Los retos para proteger a los defensores de derechos humanos en el Perú

Luego de una serie de asesinatos de personas defensoras de derechos humanos, en 2021, el Ejecutivo creó el Mecanismo intersectorial para la protección de las personas defensoras de derechos humanos. Expertos consultados por OjoPúblico señalan que este instrumento es limitado y hace falta una ley para que los tres poderes del Estado resguarden a los defensores. En tanto, el avance de las actividades ilegales en el país incrementa las amenazas y crímenes contra los defensores de las mujeres, naturaleza, derechos laborales y otros.

IMPUNIDAD. Hasta el momento no hay una sentencia contra los responsables de los asesinatos de los defensores ambientales en Perú desde el 2014.

IMPUNIDAD. Hasta el momento no hay una sentencia contra los responsables de los asesinatos de los defensores ambientales en Perú desde el 2014.

Ilustración: Claudia Calderón

En 2014, el cruel asesinato de los líderes indígenas ashéninkas Edwin Chota, Jorge Ríos Pérez, Leoncio Quintisima Meléndez y Francisco Pinedo Ramírez, de la comunidad Alto Tamaya Saweto, marcó un punto de partida para la protección de los defensores de derechos humanos en el Perú. Sin embargo, hasta el momento ―ocho años después de la muerte de los defensores que denunciaron el tráfico de madera en Ucayali― no existe una ley que asegure el trabajo coordinado entre el Ejecutivo, el Legislativo y el Poder Judicial para proteger a los defensores de la criminalización y, a la par, garantice la reparación a los deudos. 

El caso Saweto aún no cuenta con una sentencia contra los responsables de estos crímenes. Recién el último 6 de abril inició el juicio oral por el delito de homicidio calificado contra cinco presuntos responsables, pero la investigación por tráfico de madera que realiza la Fiscalía Provincial Corporativa contra la Criminalidad Organizada de Ucayali aún está en etapa preliminar. El fiscal Dennis Vega Sotelo, a cargo del caso, señaló a este medio que se encuentran dentro del plazo de 36 meses para determinar si una organización criminal opera en el territorio indígena.

En similar situación se encuentran los casos de los 10 defensores ambientales que fueron asesinados entre el 2020 y 2021. OjoPúblico consultó al Ministerio Público sobre el avance de los casos e identificó que la gran mayoría son llevados por el delito de homicidio calificado, pero no se ha ampliado la investigación a crimen organizado pese a que existen evidencias que los móviles de los crímenes era por oposición a actividades ilegales: narcotráfico y tala ilegal de árboles en sus territorios, según la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos. 

En lo que va del 2022 se han registrado dos asesinatos de líderes indígenas: Germán Fernández Hanco, promotor de la reforestación en la zona de amortiguamiento de la Reserva Nacional de Tambopata en Madre de Dios, y Ulises Rumiche Quintimari, gerente de Pueblos Originarios Amazónicos en Pangoa y apu nomatsiguenga. Ambos casos son investigados por la Fiscalía Provincial Mixta de Mazuko y la Físcalia Penal Supraprovincial Transitoria Especializada en Derechos Humanos, Interculturalidad y delitos de Terrorismo, con competencia en los distritos fiscales de Junín y Selva Central, y en el territorio del Vraem, respectivamente, para determinar si estos homicidios estuvieron vinculados a la protección del territorio indígena.

 

 

Desde el 2015, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) considera como defensor a “cualquier persona, de manera individual o en asociación con otros, que de cualquier modo promueve o busca la realización de los derechos humanos y libertades fundamentales”. Este concepto fue adoptado por el Perú en 2019, para la implementación del Protocolo para garantizar la protección de personas defensoras de derechos humanos, que tenía como objetivo establecer procedimientos y medidas de prevención para que los defensores realicen su trabajo. 

El protocolo estableció como defensores a aquellos que defienden los derechos y libertades de manera individual o colectiva. Según dicho documento, el trabajo de estas personas puede estar orientado a luchar contra el acoso y hostilización (incluido el ciberacoso), afectación del ambiente y los recursos naturales, obstrucción del derecho de libre tránsito, violencia de género —violencia física, sexual, psicológica o económica—, hurto de información, actos de tortura u otros tratos crueles e inhumanos y actos contra el ejercicio de derechos culturales, entre otros. 

Bruce Barnaby Rubio, investigador del Instituto de Democracia y Derechos Humanos de la Pontificia Universidad Católica del Perú (Idehpucp), explicó a OjoPúblico que el concepto de defensores también considera a las organizaciones que luchan por la promoción de los derechos humanos, tanto contra actividades ilegales como legales extractivas. Por ejemplo, señala el caso de la comunidad Santa Clara de Uchunya, que se opone a la actividad extractiva de aceite de palma, como un caso colectivo de defensores de derechos humanos ante una empresa legal. 

