Es falsa la versión de Vizcarra acerca de que el actual Congreso eligió al TC que revisó la demanda contra ley de cuestión de confianza
ojo Falso

Por OjoPúblico

Verificación al expresidente de Perú

Es falsa la versión de Vizcarra sobre que el actual Congreso eligió al TC que revisó la demanda contra ley de cuestión de confianza

Fecha de declaración: 29 de noviembre del 2022
ojo Falso

Por OjoPúblico

Verificado por Álvaro Flores y Gianella Tapullima

Durante una entrevista televisiva, el expresidente Martín Vizcarra fue consultado acerca de la Ley 31355, en la que el Congreso regula la cuestión de confianza, y sobre la cual el Tribunal Constitucional (TC) se pronunció de manera favorable ante una demanda de inconstitucionalidad. Al respecto, Vizcarra dijo que esta decisión estuvo a cargo de miembros del TC que fueron elegidos por el Congreso en funciones. Sin embargo, tras revisar los antecedentes legislativos sobre el tema, la Red Ama Llulla concluye que esta versión es falsa. 

 


[3:06-3:58]

 

La declaración específica del exmandatario Vizcarra figura en la transcripción del siguiente diálogo: 

Vizcarra: [...] Porque ahorita hay una competencia, quién da primero el golpe. Aníbal Torres presentó esta cuestión de confianza forzada que, finalmente, ha sido rechazada de plano. Ahí da el golpe diciendo: ‘Ah, no, yo lo interpreto como que ya ha sido rechazada la cuestión de confianza por una vez, y en una segunda…’.

RPP: Que es ilegal, entendemos, esa interpretación.

Vizcarra: Sí, con las normas ahora, acomodadas por el Congreso, porque el Congreso actual ha roto el equilibrio de poderes porque ha hecho una interpretación a su manera de la Constitución. Y sin cambiar la Constitución, con una ley, la ha interpretado.

RPP: Sin embargo, también hay que ser justos, el Tribunal Constitucional lo ratificó en febrero, cuando le dijo al gobierno: ‘Oye, no es inconstitucional lo que ha hecho el Parlamento’.

Vizcarra: Sí, pero es el Tribunal que ha escogido este Congreso.

 

En principio, la norma a la que Vizcarra hace referencia es la Ley 31355, que desarrolla el ejercicio de la cuestión de confianza regulada en los artículos 132 y 133 de la Constitución Política del Perú, y que fue promulgada por el Congreso de la República el 19 de octubre del 2021, durante la gestión de María del Carmen Alva como presidenta de la Mesa Directiva.

Esta ley dispone que la facultad que tienen los ministros y del presidente del Consejo de Ministros de plantear la cuestión de confianza "está referida a materias de competencia del Poder Ejecutivo relacionadas directamente a la concreción de su política general de gobierno”.

No se encuentran entre ellas, según la norma, “las relativas a la aprobación o no de reformas constitucionales, ni las que afecten los procedimientos y las competencias exclusivas y excluyentes del Congreso de la República o de otros organismos constitucionalmente autónomos".

Además, se señala que la cuestión de confianza es aprobada o rehusada tras concluir el debate y la votación en el Congreso. El resultado de la votación se comunica expresamente y mediante un oficio al Poder Ejecutivo. Y “solo el Congreso de la República puede interpretar el sentido de su decisión”, según la primera disposición complementaria de la ley

Ahora bien, revisamos el sitio web del Tribunal Constitucional (TC) que contiene un buscador de “Consultas de Causas” para identificar los recursos interpuestos por el Poder Ejecutivo sobre la cuestión de confianza. De esa manera, la única demanda de inconstitucionalidad planteada por el Ejecutivo fue contra la Ley 31355, que el TC admitió a trámite a finales de octubre del 2021.

De acuerdo con la sentencia 6/2022, publicada en febrero del 2022, el Pleno del TC señaló que la ley mantiene su constitucionalidad, y declaró infundada la impugnación del Poder Ejecutivo. 

