Corte IDH pide al Perú que se abstenga de ejecutar la orden del TC que libera a Fujimori

La resolución del Tribunal Constitucional indicó que el Instituto Nacional Penitenciario del Perú (INPE) y el director del penal de Barbadillo "en el día, dispongan la inmediata libertad de Alberto Fujimori". Sin embargo, en horas de la noche, el presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) pidió al Perú que se abstenga de ejecutar la orden del TC hasta que la instancia supranacional cuente con todos los elementos para analizar si esta decisión cumple con las condiciones necesarias.

CONDENADO. Alberto Fujimori cumple una condena de 25 años de cárcel.

CONDENADO. Alberto Fujimori cumple una condena de 25 años de cárcel.

Foto: Andina /archivo

Actualización: 5 de diciembre, 10:30 p.m.

 

Una vez más, el Tribunal Constitucional (TC) ordenó hoy la liberación del expresidente condenado por corrupción y violación de derechos humanos, Alberto Fujimori. Con este fallo, se desacata la resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que observó el irregular indulto al exmandatario preso actualmente en el penal de Barbadillo.

La resolución del TC ordena que el Instituto Nacional Penitenciario del Perú (INPE) y el director del penal de Barbadillo "en el día, dispongan la inmediata libertad de Alberto Fujimori". 

Los magistrados que votaron a favor de la liberación de Fujimori fueron Francisco Morales Saravia, Luz Pacheco y Gustavo Gutierrez Ticse. En diversos medios, durante esta semana, los tres magistrados mostraron su posición a favor de la liberación de Alberto Fujimori. Helder Domínguez tuvo un voto singular en que declaró improcedente el pedido. No figuran las firmas de Manuel Monteagudo y César Ochoa.

El fallo declara fundado "el recurso de reposición en el extremo de la ejecución directa e inmediata de la sentencia del 12/03/2022", sobre el indulto a Fujimori.

Auto del Tribunal Constituc... by Ojo-publico.com

 

 

Esta noche, el presidente e la Corte Interamericana de Derechos Humanos pidió al Perú que se abstenga de ejecutar la orden del Tribunal Constitucional que ordena la "inmediata libertad" de Alberto Fujimori hasta que la Corte cuente con todos los elementos para analizar si esta decisión cumple con las condiciones necesarias.

En su comunicación de urgencia, la Corte señala que este pedido se realiza “para garantizar el derecho de acceso a la justicia de las víctimas de los casos Barrios Altos y La Cantuta” y pueda analizar si este fallo cumple las condiciones establecidas en la Resolución de la Corte de 7 de abril de 2022.

La resolución del presidente de la Corte del 5 de diciembre de 2023 también señala que la Secretaría de la Corte “debe notificar esta Resolución al Estado del Perú, a los representantes de las víctimas y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos”.

Corte

MEDIDAS. El presidente de la Corte solicitó al Estado peruano que se abstenga de liberar a Fujimori hasta que analicen el caso.

 

Lo que dice el fallo del TC

Una resolución de la Corte IDH señala expresamente, sobre el indulto a Fujimori, que "el Estado del Perú debe abstenerse de implementar la sentencia dictada por el Tribunal Constitucional del Perú el 17 de marzo de 2022, que restituye los efectos al indulto "por razones humanitarias" concedido a Alberto Fujimori Fujimori el 24 de diciembre de 2017, debido a que no cumplió con las condiciones determinadas".

Para Carlos Rivera, el abogado del Instituto de Defensa Legal (IDL), con esta posición el Perú "se pone en una situación de rebeldía frente a la Corte Interamericana de Derechos Humanos", declaró en Canal N.

En su fallo, los magistrados sostienen que la Corte IDH no ha emitido ninguna sentencia que deje sin efecto la decisión del Tribunal, que decidió la libertad de Alberto Fujimori, en el año 2022.

“Esa sentencia del Tribunal Constitucional tiene la autoridad de cosa juzgada, contra ella no cabe impugnación alguna. Tampoco existe una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humana que haya ordenado que sea dejada sin efecto, potestad que no se reconoce entre las atribuciones de ese organismo ni en la Convención Americana sabre Derechos Humanos ni en su Estatuto”.

Corte IDH

DESACATO. Una resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos establece que el Estado Peruano debe abstenerse de implementar la sentencia del TC que liberó a Fujimori el 2022.

 

En el mismo documento, los magistrados del TC "llaman severamente la atención al juez de Ica, Vicente Fernández Tapia, exhortándolo a poner mas diligencia y celo en el cumplimiento de sus funciones al momento de ejecutar las sentencias estimatorias de habeas corpus".

