto fue inducido o espontáneo. Pero esto no ocurrió con 62 de ellas que sí fueron condenadas, principalmente en juzgados de Lima y Callao, y que hoy están a la espera de que sus procesos se resuelvan en última instancia de la Corte Suprema.

Si bien la pena prevista en el Código Penal no alcanza para dictar cárcel efectiva, las estadísticas del Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados (Renadespple) y del Instituto Nacional Penitenciario (INPE) muestran que en los últimos diez años la policía capturó a 89 mujeres para obligarlas a asistir y declarar en el proceso que tenían pendientes por este hecho. Incluso, el 2012, una de ellas fue internada en el Penal de Mujeres de Chorrillos, porque se ordenó prisión preventiva en su contra mientras la justicia resolvía su caso.

La presidenta de la Segunda Sala de Familia de la Corte Superior de Lima, la jueza Elvira Álvarez Olazábal, dice que estos hechos son impulsados por la cadena de operadores de justicia como un delito doloso común, sin analizar el contexto que las llevó al aborto. 

"Solo entre el 2015 y 2018 la fiscalía impulsó 961 denuncias por abortos provocados en todo el Perú y llevó a 312 mujeres a los tribunales".

"Las condenas que se imponen son mínimas, algunas contemplan de tres a seis meses de trabajos comunitarios, por lo que significan casi una sanción moral. Se generan antecedentes y se clasifica a una mujer o adolescente como criminal. Y la consigna de la acción penal para el entorno que le facilita a una mujer el acceso al aborto es: mejor ni te metas porque también te van a enjuiciar. Lamentablemente tenemos un sistema que amenaza y no analiza estos casos con enfoque de género", dijo a OjoPúblico

En efecto, la sanción no se restringe a las mujeres que abortan, el Código Penal prevé hasta cinco años de cárcel efectiva para las personas que las ayudan con su propósito. Si quienes lo hacen son médicos, obstetras, farmacéuticos o enfermeros, además de la prisión, la norma contempla su inhabilitación profesional. Los registros del Poder Judicial muestran que, en la última década, se imputaron cargos contra 990 hombres y mujeres que facilitaron el acceso al aborto a quienes lo necesitaban, y 88 de ellos eran profesionales de la salud.

El artículo 30 de la Ley General de Salud obliga a los médicos a reportar a las pacientes que lleguen a sus consultorios con “indicios de aborto criminal”. Nos contactamos con el Colegio Médico y el Colegio de Obstetras del Perú, pero prefirieron no declarar para este reportaje. Sin embargo, algunos de sus integrantes indicaron que mientras unos acatan la orden por convicción o razones religiosas, otros lo hacen porque temen ser incluidos en una demanda penal como presuntos colaboradores. 

Miguel Gutiérrez, médico y miembro del comité consultivo de la Sociedad Peruana de Ginecología y Obstetricia, sostiene que esta norma es contradictoria con el artículo 2 de la Constitución Política, el acápite 165 del Código Penal y el mismo Código de Ética del Colegio Médico, pues estos incluyen el secreto profesional para no revelar datos de sus pacientes. Según explicó, su institución realiza capacitaciones al personal de salud para que conozcan sus deberes y derechos en este campo porque existe mucha desinformación.

“Aquí nadie promueve el aborto, pero tampoco estamos a favor de dejar que una mujer con estas secuelas complique su salud o se muera. La indicación de denunciarlas, tal y como aparece en la Ley General de Salud, es contradictoria con el ejercicio médico y ha sido usada incluso para chantajear a pacientes. [La norma] debe ser modificada, pero las iniciativas legislativas que se han impulsado en el Congreso no han prosperado”, sostuvo.

Existe un precedente al respecto dictado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) el 2004, cuando sentenció al Perú por imponer a los médicos “la obligación de denunciar posibles conductas delictivas de sus pacientes en base a información que obtengan en el ejercicio de su profesión”. El caso se remonta a 1996, año en que una doctora fue sentenciada a 20 años de prisión por brindar asistencia a un paciente que resultó ser terrorista. El fallo fue anulado y se ratificó la protección del secreto profesional y la atención de salud a quien lo necesite.
 

Más allá de sus funciones

Cuando la enfermera Rosa Castañeda Gamarra recibió la notificación de la Tercera Fiscalía Provincial Penal de Cajamarca pensó que su nombre pasaría a engrosar las estadísticas de profesionales de la salud procesados por aborto. Ella es fundadora de la Asociación Familia Sana, que desde hace tres décadas promueve el derecho a la salud de las mujeres rurales, y administra una clínica de salud sexual y reproductiva en la capital de la región. El documento fiscal llegó el 30 de noviembre de 2018 y la citaba, junto a la obstetra que trabaja en su consultorio, para que declaren en calidad de testigos en la investigación por tentativa de aborto que se inició por el caso de Nicole.

Unidad de Protección Especial (UPE)
SERVICIOS. Las Unidades de Protección Especial (UPE) fueron creadas para ayudar a las niñas y adolescentes que no tienen protección familiar. Dichas entidad gestionan su ingreso a albergues, su reubicación en hogares temporales o su entrega a otros parientes.
Foto: Andina.

