
A seis años de la revelación del mayor caso de corrupción en el sistema de justicia peruano, conocido como Cuellos Blancos, impera la impunidad. Si bien los principales líderes de la red —exmagistrados del Poder Judicial, integrantes del desaparecido Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) y fiscales supremos— fueron grabados negociando favores a cambio de beneficios personales, la Fiscalía todavía no ha presentado una acusación formal, ni se conoce al total de actores implicados.
A nivel administrativo la situación es similar. Aunque la Junta Nacional de Justicia (JNJ) destituyó a los más conocidos cabecillas de la organización, no se han reportado avances significativos en la identificación —y sanción— de otros jueces y fiscales involucrados.
En 2018, luego del destape de los audios y la creación de esta entidad, el Congreso le encargó a la JNJ la tarea especial de revisar todos los actos administrativos del último CNM. Es decir, las decisiones que el organismo había tomado entre el 2 de marzo de 2015 y el 21 de julio de 2018.
El Pleno de la JNJ decidió mantener vigentes 59 expedientes con anomalías del desaparecido CNM".
El objetivo era descartar irregularidades en los nombramientos, ratificaciones y procedimientos disciplinarios a cargo de los consejeros desaforados. Así, se le encargó la verificación de 2.376 expedientes, a través de dos instancias: la Comisión Especial de Revisión de Actos del CNM (CERA), creada específicamente para el proceso, y el Pleno de la JNJ.
Tras la evaluación de ese total, el primer grupo de trabajo abrió un proceso de revisión para 411 casos. Es decir, el 17% de ellos. De ese subgrupo, hasta el 11 de julio pasado, la última instancia solo había emitido resoluciones finales en 100 expedientes. OjoPúblico accedió a la totalidad de documentos con resolución final, a través de la Ley de Transparencia.
Al analizar esa información, este medio encontró que 59 expedientes con anomalías detectadas por los instructores de la CERA fueron archivados por el Pleno de la JNJ y, por lo tanto, no se declaró su nulidad. Los mismos involucran el nombramiento, ratificación y procesos disciplinarios de 62 jueces y fiscales que, en su momento, fueron realizados por el CNM.
Entre las irregularidades halladas por los instructores de la comisión especial —Inés Tello de Ñecco, Antonio de la Haza Barrantes y Henry Ávila Herrera— sobresalen el otorgamiento de puntajes elevados en entrevistas personales a algunos candidatos, pese a que no habían respondido consultas o se les había ayudado a hacerlo. También, casos en los que los exconsejeros del CNM omitieron el análisis de investigaciones o procesos sancionatorios contra los postulantes.
Los instructores del CERA encontraron, además, ratificación de jueces y fiscales con una modalidad especial, creada por los consejeros, que prescindía de la entrevista personal. Algo que, destacaron, los facultaba para emitir votaciones subjetivas, sin ninguna fiscalización.
Por último, detectaron que los exconsejeros del CNM libraron a cinco jueces supremos —entre ellos César Hinostroza Pariachi— de un proceso disciplinario, a través de una resolución con argumentos incongruentes: aunque reconocieron que el razonamiento de los jueces era “inaceptable”, concluyeron que no había deficiencias en su sentencia. El fallo bajo cuestionamiento dejó en libertad a la presunta tratante de una menor de edad, en Madre de Dios.
En opinión del exfiscal supremo provisional Víctor Cubas Villanueva, la JNJ no ha sido diligente con el encargo que recibió tras la crisis de los Cuellos Blancos. “La mayoría de sus miembros no conocía el funcionamiento del sistema de administración de justicia y, por otro lado, no querían comprometerse con la revisión (...) Si la JNJ hubiese cumplido con ese objetivo, se hubiese hecho una profilaxis en el sistema de administración de justicia”, dijo en conversación con OjoPúblico.
Comisión Especial de Revisión de Actos del CNM
La Comisión Especial de Revisión de Actos del CNM (CERA), encargada de investigar los expedientes del último CNM —integrado por los destituidos exconsejeros Iván Noguera Ramos, Guido Águila Grados y Julio Gutiérrez Pebe y Orlando Velásquez Benites—, se creó en enero de 2020.
Un mes después, se aprobó el Reglamento del Procedimiento de Revisión Especial de Nombramientos, Ratificaciones, Evaluaciones y Procedimientos Disciplinarios.