Si bien la decisión del 2022 no fue ejecutada en su momento por una resolución de la Corte IDH, la última semana tres magistrados del TC brindaron entrevistas a diferentes medios de comunicación alegando que sí correspondía que el juzgado ejecutara la excarcelación de Fujimori. Esto aunque el reciente auto aclaratorio no hacía ninguna mención explícita al tema.

El abogado de Alberto Fujimori, Elio Riera, informó que el oficio de excarcelación emitido por el Tribunal Constitucional deberá cumplirse el día de mañana, luego de realizar los trámites pertinentes en el Instituto Nacional Penitenciario (INPE). 

La abogada constitucionalista, Ana Neyra, explicó que lo más probable es que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) vuelva a emitir una resolución exigiendo al estado peruano el cumplimiento de su sentencia. Ante esa situación, agregó la especialista, el gobierno deberá decidir entre dos caminos: ejecutar la resolución de la Corte IDH o incumplir la medida y respaldar el auto del Tribunal Constitucional.

En caso decida por este último, la Corte IDH deberá informar la situación a la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos (OEA) para que proceda a tomar acciones ante el incumplimiento. 

“En el escenario del incumplimiento, la CIDH o la Corte podrían informar a la Asamblea General de la OEA diciendo que el estado peruano está incumpliendo y que se deben tomar acciones. Los estados podrían solo conversar sobre la situación de los derechos humanos en el Perú, pero también pueden ir más allá y sacar una resolución como en el caso de Guatemala, o incluso llegar a situaciones extremas como sanciones económicas o activar la Carta Democrática, pero todo esto es un proceso y toma un tiempo”, declaró a OjoPúblico. 

Por su parte, el abogado del Instituto de Defensa Legal, Carlos Rivera, sostuvo que el auto del TC establece una interpretación en la que desconoce las resoluciones de supervisión de la Corte IDH, documentos que emite el tribunal internacional para garantizar justamente el cumplimiento de sus sentencias.  

“Este auto no tiene cabida en el derecho internacional, porque las resoluciones de supervisión solo se refieren a las obligaciones del estado que han sido declaradas en una sentencia, por lo tanto no se refieren a hechos extraños al caso o a nuevas circunstancias. (...) Es como si dijera que lo emitido por el TC no es una sentencia, sino un auto”, señaló.

Asimismo, el letrado indicó que esta decisión del TC abre un nuevo mecanismo para iniciar la salida del país de la convención americana de derechos humanos. “Creo que el tema de fondo, la agenda que está imponiendo el TC, en una situación de facto, es el incumplimiento de las sentencias y el desacato de las sentencias de un Tribunal Internacional y colocando como posibilidad esa aspiración de la extrema derecha peruana: desvincularse del sistema interamericano. (...) Ese es el camino que hemos iniciado hoy”, agregó.

Mientras tanto la congresista de Cambio Democrático, Ruth Luque, señaló que interpondrá una denuncia constitucional contra los miembros del Tribunal Constitucional por desobedecer los compromisos internacionales que tiene el Perú ante la Convención Americana de Derechos Humanos. 

 

Un indulto ilegal

El último 28 de noviembre, el Tribunal Constitucional (TC) emitió un auto aclaratorio sobre una sentencia, dictada por el mismo organismo en marzo de 2022, a favor del indulto del exmandatario. Con ello, puso en agenda, nuevamente, el debate en torno a esta decisión.

En diciembre del 2017, el entonces presidente Pedro Pablo Kuczynski otorgó un irregular indulto a Alberto Fujimori como parte de un intercambio de votos y favores.

Luego, en octubre de 2018, cerca de 10 meses después de que se ordenara la libertad de Alberto Fujimori, la Corte Suprema del Perú anuló el indulto otorgado por Kuczynski porque carecía de “efectos jurídicos” y dispuso su inmediata captura. Antes de ser detenido, el exmandatario fue ingresado a una clínica local por una descompensación, donde permaneció alrededor de tres meses.

La decisión de la Corte Suprema ocurrió luego del pedido de control de convencionalidad que presentaron las víctimas, en julio de ese año, ante dicha instancia. Esto ocurrió luego de que la Corte IDH emitiera una resolución de supervisión de cumplimiento de las sentencias de los casos Barrios Altos y La Cantuta, por los que Alberto Fujimori fue condenado a 25 años de prisión.

La directora de la división de las Américas de Human Rights Watch, Juanita Goebertus, también cuestionó el fallo del TC. “La liberación de Alberto Fujimori violaría las órdenes de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. El Estado tiene la obligación de cumplirlas. El instituto penitenciario, que depende del Ministerio de Justicia, no debe liberarlo”, escribió en su cuenta de Twitter.

La Coordinadora Nacional de Derechos Humanos señaló a través de sus redes que la última decisión del Tribunal Constitucional vulnera la decisión de la Corte IDH y atenta contra las víctimas del gobierno del expresidente Alberto Fujimori. 

 

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