“La niña nos había visitado un par de semanas antes. Estaba rodeada de siete adultos: su abuela, sus tíos y tías, todos envueltos en una nube de misterio. Algunas lloraban, decían que la menor solía ser alegre y buena estudiante, pero que desde que quedó embarazada no quería ni comer. Tengo 30 años dando consejerías y no pude arrancarle una sola palabra a la menor, estaba asustada, pero hacía gestos de rechazo cuando hablaban de su embarazo”, recuerda Castañeda.

Los familiares de Nicole pidieron que se le realice una ecografía y se la llevaron. Rosa creyó que ahí terminaría todo, pero a los pocos días, una mujer se presentó como otra tía de la adolescente para saber cuál fue el motivo de la visita médica y si se había conversado de las posibilidades de interrumpir el embarazo. Se trataba de la trabajadora social del MIMP que se hizo pasar como familiar de la menor. “Me apena tanto que el Ministerio de la Mujer se haya enfocado más en perseguir el intento de aborto que en proteger y ayudar a Nicole por el abuso sexual y maternidad forzada que estaba sufriendo”, añadió. 

La citación fiscal llegó a su clínica días después que la prensa local de Cajamarca informara que las rondas campesinas habían capturado al violador, Noe Escobal Casas, a quien bautizaron como el ‘Monstruo de Shaullo’. Fue uno de sus hijos, y a la vez tío de Nicole, quien lo denunció ante las autoridades comunales y permitió develar el caso. La fiscal provincial Nancy Aymituma Minchán logró que se dicte prisión preventiva en su contra mientras dure el proceso, pero el plazo vence en noviembre próximo y podría salir en libertad.

"Un precedente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos ratificó la protección del secreto profesional para que los médicos no denuncien a sus pacientes".

El pasado 14 de octubre, la Beneficencia Pública de Cajamarca nombró a Karina Sagón Flores como nueva directora de la Casa Hogar Niña Belén, luego que el MIMP envió un informe detallando una serie de deficiencias en la infraestructura, bienes y metodología que se emplea para atender a las niñas y adolescentes albergadas. Sus funcionarios mantienen total hermetismo sobre Nicole, pero fuentes vinculadas al caso indicaron que “tras la asistencia psicológica recibida” la menor había cambiado de parecer y llegó a aceptar que tendría un hijo de su padre. “En el camino sí ha querido tener a la bebé, nació una niña. Al principio rechazaba el embarazo, pero luego de las evaluaciones psicológicas ella aceptó y dijo que sí lo quería”, indicó una trabajadora que pidió no ser identificada.

María del Carmen Santiago, titular de la Dirección de Niños, Niñas y Adolescentes del MIMP, que administra las Unidades de Protección Especial (UPE) en todo el país, indicó que el rol de estas oficinas no es convencer a las menores abusadas de que continúen su embarazo, sino protegerlas y fortalecerlas para que ellas decidan. Y en caso que una junta médica determine la necesidad de practicar un aborto terapéutico -por riesgo en su salud física o mental-, poder acompañarlas en el proceso o, por el contrario, promover una adopción si la adolescente insiste en no querer al bebé.

María del Carmen Santiago
ROL DEL ESTADO. María del Carmen Santiago, titular de la Dirección de Niños, Niñas y Adolescentes del Ministerio de la Mujer, dice que la función del Estado es proteger a las embarazadas víctimas de abuso sexual.
Foto: Elizabeth Salazar/OjoPúblico.

“Hemos tenido algunos problemas en los centros residenciales (albergues), pero las terapias psicológicas que brindamos no pueden ser parte de un proceso que intenta sugerir que las víctimas se queden con hijos que rechazan. Las Unidades de Protección Especial (UPE) no tienen como objetivo investigar ni impedir un caso de aborto. Ese no es el enfoque de los servicios que estamos promoviendo, lo que buscamos es ayudar a la adolescente”, añadió. 

Santiago dijo no tener información detallada del caso Nicole, pero explicó que una víctima de abuso sexual debe ser retirada del núcleo familiar cuando se comprueba que sus integrantes encubrieron o permitieron el hecho. Sin embargo, reconoció que el personal de las UPE y de los Centros de Emergencia Mujer (CEM) que funcionan en todo el país necesitan mayor capacitación. “Estamos trabajando en eso. Ya contamos con varios manuales y estamos brindando charlas para que en ningún procedimiento de atención se contemplen estereotipos”, añadió.

La enfermera Rosa Castañeda y su institución no fueron incluidos en el proceso penal que sigue en curso porque no existen evidencias de que ellos hayan colaborado en la tentativa de aborto. En cambio, los familiares de Nicole tienen temor de dar más detalles a la prensa porque dicen que más parientes suyos han sido incluidos en esta demanda fiscal. La adolescente saldrá del albergue pronto, pues otra de sus tías ha pedido su custodia y la UPE de Cajamarca está evaluando darle el visto bueno.

 

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