Entre 2020 y 2021, la comisión estuvo conformada por Inés Tello de Ñecco (presidenta), María Zavala Valladares (miembro) y Henry Ávila Herrera (miembro). En 2022, este último fue reemplazado por Antonio de la Haza Barrantes.
La Comisión Especial de Revisión de Actos del CNM estuvo liderada por la magistrada Inés Tello".
El proceso de revisión incluye la emisión de informes en dos instancias. Uno, elaborado por las oficinas técnicas, sobre nombramientos, ratificaciones y procesos disciplinarios, que es analizado por el Pleno para determinar si se abre o no la revisión formal por parte del CERA.
De proceder, un magistrado de esta comisión especial asume la investigación de los casos y elabora el segundo informe. Por último, ese documento de instrucción —con recomendaciones específicas— pasa por una votación en el Pleno de la JNJ, que decide si se declara nula la resolución del CNM o se archiva el caso.
GESTIÓN. El periodo de la actual Junta Nacional de Justicia vence el 5 de enero de 2025. Este año, el magistrado Henry Ávila renunció al cargo y, en su reemplazo, ingresó Marco Tulio Falconí.
Foto: Andina
Hasta el 11 de julio, solo 100 expedientes del CNM revisados por la CERA contaban con una resolución final del Pleno de la JNJ. En 59 de ellos, los magistrados de la comisión especial habían hallado anomalías por parte del CNM. Pese a eso, el Pleno de la JNJ archivó los casos por voto mayoritario.
Los magistrados que más se opusieron a anular los nombramientos, ratificación y procesos disciplinarios de 62 jueces y fiscales realizados por el CNM fueron Aldo Vásquez Ríos (50), Imelda Tumialán Pinto (49), Guillermo Thornberry Villarán (49) y Antonio de la Haza Barrantes (47). Este último formó parte del CERA en 2022.
Les siguen María Zavala Valladares (6), Henry Ávila Herrera (5) y Marco Falconí Picardo (1), que ingresó a la entidad en febrero de este año. La magistrada Inés Tello de Ñecco votó a favor de la nulidad en 21 de los 24 casos en los que participó del Pleno.
El exfiscal anticorrupción Martín Salas Zegarra considera que la JNJ cuenta en su haber con muchos cuestionamientos. “Esta JNJ nombró a Patricia Benavides como fiscal suprema en un proceso irregular. Estos magistrados no han realizado un trabajo idóneo. Existe un caso donde la JNJ ha dejado prescribir un proceso contra Víctor Rodríguez Monteza, exfiscal supremo vinculado a los Cuellos Blancos”, señaló.
Nombramientos cuestionados
La Comisión Especial de Revisión de Actos del CNM (CERA) halló que, de los 59 expedientes con irregularidades, siete correspondían a procesos de nombramiento de jueces y fiscales. Los encargados de los informes de instrucción en estos —es decir, los magistrados responsables de la investigación— fueron Inés Tello de Ñecco, en cinco casos; y Antonio de la Haza Barrantes, en dos.
Los mismos estaban relacionados con los nombramientos de Edith Revollar Ochatoma en la plaza de fiscal provincial penal de Huamanga, en Ayacucho; Hernán Warthon Quintanilla en la plaza de fiscal provincial penal corporativo de Andahuaylas, en Apurímac, y Christian Periche Rumiche en la plaza de juez especializado penal de Satipo, del distrito judicial de Selva Central.
Los informes de instrucción indican que los consejeros pusieron notas altas a postulantes que no contestaban las preguntas".
A estos se suman la designación de José Antonio Rivera Ávalos como fiscal provincial penal corporativo de Huaura, en Lima, y de Jeny Lozano Rojas como fiscal provincial civil y de familia en Bolívar, Cajamarca. También la de Humberto Grover Valdivia Talavera como juez de familia de Arequipa, y de Milko Rubén Sierra Asencios como juez de familia de Leoncio Prado, en Tingo María, Huánuco.
En este grupo destaca la revisión del nombramiento de la fiscal Edith Revollar Ochatoma. En dicha investigación, Antonio de la Haza Barrantes —a cargo del informe de instrucción— señaló que dos consejeros le habían asignado 100 puntos en la entrevista personal a la candidata. Esto aunque, luego de revisar la grabación, advirtieron que Revollar Ochatoma no había respondido cinco preguntas y había necesitado apoyo en otras siete.
