Niñas criminalizadas en sala de emergencias

Niñas criminalizadas en sala de emergencias

En Perú las niñas y adolescentes que llegan a los centros médicos con secuelas de aborto, inducido o espontáneo, ingresan a un laberinto judicial porque la ley obliga a los médicos a reportarlas a las autoridades. Son interrogadas en camillas, sin abogados ni conocer sus derechos. Entre 2012 y 2018, cerca de 20 mil niñas y adolescentes fueron atendidas por esta situación en los establecimientos del Ministerio de Salud.

2 Junio, 2019

 

“Declarar a Marcela, de 15 años, como responsable por infracción a la ley penal
 contra la vida, el cuerpo y la salud - autoaborto, en agravio de la sociedad.
En consecuencia, se dispone imponer la sanción de libertad restringida
por el plazo máximo de 12 meses”.

La mañana del 26 de mayo del 2016, a la hora en que debía estar en el colegio, una adolescente de 15 años llamada Marcela fue sentenciada en el 2° Juzgado de Familia de San Juan de Lurigancho, el distrito con el mayor índice de embarazo adolescente en Lima. La jueza Jenny López Freitas la encontró culpable del delito de aborto y la condenó a asistir a charlas de reinserción social y pagar una reparación civil de 200 soles, unos sesenta dólares. Además, dispuso que sus padres reciban terapia psicológica “a fin de ejercer debidamente su rol”. La abogada de Marcela quiso apelar, pero la madre de la menor, que estuvo presente en la audiencia, le dijo que ya era suficiente. Todo el proceso había sido un viacrucis que prefería olvidar.

El expediente de 110 folios narra el laberinto judicial en el que ingresó Marcela un año antes, exactamente el 2 de abril del 2015, día en que pisó la sala de emergencias del Hospital de San Juan de Lurigancho. Había pasado horas con un intenso dolor de estómago, que no se alivió con pastillas ni con el agua de orégano que le preparó una tía. En la noche, el dolor se hizo tan intenso que pidió que la llevaran con un médico. “Cuando llegué al hospital ya me había dado hemorragia”, narró la adolescente en uno de los tres interrogatorios a los que fue sometida.

Las preguntas que la iban a condenar empezaron al acostarse en la camilla de ese hospital. Mientras la obstetra y los enfermeros intentaban detener la hemorragia, Marcela debía concentrarse en confesar, sin un abogado de por medio, cómo consiguió las pastillas abortivas Cytotec que encontraron en su vagina y dar los nombres de quienes la ayudaron a abortar o, al menos, de aquellos que sabían de su decisión.

SENTENCIAS.

 

 

Las niñas y adolescentes que abortan por cualquier causa son llevadas a juicio por infracción a la ley contra la vida, el cuerpo y la salud. 
Documentos: Ojo-Publico.com

El artículo 30 de la Ley General de Salud obliga al personal médico y asistencial a denunciar a los pacientes con “indicios de aborto criminal”. La amenaza que pesa sobre ellos es la posibilidad de ser denunciados por encubrimiento o complicidad de un delito, sobre todo si la víctima fallece; ambos casos contemplados en los artículos 403 y 115 del Código Penal.

A menos de 24 horas de su internamiento, Marcela ya había narrado al personal de salud, a su madre, a la policía y al fiscal que quedó embarazada de su enamorado, también de 15 años de edad, y que fue él quien le dio el dinero para comprar las pastillas abortivas. Conseguirlas en una botica de barrio fue fácil. Se tomó tres y se introdujo otras tres en la vagina hasta que empezó a desangrarse.

Lo que vino después fue un año de citaciones judiciales, interrogatorios y visitas domiciliarias de la asistenta social del Hospital de San Juan de Lurigancho que levantó actas -como la N° 044-SS-HSJL-2015- donde se resaltaba que la menor “no permite que se le controle [porque] desea estar en la calle”. El expediente no incluye una pericia psicológica ni un análisis de su entorno socioeconómico. La condena se sostiene en su propia declaración y en la de su madre.