Desde el 2015, la CIDH advierte de la criminalización a los defensores, pero el Perú recién aprobó su protocolo en el 2019. “El Gobierno demoró mucho en llegar a un consenso con los sectores empresariales sobre el tema de defensores porque ello involucra a quienes vulneran los derechos de las comunidades en la sierra, o los casos que vemos en Loreto de los indígenas en contra de la explotación petrolera porque daña su medio ambiente”, señaló  Barnaby Rubio. 

El protocolo establecía el reconocimiento de los defensores de derechos humanos, la articulación entre las instituciones del Gobierno para la protección de los defensores e investigaciones y juzgamiento, sanciones y reparación a los que cometen los ataques. La principal observación de este instrumento fue que solo estaba a cargo de la Dirección General de Derechos Humanos, órgano del Viceministerio de Derechos y Acceso a la Justicia del Ministerio de Justicia, y no involucraba a otros sectores.

Además, pese a que se estableció emitir anualmente un reporte del análisis de las estadísticas del registro de denuncias e incidencias contra defensores para que la población conociera las situaciones de riesgo y los patrones de ataques a los que están expuestos, este no se hizo público durante los dos años que estuvo vigente. 

Defensores - octubre 2020 - Claudia Calderon

VIOLENCIA. Solo durante el 2020 seis líderes indígenas y ambientalistas fallecieron por oponerse a actividades ilegales.
Ilustración: OjoPúblico / Claudia Calderón

 

Ante la necesidad de contar con un instrumento con mayor competencia, el protocolo fue reemplazado, en 2021, por el Mecanismo intersectorial para la protección de los defensores de derechos humanos, que integra a ocho ministerios y está a cargo del Ministerio de Justicia, pero tiene dificultades en su implementación. 

El mecanismo ―recientemente modificado― vincula a los sectores Justicia y Derechos Humanos, Interior, Ambiente, Cultura, Mujer y Poblaciones Vulnerables, Relaciones Exteriores, Energía y Minas, Desarrollo Agrario y Riego y a la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas (Devida) para realizar acciones de prevención, procedimientos, y acceso a la justicia ante situaciones de riesgo. Además, de generar el Registro sobre situaciones de riesgo de las personas defensoras de derechos humanos, que tiene información sobre agresiones, amenazas o situaciones de riesgo.

El especialista de la ONG Derecho, Ambiente y Recursos Naturales (DAR), Carlos Quispe Dávila, explica que el mecanismo es un avance fundamental para la protección de los defensores “ya que interconecta a varios ministerios y permite la capacitación a los gobiernos regionales”, señaló a OjoPúblico. Sin embargo, el instrumento tiene deficiencias en su implementación. 

defensores perú

Quispe Dávila resalta que uno de los principales problemas es que no se cumplen los plazos del trámite, que establece 30 días en casos de peligro, y no mayor a 15 días cuando es un caso de muerte de un defensor o su situación de alto peligro. “Esto obedece a que la institución [el Ministerio de Justicia] no cuenta con suficiente personal para atender la gran demanda de solicitudes y la carga laboral incrementa”, explicó. 

Los defensores son aquellos que defienden los derechos y libertades de manera individual o colectiva".

Otra de las observaciones al mecanismo es su intervención ante amenazas de muerte a líderes indígenas que se oponen a actividades ilícitas. Un ejemplo es el caso de los líderes de la comunidad Santa Rosillo de Yanayacu, Quinto y Manuel Inuma, quienes fueron retirados por el Ejército peruano el 25 de julio de 2021 del distrito de Huimbayoc, región San Martín —una zona acechada por el narcotráfico— ante el peligro de un asesinato por oponerse al cultivo de hoja de coca y exigir la titulación de su comunidad, una demanda que está pendiente desde el 2015. Los apus regresaron dos meses después a la comunidad y, hasta el momento, continúan amenazados.

“La estrategia debe tener un enfoque intercultural porque retirar a los líderes de su comunidad no soluciona el problema, sino genera mayores conflictos y situaciones de abandono. El Estado debe trabajar con las organizaciones indígenas para fortalecer el sistema de seguridad indígena que tienen. Ellos conocen bien su territorio y saben cómo protegerlo, lo que hace falta es el apoyo del Gobierno”, señaló a OjoPúblico la abogada del Programa de Biodiversidad y Pueblos Indígenas de la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental, Katherine Sánchez Lozano.

La abogada indicó que mejorar el enfoque intercultural es fundamental porque la mayoría de casos registrados son contra líderes indígenas en la Amazonía. Del 2019, desde el inicio del Protocolo, hasta abril de este año, ya con el mecanismo, se registraron a nivel nacional 134 agresiones contra defensores ambientales y de territorio, estos últimos indígenas. Los lugares con más casos son Ucayali y Madre de Dios. 