DESTITUIDOS. Los consejeros del CNM fueron destituidos por sus vínculos con los Cuellos Blancos del Puerto.
Collage: OjoPúblico / Jhafet Ruiz Pianchachi
El informe concluyó que este puntaje influyó en el resultado final, teniendo en cuenta que Revollar Ochatoma terminó en primer lugar del proceso de selección, con un puntaje apenas 2,5 superior al segundo puesto. Dicha decisión, para el instructor, no era congruente con lo mostrado por la postulante en la entrevista.
En el Pleno, la investigación —que recomendaba la anulación del expediente— fue respaldada por las magistradas Inés Tello de Ñecco y María Zavala Valladares. Sin embargo, Henry Ávila Herrera, Aldo Vásquez Ríos e Imelda Tumialán Pinto votaron en contra y el caso se archivó.
El primero de ellos sostuvo que no existían pruebas concretas de una eventual irregularidad, pues no era posible acceder a las cédulas con los votos de los exconsejeros. Los otros dos, aunque coincidieron con los argumentos de la resolución, consideraron que el proceso estaba prescrito.
A criterio de estos últimos magistrados, la JNJ solo tenía 36 meses para culminar con la revisión total de los procesos. No obstante, la mayoría del Pleno determinó en cada una de las resoluciones finales que dicho plazo era solo para la apertura de los mismos.
Otro proceso llamativo fue el del nombramiento de la fiscal Jeny Lozano Rojas. Al revisar el mismo, la instructora, Inés Tello de Ñecco, encontró que los consejeros no habían analizado la relevancia de una investigación de la Oficina de Control Interno de Cajamarca contra el postulante por no solicitar la prolongación de una prisión preventiva para un procesado por tráfico de drogas, aunque éste había reconocido su culpabilidad.
La decisión, señaló la magistrada en su informe de instrucción, había permitido la liberación del investigado. Asimismo, indicó que los consejeros le pusieron una nota alta en entrevista personal, sin valorar las repercusiones negativas de dicha acción. “La omisión negligente de la magistrada pone en cuestión su idoneidad para la plaza a la cual se encontraba postulando”.
Al pasar al Pleno, los magistrados Aldo Vásquez Ríos, Imelda Tumialán Pinto, María Zavala Valladares, Guillermo Thornberry Villarán y Henry Ávila Herrera votaron en contra del informe de Inés Tello de Ñecco, que recomendaba la nulidad de la decisión del CNM.
Los tres últimos sostuvieron que la postulante había intentado buscar soluciones para evitar que la liberación del procesado no afecte al proceso, con un requerimiento de acusación en el corto plazo. Para los dos primeros magistrados, en tanto, el plazo para la revisión especial había prescrito.
Los instructores encontraron que los consejeros no evaluaron las sanciones que habían recibido los postulantes".
En la lista también destaca la revisión del nombramiento como juez de Humberto Grover Valdivia Talavera. En este caso, la magistrada Inés Tello de Ñecco sostuvo que los consejeros no habían valorado un hecho importante que involucraba al candidato: este había protagonizado un choque con su automóvil y, en ese contexto, se había negado a pasar por un dosaje etílico.
La instrucción también señaló que había evidencia respecto a que el postulante se había pasado la luz roja de un semáforo, además de testigos de su presunto estado de ebriedad. A su criterio, los consejeros del exCNM debieron considerar estos hechos durante el proceso de nombramiento porque afectaban su idoneidad, teniendo en cuenta su postulación como juez. Es decir, un funcionario a cargo de hacer prevalecer las normas.
Sin embargo, cuando el caso llegó al Pleno, los magistrados Aldo Vásquez Ríos, Imelda Tumialán Pinto, Henry Ávila Herrera, María Zavala Valladares, Antonio de la Haza Barrantes y Guillermo Thornberry Villarán se mostraron en desacuerdo y el caso se archivó.
Los dos primeros sostuvieron que el proceso de revisión especial había prescrito. El resto, en tanto, argumentó que a nivel judicial el caso se había archivado y que, en ese proceso, se había confirmado que su evasión al dosaje etílico se debió al temor de Valdivia Talavera a las agujas.
Ratificaciones automáticas
Con respecto a las ratificaciones, los instructores de la Comisión Especial de Revisión de Actos del CNM (CERA) hallaron irregularidades en 51 expedientes a cargo del último CNM.
