IMPUNIDAD. La defensa legal de la familia de Trvko buscará que la investigación incluya a los mandos superiores de la Policía Nacional.

Caso Trvko: acusación fiscal ignora responsabilidad en cadena de mando policial por el asesinato del joven rapero

Caso Trvko: acusación fiscal ignora responsabilidad en cadena de mando policial por el asesinato del joven rapero

IMPUNIDAD. La defensa legal de la familia de Trvko buscará que la investigación incluya a los mandos superiores de la Policía Nacional.

Foto: OjoPúblico / Gabriel García Barandiarán

La fiscal Fara Cubillas Romero ha presentado el requerimiento acusatorio contra el policía Luis Magallanes Gaviria por el asesinato del rapero Eduardo Mauricio Ruiz Sanz. La defensa legal de los deudos cuestiona que no se incluya a los mandos superiores de la Policía Nacional. Las evidencias recabadas hasta el momento por la Fiscalía no prueban que había órdenes expresas de no portar armas en los operativos desplegados en la manifestación contra el gobierno de José Jerí y el Congreso.

17 Mayo, 2026

El 15 de octubre de 2025, cerca a la medianoche, el joven rapero Eduardo Mauricio Ruiz Sanz, conocido como Trvko, fue asesinado por el suboficial de tercera Luis Michael Magallanes Gaviria, a unos metros de la Plaza Francia, en el Centro de Lima. El policía, vestido de civil, estaba infiltrado en la manifestación contra el gobierno de José Jerí y el Congreso, como parte del despliegue policial para contener posibles disturbios. Siete meses después, la investigación del caso no incluye a la cadena de mando policial involucrada en la planificación del operativo. 

El cuarto despacho de la Segunda Fiscalía Penal Corporativa de Cercado de Lima presentó, el pasado 6 de mayo, la acusación contra Magallanes Gaviria por homicidio simple, un delito penado con un mínimo de seis años de cárcel y máximo con 20 años. En este caso, el Ministerio Público ha pedido 10 años y 8 meses de prisión para el policía investigado. 

La acusación de la fiscal provincial Fara Teodolinda Cubillas Romero, interpuesta ante el 15 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de Lima, se centra únicamente en las evidencias contra el suboficial Magallanes Gaviria, quien era investigador de la División de Secuestros y Extorsiones (Divise) de la Policía Nacional del Perú (PNP). Magallanes llegó a dicha unidad el 1 de agosto de 2025, dos meses y medio antes del crimen de Trvko. 

ACUSACIÓN. El requerimiento acusatorio de la fiscal Fara Cubillas no incluye a los mandos superiores de la PNP. 
Captura del requerimiento acusatorio

 

La imputación fiscal, a la que OjoPúblico tuvo acceso, contiene los planes operativos de la PNP, en los que se detallan objetivos "para realizar servicio de inteligencia, intervención y captura"; los registros de las cámaras de seguridad que muestran el contexto en el que Magallanes Gaviria disparó; el informe pericial que halló residuos de disparo por arma de fuego en sus manos; y el acta de necropsia que determina que Trvko murió por un proyectil de arma de fuego.

La acusación de la fiscal Cubillas Romero también incluye una copia certificada del cuaderno de cargo de armas de fuego de la Divise, suscrito por el coronel Franco Moreno Panta, entonces jefe de esta división. Este documento revela que Magallanes Gaviria no dejó su arma en su base en la jornada del 15 de octubre.

DUDAS. La defensa legal de la familia de Trvko sostiene que no hay evidencias de que los mandos superiores de la PNP ordenaron no llevar armamento a la manifestación. 
Capturas del requerimiento acusatorio

 

Según la fiscalía, existe un documento policial que mostraría que se ordenó no llevar armas de fuego a las operaciones desplegadas el día de la manifestación. Se trata de una notificación firmada por el comandante PNP Luis Alberto Prado Mancilla, jefe de administración de la Divise, en la que se señala que los agentes debían “encontrarse el día 15 de octubre del 2025, a las 14:00 horas en la Unidad de Servicios Especiales (...), con ropa de trabajo y chaleco característico DIRINCRI PNP, sin armamento”. 