Contra lo afirmado por Vizcarra, los magistrados que resolvieron el recurso fueron elegidos en periodos parlamentarios anteriores al actual Congreso. Ellos fueron: 

-José Luis Sardón de Taboada

-Manuel Miranda Canales

-Ernesto Blume Fortini

-Marianella Ledesma Narváez 

-Eloy Espinosa-Saldaña Barrera 

-Carlos Augusto Ferrero Costa. 

De ese grupo, cinco fueron elegidos en mayo del 2014 durante el periodo legislativo 2011-2016, como se explicó en una verificación anterior sobre un tema similar. Para ello, se conformó la Comisión Especial Encargada de Seleccionar los Candidatos a Magistrados del TC en el Parlamento. 

Ahora bien, en el Pleno del Congreso del 21 de mayo del 2014, la cantidad de votos a favor que obtuvo cada magistrado fue la siguiente: Miranda Canales (122), Ernesto Blume (111), José Luis Sardón (101), Marianella Ledesma (101) y Eloy Espinoza (88). 

En ese entonces, también se eligió al desaparecido magistrado Carlos Ramos Núñez, quien falleció antes de emitida la sentencia sobre la Ley 31355. 

Dichas designaciones se encuentran en distintas resoluciones legislativas que fueron publicadas en las normas legales de El Peruano, ese mismo año.

Por último, únicamente el magistrado Ferrero Costa fue designado en agosto del 2017, durante el periodo parlamentario 2016-2021. Ferrero consiguió un total de 100 votos a favor de las bancadas de Fuerza Popular, Peruanos por el Kambio, Alianza para el Progreso, Acción Popular y el Apta.
 

ELECCIÓN. Captura del informe sobre la votación en que se designó a Ferrero Costa como magistrado del Tribunal Constitucional en el 2017.


Es importante mencionar que el Congreso tiene la facultad de elegir a los miembros del TC mediante resoluciones legislativas, y con el voto de dos tercios del número legal de sus miembros, de acuerdo con la Ley Orgánica del TC. 

Consultado para esta verificación, Carlos Hakansson, profesor de Derecho en la Universidad de Piura, señaló que lo afirmado por el expresidente Martín Vizcarra es incorrecto. “El pronunciamiento del Tribunal Constitucional sobre la constitucionalidad de la Ley 31355 estuvo a cargo de la composición inmediata anterior a la actual”, apuntó.

El actual TC está compuesto por siete magistrados cuyas designaciones se dieron en mayo del 2022: 

-Francisco Morales Saravia

-Luz Pacheco Zerga

-Gustavo Gutiérrez Ticse

-Helder Domínguez Haro

-Manuel Monteagudo Valdez

-César Ochoa Cardich

-Augusto Ferrero

La Red Ama Llulla intentó comunicarse con el expresidente Vizcarra con el fin de obtener precisiones sobre el tema. Al respecto, su asesor, Óscar Vásquez, respondió lo siguiente: 

“Lo que él estaba tratando de decir es que, en vez de decir 'este tribunal', quería decir 'el tribunal [...]. Él dice [que] ha sido un lapsus. No era lo que él tenía pensado cuando estaba hablando, y, a veces, uno se equivoca y comete este tipo de errores”. 

En resumen, los seis magistrados del Tribunal Constitucional (TC) que decidieron mantener la constitucionalidad de la Ley 31355, bajo la cual el Congreso reguló la cuestión de confianza, no fueron elegidos por los actuales miembros del Legislativo, sino en los periodos parlamentarios 2011-2016 y 2016-2021, de acuerdo con las resoluciones legislativas de sus designaciones.

En función a lo expuesto, la Red Ama Llulla concluye que la versión del expresidente Martín Vizcarra acerca de que el actual Congreso eligió a los miembros del TC que revisaron la demanda de inconstitucionalidad de la ley de cuestión de confianza es falsa.

Reloj Se ha añadido un artículo a su lista de lecturas