Si bien cada expediente comprende a un juez o fiscal, la CERA los acumuló en dos procesos de revisión especial por la similitud de los hechos. Así, un proceso analizó 28 casos y el otro, 23. Los informes de instrucción estuvieron a cargo de los magistrados Inés Tello de Ñecco y Henry Ávila Herrera, respectivamente.
En ambos, los instructores señalaron que las ratificaciones se habían realizado a través de una modalidad automática, creada por los exmiembros del CNM. Este nuevo proceso, según las conclusiones de la comisión, prescindió de la etapa de entrevista personal y le otorgó “un enorme margen” a los consejeros para votar de manera subjetiva. Es decir, con discrecionalidad.
Los instructores encontraron que el CNM había creado una modalidad de ratificación automática que era irregular".
Los informes de instrucción señalan que, tanto la Ley Orgánica del CNM como su reglamento, establecían a la entrevista personal como un requisito indispensable antes de tomar una decisión. No obstante, en 2017, los consejeros prescindieron de esta fase, argumentando que se trataba de una formalidad. Y que, en algunos casos, ocasionaba el uso innecesario de recursos.
En reemplazo de la entrevista, plantearon un sistema de puntajes para medir ciertos criterios: calidad de decisiones, calidad en la gestión de procesos, celeridad y rendimiento, organización del trabajo, publicaciones, y desarrollo personal. A la par, los exconsejeros emitieron disposiciones que les permitieron poner calificaciones subjetivas, sin mayor fiscalización.
“La ratificación automática o de oficio fue un procedimiento administrativo que planteó estándares de evaluación subjetivos y discrecionales en lo que respecta al rubro de idoneidad. Adicionalmente, suprimió la posibilidad de llevar a cabo la entrevista personal, a pesar que la Ley Orgánica del CNM lo exigía”, concluyó la revisión de los instructores.
Ambos informes señalaron, por último, que los exconsejeros suprimieron la entrevista personal para conseguir un mayor margen de subjetividad en la votación de las ratificaciones. Y, de ser necesario, evitar cuestionamientos sobre su decisión.
Cuando ambos procesos —que englobaban 51 expedientes— llegaron al Pleno de la JNJ, esta instancia dejó fuera de la resolución a ocho involucrados por tratarse de jueces o fiscales que, para entonces, ya no estaban en actividad por jubilación, retiro o destitución, entre otros motivos.
Estos son los exjueces Vilma Buitrón Aranda, Julio Wong Abad, Josué Pariona Pastrana y Martha Ruíz Pérez, así como de los exfiscales Emilio Llanos Esquives, Abdon Sanca Soto y Donato León Sánchez. La jueza Mónica Pomajambo Zambrano, por último, no fue considerada por haber sido nombrada, poco antes, por la JNJ.
En los 43 casos restantes —acumulados en los dos informes de instrucción mencionados previamente—, los magistrados Aldo Vásquez Ríos, Imelda Tumialán Pinto, Guillermo Thornberry Villarán, Antonio de la Haza Barrantes votaron en contra de declarar nulas las ratificaciones.
La mayoría de los involucrados señaló que los consejeros no habían emitido puntuación cuantitativa en todos los ítems del proceso".
Argumentaron, entre otros aspectos, que no se logró determinar una causal grave para la nulidad ni se confirmó que los postulantes recibieron apoyo de los consejeros.
El magistrado Aldo Vásquez Ríos, por ejemplo, señaló que, si bien la ratificación automática implantada por el CNM era irregular, sería injusto anular todas las ratificaciones. Algo así, a su criterio, perjudicaría a los postulantes que cumplían con los criterios.
Imelda Tumialán Pinto indicó, por su parte, que no era necesaria la entrevista en dichos casos pues cumplían con los requisitos para su ratificación. Además, ambos magistrados plantearon que los procesos debían ser considerados prescritos.
María Zavala Valladares fue la única que respaldó las conclusiones de los informes de instrucción elaborados por Inés Tello de Ñecco y Henry Ávila Herrera ante el Pleno. Estos dos últimos también se mostraron a favor de la nulidad en los casos que participaron a nivel del Pleno: Inés Tello (un proceso de revisión), Henry Ávila (un proceso de revisión)
CNM libró de sanción a jueces supremos
En lo que refiere a la revisión especial de procesos disciplinarios a cargo del exCNM, hasta julio de este año, la JNJ solo había terminado con la revisión de un expediente. En otras palabras, de los 100 analizados hasta esa fecha, solo uno correspondía a este tipo de procedimiento.