Caso Saweto - Abril - Claudia Calderón

JUSTICIA. Los huérfanos y viudas de los defensores ambientales asesinados no acceden a reparaciones por falta de una ley. 
Ilustración: OjoPúblico / Claudia Calderón

 

Sánchez Lozano también alerta que una de las deficiencias del mecanismo es la poca difusión del instrumento de protección porque no es promovido por los ministerios involucrados, ni existe una página web pública donde reportar sus casos. En la misma línea, Mar Pérez, responsable de la Unidad de Protección a Defensores de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (Cnddhh), explica que al no divulgarse el instrumento, las personas defensoras de otros rubros, como los derechos de la mujer y niños, sindicatos o población LGTBIQ, no saben cómo acceder a él. “Por la ola de violencia en la Amazonía el mecanismo está concentrado en casos de defensores ambientales, pero hay defensores de otros rubros que también necesitan apoyo por acoso sistemático en denuncias penales y criminalización de sus labores”, anotó.

Pérez también advierte que las agresiones y asesinatos registrados son aquellos que fueron reportados por los mismos defensores o terceros, pero no registran casos por oficio, como los reportados por la prensa. Esto dificulta las investigaciones fiscales porque el actual Protocolo de Actuación fiscal para la prevención e investigación de los delitos en agravio de las personas defensoras de derechos humanos, solo considera a un defensor si se encuentra en el registro del Mecanismo intersectorial de personas defensoras de derechos humanos. 

El área de prensa del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos señaló a OjoPúblico que el responsable del Mecanismo intersectorial de protección de personas defensoras de derechos humanos no brindaría entrevistas para este artículo. Hasta el cierre de esta edición tampoco respondió a la solicitud de información sobre la cantidad de ataques registrados contra defensores. 

 

Una ley para defensores


Una dificultad en el Perú para tratar los casos de los defensores de derechos humanos es “la falta de marco legal que permita la articulación entre los tres poderes del Estado: Ejecutivo, Legislativo y Judicial”, explica la abogada Katherine Sánchez Lozano. La especialista en derecho ambiental y recursos naturales señala que el mecanismo, al estar creado mediante un decreto supremo, solo permite que las instituciones del Ejecutivo, ministerios y Devida puedan realizar acciones conjuntas para su protección; mientras no existe una obligación hacia los gobiernos regionales, locales y el sistema de justicia para tratar los casos. 

"Tendría que plantearse una ley que recoja los tratados en derechos humanos. Esta es la única forma que podremos establecer responsabilidad a los gobiernos locales y plantear herramientas más específicas para la protección desde los jurisdicciones locales”, anotó Sánchez Lozano. Además, señala que una ley específica para defensores de derechos humanos puede modificar el Código Penal para incrementar las penas en caso de ataques o asesinatos.

En el 2020, durante la anterior legislatura, se tuvieron dos propuestas de ley que buscaban la protección de los defensores de derechos humanos: la primera fue presentada por el legislador Yvan Quispe Apaza, del Frente Amplio, y la segunda, por el congresista Alberto de Belaunde, del Partido Morado. Los proyectos planteaban generar un marco legal que promueva, reconozca y proteja a las personas naturales y jurídicas que defienden los derechos. Ambas propuestas pasaron a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos donde no obtuvieron dictamen.

Defensores - octubre 2020 - Claudia Calderon

ABANDONO. Los defensores indígenas son condiderados los más vulnerables por las dificultades de acceso a sus territorios y el poco trabajo intercultural del Estado.
Ilustración: Claudia Calderón

 

Sobre el incremento de penas, la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso evalúa un proyecto de Ley que incorpora en el Código Penal como agravante de los delitos de homicidio calificado y lesiones graves cuando la víctima tenga la condición de guardaparque, líder o defensor ambiental. La propuesta presentada por la congresista Heidy Juárez plantea modificar el artículo 108 - A del Código Penal, para que el que mate a un defensor ambiental sea reprimido con una pena privativa de la libertad no menor de 25 años ni mayor de 35 años. En la actualidad esto se aplica solo para altos funcionarios, miembros de la Policía Nacional, Fuerzas Armadas, magistrados del Poder Judicial, Ministerio Público, Tribunal Constitucional o cualquier autoridad elegida por mandato popular en el ejercicio de sus funciones.

Además, se plantea incluir a los defensores en el artículo 121 que trata de lesiones graves, que da una pena por daño grave en el cuerpo o en la salud física o mental por no menor de cuatro ni mayor de ocho años. La Comisión de Justicia debe emitir su dictamen a finales de mayo. 