Entre el 2012 y el 2018, cerca de veinte mil niñas y adolescentes fueron atendidas por aborto en los establecimientos del Ministerio de Salud.

El texto de la condena se concentra en el no nacido. "El tipo penal se configura al acreditarse el estado de gestación de la adolescente investigada, la existencia de un embrión vivo y la intencionalidad de interrumpir el embarazo por decisión propia", leyó la jueza durante la sentencia.

Las cifras oficiales, obtenidas con pedidos de acceso a la información, revelan que cada año unas 60 mil mujeres abortan en todo el Perú -casi el mismo número de personas que respaldaron al colectivo conservador “Con mis hijos no te metas” en su principal marcha de rechazo a la educación sexual integral-. Según la data, entre el 2012 y 2018, los establecimientos del Ministerio de Salud (Minsa) recibieron a 306.423 mujeres con diagnóstico de aborto en todo el país. De ese total, 19.829 eran niñas y adolescentes. En el mismo periodo, otras 118.147 pacientes fueron atendidas con el mismo diagnóstico en los hospitales del Seguro Social de Salud – EsSalud, aunque su data no distingue edades.

Las historias clínicas de estas mujeres, niñas y adolescentes se clasifican en alguna de las 8 categorías que existen para señalar el tipo de aborto. La mayoría de casos recibe los rótulos de ‘espontáneo’ y ‘no especificado’. Es allí donde se esconden las cifras de abortos autoinducidos, que no tienen una clasificación específica y son los que la justicia persigue con más determinación.

La Organización Mundial de la Salud advierte que una menor de 14 años no está física ni psicológicamente preparada para culminar un embarazo sin riesgo de secuelas.

En Perú, el único tipo de aborto legal es el terapéutico y está previsto cuando la vida o la salud de la gestante se encuentra en riesgo. Si bien está normado desde hace noventa años, apenas en el 2014 el Estado aprobó una guía técnica para su aplicación por personal médico. Desde entonces, solo 11 niñas han podido acceder a este tipo de procedimiento. La mayoría de las que resultan embarazadas, por la razón que sea, está obligada a continuar la gestación, pese a que la Organización Mundial de la Salud (OMS) advierte que una menor de 14 años no está física ni psicológicamente preparada para culminar un embarazo sin riesgo de tener secuelas.

El Código del Niño y Adolescente señala que todo delito o falta cometido por un menor de 18 años es considerado una infracción a la ley penal. Si tiene menos de 12 años, recibe protección; pero si tiene entre 13 y 17 años, se le procesa y condena a medidas socioeducativas que van desde la amonestación y prestación de servicios comunitarios hasta una orden de libertad asistida o restringida, e, incluso, el internamiento en un establecimiento especial. Según información del Ministerio Público, entre el 2012 y 2018 catorce menores de edad fueron detenidos como parte del proceso que se les inició por aborto, con el único fin de trasladarlos al juzgado a rendir su declaración o para que escuchen su sentencia.

 

 

Marcela recibió una sentencia de libertad restringida, la cual consiste en asistir diaria y obligatoriamente al Servicio de Orientación al Adolescente (SOA) –que desde 2019 dejó de ser administrado por el Poder Judicial y pasó manos del Ministerio de Justicia– para recibir charlas de reinserción social. En todo el Perú solo hay 25 de estos centros, por lo que las adolescentes deben movilizarse a zonas alejadas de sus viviendas para cumplir su sentencia y anular sus antecedentes.

 

Interrogadas en camillas

En septiembre del 2017 las redes sociales hicieron viral la foto de un cartel colocado en el Hospital II de EsSalud, en Abancay, con la siguiente advertencia: “Todo paciente con diagnóstico de aborto incompleto se ha de comunicar a la policía de turno – PNP” (sic). Casi de inmediato la institución envió un comunicado, asegurando que la prioridad es preservar la vida del paciente y que el afiche fue puesto sin autorización, pero reafirmaron que su obligación es reportar “los abortos clandestinos”.