Dicho expediente está vinculado a una resolución emitida por los consejeros del CNM que descartó el inicio de un proceso disciplinario contra la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de 2016.
Organismos de la sociedad civil habían denunciado que los magistrados supremos absolvieron a la presunta tratante de una adolescente de 14 años en Madre de Dios, pese a las pruebas en su contra. Dicha sala estaba conformada por los jueces supremos Javier Villa Stein, Josué Pariona Pastrana, Duberlí Rodríguez Tineo, César Hinostroza Pariachi y José Neyra Flores.
El informe de instrucción sostiene que los jueces de la Sala Suprema absolvieron a la supuesta tratante, bajo el supuesto argumento de que no se había corroborado la existencia del delito.
PRÓFUGO. El exjuez supremo César Hinostroza Pariachi se encuentra prófugo desde el año 2018.
Foto: Andina
Los jueces, indica el informe de instrucción, concluyeron que “al ser dama de compañía [la menor de edad] y dedicarse solamente a beber con clientes, no realizaba una labor que hubiese agotado su fuerza” y, por lo tanto, no había trata de personas.
La instructora del caso, Inés Tello de Ñecco, remarcó las incongruencias en la argumentación del CNM: por un lado, el desmantelado organismo señaló que no había encontrado defectos en la sentencia. Y, por otro, en la misma resolución, exhortó a los magistrados a realizar un mayor análisis doctrinario para fundamentar sus decisiones.
Pese a ese cuestionamiento y a considerar los argumentos de los jueces como “inaceptables”, los exconsejeros no iniciaron un procedimiento disciplinario contra los magistrados de la Corte Suprema.
El informe de instrucción de la comisión especial de la JNJ también señaló que los exintegrantes del CNM no se pronunciaron sobre la imputación del presunto trato discriminatorio. Tras advertir que el caso está relacionado a hechos graves por involucrar a una menor de edad y a jueces de alta jerarquía, la CERA solicitó la nulidad de la resolución que descartó el inicio del proceso disciplinario.
En el Pleno de la JNJ, los magistrados Aldo Vásquez Ríos, Imelda Tumialán Pinto, Henry Ávila Herrera, Guillermo Thonrberry Villarán y Antonio de la Haza Barrantes coincidieron en la existencia de irregularidades en el proceso de revisión. En este caso, la magistrada María Zavala Valladares no participó de la votación por estar de licencia.
A pesar de las anomalías, los magistrados de la JNJ sostuvieron, en la resolución final del Pleno, que, a diferencia de los procesos de nombramiento y ratificación, la Ley Orgánica de la institución no los faculta para anular procesos disciplinarios del CNM, en caso de encontrar irregularidades. Por eso, enviaron el caso al Congreso para que este decida sobre las consecuencias de los hechos.
César Hinostroza es investigado como uno de los presuntos líderes de la organización criminal Los Cuellos Blancos".
Este medio intentó contactarse con cada uno de los integrantes de la JNJ. Sin embargo, la entidad solo brindó una respuesta institucional. En la misma negó que el organismo haya avalado procedimientos irregulares del CNM.
“Afirmar eso es asumir una postura que no se ha impuesto en la evaluación de algún caso concreto respecto a un tema que ha sido materia de un arduo y extenso debate por la parte de la Junta y/o que no considera la naturaleza y finalidad de la revisión”.
La institución señaló que los fundamentos de las decisiones del Pleno constan en las respectivas resoluciones. E informó, asimismo, que, hasta el 17 de agosto, habían resuelto 150 expedientes (varios acumulados), que involucran a más de 280 administrados (jueces o fiscales). Añadieron, por último, que tienen el objetivo de culminar con los procesos de revisión antes del cierre de su gestión.
Este medio también se comunicó con el Congreso para conocer el estado del caso derivado por la JNJ. Desde el área de Prensa indicaron que la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales (SAC) tenía información al respecto y que se consulte directamente a la misma.
OjoPúblico intentó contactarse con la última presidenta de este grupo de trabajo, Lady Camones Soriano (Alianza Para el Progreso), a través de su equipo de prensa. Hasta el cierre de este informe, no hubo respuesta.