Durante un debate en la Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso, Juan Carlos Lizarzaburu, congresista de la bancada Alianza Para el Progreso, se mostró a favor de la ley que brinda amnistía a miembros de la Policía y de las Fuerzas Armadas que participaron en el conflicto armado interno, entre 1980 y 2000.
Previamente, el congresista Alex Flores, quien se mostró en contra de la aprobación de la ley, enumeró diversos casos en los que militares atentaron contra los derechos humanos de la población en Ayacucho, entre ellos, el caso de Chuschi.
En respuesta, Lizarzaburu dijo expresamente lo siguiente: “Yo quisiera saber cuál fue el exceso de las FF.AA. en Chuschi. Han mencionado Chuschi, que hubo un problema ahí con las FF.AA. [...] En Chuschi ocurrió el primer atentado de Sendero Luminoso, colega congresista, lo cual, lo que usted está diciendo es un invento”.
Sin embargo, tras revisar sentencias judiciales sobre el caso y consultar con especialistas, AmaLlulla concluye que esta versión es falsa.
En principio, el congresista Lizarzaburu hace referencia al atentado ocurrido en mayo de 1980 en Chuschi, una localidad ubicada en la provincia ayacuchana de Cangallo, en la que cinco miembros de la agrupación terrorista Sendero Luminoso quemaron ánforas y padrones electorales, un día antes de las elecciones nacionales, según lo registra un informe de la Comisión de la Verdad y Reconciliación (CVR).
De acuerdo a un artículo del Instituto de Derechos Humanos de la Pontificia Universidad Católica del Perú (IDEHPUCP), con este atentado, Sendero Luminoso declaró la guerra al Estado y a la sociedad peruana, e inició la “época más violenta de toda nuestra historia republicana”.
Sin embargo, a diferencia de lo comentado por Lizarzaburu, Chuschi también fue escenario de un atentado cometido por fuerzas estatales en contra de la población civil.
De acuerdo a la CVR, el 14 de marzo de 1991, una patrulla del Ejército de la base contrasubversiva de Pampa Cangallo, al mando del teniente de infantería EP Colins Collantes, y apoyados por miembros del puesto policial de Chuschi, detuvieron Manuel Pacotaype, alcalde del distrito.
En la incursión también detuvieron violentamente a Martín Cayllahua, secretario del Consejo de Chuschi, al teniente gobernador, Marcelo Cabana, y al menor de edad Isaías Huamán.
“Los detenidos fueron conducidos por los militares a la Base Contra Subversiva de Pampa Cangallo, y desde entonces tienen la condición de desaparecidos”, se lee en las conclusiones del caso de la CVR.
De acuerdo a la misma fuente, las detenciones se dieron porque las autoridades de Chuschi se negaron a formar rondas de defensa civil o rondas campesinas.
“La privación de libertad de estas personas no se ajustó a las normas de un procedimiento regular, pues fueron detenidos sin causa aparente, sin mandato judicial preexistente y se les negó el acceso a las garantías fundamentales de protección de sus derechos constitucionales”, agrega la Comisión de la Verdad y la Reconciliación.
En el 2007, el teniente Collins Collante y Luis Juárez Aspiro, jefe del puesto policial de Chuschi, fueron hallados responsables de lo ocurrido. Nueve meses después, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia confirmó la sentencia y reconoció que las desapariciones forzadas de este caso califican como un delito contra la humanidad.
Consultado para esta verificación, el abogado Christian Huaylinos, coordinador legal de la Asociación Pro Derechos Humanos (Aprodeh), confirmó la existencia del caso.
“Chuschi es el primer caso que tiene sentencia firme de la Corte Suprema por el delito de desaparición forzada en el Perú, en el año 2007. Es una de las sentencias más emblemáticas que se tiene sobre los casos de desaparición forzada”, explicó el abogado Huaylinos.
Dania Coz, abogada especialista en temas de derechos humanos, indicó que existe un desconocimiento del congresista Lizarzaburu sobre el caso Chuschi.
“El atentado al que hace referencia [el congresista] es la quema de ánforas en 1980. El caso judicializado es sobre la desaparición forzada de cuatro personas, incluyendo el alcalde de la localidad en 1991”, aseveró la especialista Coz.
Con el fin de obtener precisiones, AmaLlulla intentó contactar al congresista Lizarzaburu. Sin embargo, hasta el cierre de esta verificación, no se obtuvo respuesta.
AmaLlulla también contactó a Alex Flores —congresista que mencionó el caso Chuschi previo a la intervención de Lizarzaburu—, quien confirmó que se refería al caso descrito en esta verificación.
“Así es. Yo me refería al hecho de 1991. Después pedí la palabra y le aclaré”, indicó.
Flores indicó a AmaLulla que ni en la comisión ni posteriormente a esta Lizarzaburu se rectificó respecto a su frase inicial.
“Estaba desinformado. Lo desmentí con datos y, aún así, se estaba confundiendo con el atentado del 18 de mayo de 1980”, indicó el congresista.
En función a lo expuesto, es falsa la versión de Juan Carlos Lizarzaburu, congresista de la bancada Alianza Para el Progreso, acerca de que las desapariciones forzadas de autoridades en Chuschi, por parte de las fuerzas armadas, son un invento.