En los hospitales públicos del Perú, toda niña y adolescente que llega en busca de auxilio para no morir se sumerge de manera instantánea en una vorágine de interrogatorios que la conducirán a una causa judicial. Las primeras evidencias en su contra son las declaraciones recogidas justamente por el personal médico y la asistenta social del hospital.

El proceso se inicia cuando el médico firma la historia clínica y notifica al policía que está de turno en el centro de salud. El agente redacta un reporte y da aviso al fiscal, que se hace presente al día siguiente para interrogar a la menor, nuevamente, pidiendo detalles que muchas veces están relacionados a episodios de abuso o situaciones dolorosas. El caso no termina allí. Poco después la adolescente debe presentarse ante el juez en una diligencia llamada ‘audiencia de esclarecimiento’, donde volverá a narrar su historia antes de escuchar la sentencia.

 

 

La titular de la 4° Fiscalía de Familia de Lima, Eva González Valverde, reconoce que el primer acercamiento con las menores se hace “a veces a solas, en presencia de la mamá u otro familiar”. Se le hace un interrogatorio preliminar para saber qué sucedió. Todo depende de la versión que la niña o adolescente dé en ese momento, para establecer si se trata de un aborto voluntario o involuntario, debido a una caída o un golpe. En cualquier caso, todos los casos de aborto en menores son reportados al Ministerio Público.

¿Las menores de edad no necesitan contar con un abogado o que se les informe sus derechos antes de declarar?

- Sí, pero esta declaración es preliminar. Incluso consta en un acta fiscal. No es propiamente la declaración de ella, sino simplemente qué le pasó, qué ocurrió.

Pero sí sirve para el proceso...

- Claro. Cuando le dan de alta a la joven nos remiten todo y acá calificamos si procede o no.

¿Se evalúa la condición social y económica de la adolescente, o si tuvo acceso a educación sexual?

- Hay que ver el entorno social en que ha vivido esta joven porque mayormente estos delitos son porque la menor es vulnerable, influenciable. Hay que ver qué personas han estado a su alrededor; si ha sido su mamá, sus amigos.

En un aborto voluntario los responsables son gente muy cercana a la menor: su mamá, su enamorado ¿Ellos también son procesados?

- Obviamente que sí, primero como testigos y luego, viendo su rol, pueden ser derivados a la vía penal.

¿Y cuando se trata de un aborto tras una violación sexual?

- Las denuncias van en paralelo. En una es víctima y en la otra es infractora. 

FISCAL. La titular de la 4° Fiscalía de Familia de Lima, Eva González, reconoce que el primer acercamiento con las menores se hace “a veces a solas, en presencia de la mamá u otro familiar”.
Foto: Ojo-Publico.com

La mayoría de mujeres y menores de edad que llegan a los hospitales públicos por abortos inducidos carecen de recursos para contratar un abogado, por eso acuden a los defensores públicos. Desde enero del 2018 a marzo del 2019 los abogados de oficio de todo el país asumieron el patrocinio de 240 pacientes con secuelas de aborto autoinducido, espontáneo, no consentido o eugenésico. De este grupo, 55 eran adolescentes, y cinco de ellas fueron procesadas tras la interrupción de embarazos originados por una violación sexual.

César Cárdenas Lizarbe, director general de Defensa Pública del Ministerio de Justicia, sostiene que legalmente no se le puede tomar la declaración a una persona denunciada o investigada si no tiene al lado a su abogado; y si se trata de una menor de edad también debe estar presente el fiscal de familia y sus padres.

“Toda persona investigada debe poder escuchar sus derechos, saber sus obligaciones y cuándo puede guardar silencio. Es cierto que los médicos y la policía interrogan a la paciente casi de inmediato, pero las declaraciones que obtienen no tienen valor probatorio, solo referencial, porque se desconoce el nivel de presión al que esta fue sometida. Ese es uno de los temas que nosotros reclamamos cuando llegamos al proceso”, explicó el funcionario a Ojo-Publico.com.