Bruce Barnaby Rubio, investigador del Idehpucp, explicó que es complicado abordar la protección de los defensores sin un marco normativo, ya que los ataques contra líderes indígenas muestra una “incapacidad del Estado para proteger a las personas más vulnerables”, por encontrarse en territorios distantes de la Amazonía, con deficiente cobertura telefónica y escasa presencia policial.

 

Sin el Acuerdo de Escazú


Una debilidad en el Perú para la protección de los defensores ambientales es que en octubre de 2020, la Comisión de Relaciones Exteriores del Congreso de la República rechazó la ratificación del Acuerdo de Escazú, lo que impidió la implementación de políticas de acceso a la justicia, información y participación en asuntos ambientales. Los congresistas señalaron erróneamente que el tratado “daba un tratamiento especial a los defensores sobre los demás ciudadanos” y “atenta contra la soberanía de más del 50% del territorio nacional”.

Durante la primera reunión de la Conferencia de las Partes del Acuerdo de Escazú, que se realizó del 20 al 22 de abril de este año, se firmó una Declaración Política en la cual se reafirma al tratado como un instrumento impulsor del desarrollo sostenible y una herramienta fundamental de gobernanza para la elaboración de mejores políticas públicas en América Latina, para asegurar un medio ambiente sano para las generaciones presentes y futuras.

El tratado cumplió un año de vigencia el 22 de abril, fecha en la que se conmemora el Día de la Tierra, pero en el Perú aún no se ratifica. Mientras tanto, los representantes de Antigua y Barbuda, Argentina, Bolivia, Ecuador, México, Nicaragua, Panamá, San Vicente y las Granadinas, Saint Kitts y Nevis, Santa Lucía y Uruguay participaron en la primera reunión para determinar su implementación.

“Las falsedades sobre el tratado y la falta de voluntad del Congreso no permitió que el Perú implemente políticas para la protección de los defensores ambientales y mayor compromiso de las empresas al momento de ejecutar proyectos”, señaló la exprimer ministra Mirtha Vásquez a OjoPúblico

En octubre de 2020, cuando el Congreso rechazó el Acuerdo de Escazú, en el Perú ya se registraban tres asesinatos de defensores ambientales y para abril del 2021, cuando se crea el mecanismo de protección para las personas defensoras de derechos humanos, eran nueve los homicidios.

Defensores - octubre 2020 - Claudia Calderon

MUERTES. Los defensores ambientales exponen sus vidal al enfrentarse solos a los ilegales que depredan sus bosques en la Amazonía peruana.
Ilustración: OjoPúblico / Claudia Calderón

 

Sin lucha contra la ilegalidad

 

Otro de los grandes desafíos para la protección de los defensores es el poco avance de la lucha contra la ilegalidad en el país. Tal es el caso de Puerto Inca, donde la presencia del narcotráfico, minería, tala ilegal y tráfico de tierras ha incrementado la violencia, y se registró el asesinato de tres indígenas, el último 22 de marzo, cuando retornaban de sus campos de cultivo. La Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Puerto Inca investiga el móvil del crimen.

Las embajadas de Suiza, Canadá, Reino Unido, Estados Unidos, además de la ONU y la Unión Europea expresaron, en un reciente pronunciamiento, su preocupación por el incremento de riesgos que afrontan defensoras y defensores ambientales en Perú ante el accionar del narcotráfico, tala, tráfico de tierras y minería ilegal que impactan en tierras indígenas. Las organizaciones señalan que el Estado debe implementar políticas de prevención y protección para personas defensoras de derechos humanos y "atender los retos estructurales que perpetúan la impunidad" en el país.

Cuatro embajadas, la ONU y la Unión Europea mostraron su preocupación por el incremento de riesgos que afrontan los defensores en Perú".

La expremier Mirtha Vásquez Chuquilin señaló a OjoPúblico que sin la lucha contra la ilegalidad no se podrá proteger a los defensores de derechos humanos y las muertes continuarán principalmente en la Amazonía, donde se desarrolla el narcotráfico, tala ilegal y minería ilegal. “El poder de los ilegales ha llegado hasta altas esferas del gobierno [...] como es el Congreso, donde se aprueban leyes a favor de ellos”, dijo.

Vásquez Chuquilin contó que, cuando dirigía la Presidencia del Consejo de Ministros, se opuso a la ampliación del plazo de formalización minera para los ilegales. Sin embargo, el Congreso aprobó la ley con 103 votos a favor, cinco en contra y una abstención; y el presidente de la República, Pedro Castillo, no la observó por “la presión de los ilegales [...] que nos amenazaban con salir a las calles y quemar el Perú”. 

“El contexto actual de inestabilidad política no permite tratar temas estructurales como las actividades ilegales porque no podemos resolver conflictos sociales con empresas legales. Mientras no exista una lucha frontal contra la ilegalidad, seguiremos reportando muertos ambientales”, dijo. 

 

 

 

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