A la fecha, la data del Ministerio Público confirma que 1.106 mujeres y adolescentes son procesadas en todo el Perú por aborto, sin distinción de causa.

Rosario, de 15 años, afrontó un juicio plagado de irregularidades, sin notificaciones oportunas y una “orden de ubicación y captura” que la obligó a vivir casi a escondidas durante un mes.

“Existe una sobre criminalización de las adolescentes. Los médicos las denuncian porque buscan liberarse de responsabilidad, pero eso hace que pierdan el sentido de humanidad”, sostiene la jueza Elvira Álvarez Olazabal, presidenta de la Segunda Sala de Familia, quien ha resuelto numerosos casos contra menores de edad que la llevan a proponer la aplicación efectiva del aborto terapéutico. Además, plantea ampliar las causales de aborto y despenalizar el que ocurre tras una violación sexual, a fin de que la justicia no persiga a las víctimas.

La magistrada sostiene que tanto jueces como fiscales pueden declarar la remisión del caso, es decir, separar a la menor del proceso si consideran que su entorno le permitirá rehabilitarse o si sus antecedentes, contexto sociofamiliar y tipo de infracción no justifican los efectos negativos que un juicio conlleva. Entre ellos, cargar el peso de los antecedentes penales.

Rosario, otra adolescente de 15 años, no fue beneficiada con la remisión. Según el expediente 00017-2014, ella fue reportada a las autoridades en el Hospital Hipólito Unanue, en El Agustino, por provocarse un aborto con pastillas. Afrontó dos años de un proceso judicial plagado de irregularidades, sin notificaciones oportunas y una “orden de ubicación y captura” que la obligó a vivir casi a escondidas durante un mes. La noche previa a la Navidad del 2015, la Corte Superior de Justicia de Lima Este se dio cuenta que había transcurrido el plazo de ley y el caso ya había prescrito, por lo que ordenó archivarlo.

JUEZA. La magistrada Elvira Álvarez, presidenta de la Segunda Sala de Familia, plantea la aplicación efectiva del aborto terapéutico y despenalizar el que ocurre tras una violación sexual.
Foto: Ojo-Publico.com.

 

Sesgos y persecución

En junio del 2014, una niña de 13 años ingresó inconsciente a la sala de emergencia del Hospital Amazónico de Ucayali, con una infección generalizada porque se introdujo las ramas de una planta de yuca en la vagina para provocarse el aborto. La niña se llamaba Daniela y provenía de la comunidad selvática Nueva Alianza, un centro poblado que solo se conecta con la ciudad por navegación en río. Una amiga suya, también adolescente, la había llevado a la posta médica, pero al ver la gravedad de su estado se decidió el traslado al hospital.

El personal médico que la recibió se topó con una historia dramática: “Supimos que la niña vivía en un círculo de violencia, su familia le había prohibido la educación, la encerraban”, recuerda Silvia Sandoval, obstetra del Hospital Amazónico. A pesar de que toda niña embarazada es considerada por ley como víctima de una violación sexual, tuvieron que denunciarla a la Policía. “Estamos obligados”, dice Sandoval.

La denuncia contra Daniela se archivó tres días después, cuando murió de un paro cardiaco por shock séptico.

En 2014, una niña de 13 años ingresó al Hospital Amazónico de Ucayali  tras provocarse un aborto. El personal médico tuvo que reportarla. La denuncia se archivó 3 días después, cuando ella murió de un shock séptico.

Los motivos para denunciar a una menor de edad quedan a criterio personal del médico o asistente de turno: mientras unos llaman a la policía por convicciones éticas o religiosas, otros lo hacen por miedo a ser implicados en un proceso penal.

El Colegio de Obstetras y el Colegio Médico del Perú declinaron pronunciarse para esta nota, y son pocos los profesionales de la salud que se atreven a hacer pública su opinión sobre este tema. Una de ellas es Gladys Yucra, obstetra del Centro Materno Infantil de Villa el Salvador, quien asegura que cada vez son más las colegas que están informadas sobre sus derechos y obligaciones. “La norma es contradictoria con el juramento hipocrático que nos pide proteger la confidencialidad de nuestros pacientes. En nuestro caso priorizamos la atención de emergencias porque entendemos que la vida es primero”, señaló.

Desde que el aborto terapéutico entró en vigencia, la organización Católicas por el Derecho a Decidir (CDD) ha visitado diversos centros de salud de Ayacucho, Lambayeque, Lima y Ucayali para capacitar al personal médico y asistencial en su aplicación. Melissa Sánchez, del equipo de incidencia, recuerda que en estas charlas la principal duda era saber en qué momento debían llamar a la Policía para denunciar un aborto, o si igual debían hacerlo cuando se trataba de violaciones sexuales o agresiones físicas. También confirmó que, como la formación de las obstetras está orientada a la protección del recién nacido, muchas de ellas no pueden desvincular sus emociones, creencias y valores cuando se habla de estos hechos.

“Una de las capacitaciones más difíciles que tuvimos fue en Lambayeque. Coordinamos un taller con los jefes de departamentos médicos de ginecología y obstetricia de un hospital de la capital. No les interesó saber sobre aborto terapéutico, porque para ellos la guía de aplicación no tiene respaldo legal ni ético, y porque el feto es el que debe llegar a término. Nos dijeron que están formados para salvar vidas. No nos escucharon”, recuerda Sánchez. 

A Laura, una adolescente cusqueña de 17 años, ser sentenciada por aborto casi le cuesta su futuro. La condenaron a servicios comunitarios, pero registrar antecedentes era causal para perder la Beca18 que había logrado.

Para Ivonne Macassi, Coordinadora de derechos humanos del Centro Flora Tristán, la indefensión de estas niñas y adolescentes comienza en la atención médica, continúa en el sistema judicial y a veces persiste tras la condena. “Toda la cadena de atención se aprovecha de que las menores no conocen sus derechos. Son acorraladas por médicos y asistentes sociales; las interrogan de inmediato, a ellas y a sus madres, sin importar su estado emocional; no les dan oportunidad de un abogado y las dejan con el estigma social de haber afrontado un juicio”, dijo.

El estigma tiene consecuencias. A Laura, una adolescente cusqueña de 17 años, ser sentenciada por aborto casi le cuesta su futuro. Ella dejó la comunidad campesina donde vivía, sin luz, agua ni carreteras, porque ganó un cupo de estudios en Beca 18, en Lima. Para sus padres, que proceden de una larga tradición de agricultores, Laura es la esperanza para salir de la pobreza. Por eso, cuando quedó embarazada de su enamorado, ella compró las pastillas abortivas por Internet. La condenaron a servicios comunitarios, pero registrar antecedentes era causal para perder la beca.

Su abogada apeló y logró demostrar ante la Corte Superior de Lima que hay factores atenuantes que deben considerarse: Laura desconocía que abortar era un delito, porque en su comunidad más de una señora lo ha hecho, y porque su condición social y familiar le habían impedido acceder a educación sexual e información sobre embarazos.

Laura consiguió la remisión de su caso. No se sabe cuántas menores lo logran ni cuántas otras fueron sentenciadas. El Poder Judicial no clasifica su data por edades. Lo que es seguro es que las adolescentes en esta situación se debaten entre morir por las secuelas o sumergirse en esta vorágine judicial.

 

Ilustración: Jugo Gástrico_Rocío Urtecho

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Este reportaje es parte de #NiñasNoMadres, la primera conversación regional sobre el impacto del embarazo forzado de niñas en América Latina. Una alianza entre OjoPúblico (Perú), GK y Wambra Medio Digital Comunitario (Ecuador), Mutante (Colombia), Nómada (Guatemala) y Managua Furiosa (Nicaragua).
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