Sin embargo, para el abogado Julio Arbizu González, defensor legal de la familia de Trvko, no existen evidencias de una orden superior para no portar armamento ese día. 

“Si esa orden existió, no está contenida en ninguno de los protocolos oficiales a los que hemos tenido acceso. Los suboficiales han señalado enfáticamente que, en algunos casos, no llevaron las armas de rigor, pero en otros no había ningún tipo de comunicación en el sentido de que no las llevaran”, explicó el abogado del estudio Arbizu y Gamarra a OjoPúblico.

De hecho, Magallanes Gaviria no fue el único policía armado ese día. Los videos de las cámaras de seguridad de los alrededores de la plaza Francia mostraron que, tras el asesinato de Trvko, otro agente se acercó a la escena, sacó su arma y realizó disparos al aire. 

 

ARMADO. El suboficial de tercera PNP Omar Saavedra reconoció que también portó su arma en la jornada del 15 de octubre de 2025. 
Foto: Captura del requerimiento acusatorio. 

 

Se trata del suboficial de tercera PNP Omar Raúl Saavedra Bautista, quien integró el mismo equipo policial que Magallanes Gaviria. En su declaración como testigo ante la Fiscalía, Saavedra Bautista reconoció haber usado su arma durante la manifestación.

“Ese día para tal servicio, me encontraba vestido con ropa de trabajo civil (...) portaba ese día mi arma de fuego de mi propiedad (...), el cual lo llevaba en la parte delantera interior en mi cintura con su funda color negro”, declaró Saavedra Bautista a la Fiscalía. “La noche del 15 de octubre de 2025 efectué dos disparos disuasivos al aire con la finalidad de que se dispersen las personas”, continuó. 

Tras el asesinato del rapero peruano, OjoPúblico advirtió contradicciones en las declaraciones que los suboficiales Luis Magallanes y Omar Saavedra dieron a la Fiscalía. Mientras que Magallanes sostuvo que había hecho uso de su arma cuando estaba fuera de servicio y que luego se la robaron, Saavedra aseguró que los hechos ocurrieron cuando estaban en actividad. 

 

Caso está en una fiscalía penal común 

La investigación por el asesinato de Trvko empezó en la Tercera Fiscalía Especializada en Derechos Humanos, a cargo del fiscal provincial Roger Yana Yanqui, quien indagaba el caso bajo el delito de homicidio calificado con alevosía en el contexto de violaciones a los derechos humanos. Sin embargo, tras presiones políticas del Congreso y judiciales a través de la defensa legal del policía investigado, el caso pasó por varios despachos y terminó en una fiscalía penal común.

Una de las primeras acciones legales concretas sobre la investigación del crimen ocurrió el 24 de octubre. El fiscal Yana Yanqui logró que el Poder Judicial dictara siete días de detención preliminar contra el suboficial Magallanes Gaviria. En respuesta, el abogado del policía investigado, Stefano Miranda Champac, denunció al fiscal y al juez Abel Ángel Centeno Estrada, quien dictó la detención preliminar, por los supuestos delitos de prevaricato y detención ilegal. 

El congresista Fernando Rospigliosi Capurro, de Fuerza Popular, se sumó al discurso del abogado del suboficial y  acusó de “prevaricadores” al fiscal y al juez.

SILENCIO. Trvko murió a los 32 años. En la foto, el lugar exacto donde cayó acribillado por un proyectil de arma de fuego.
Foto: OjoPúblico / John Reyes
 

Tras las presiones políticas y judiciales, el fiscal Roger Yana cambió la tipificación del delito de homicidio calificado con alevosía a homicidio simple culposo, se inhibió del caso y lo derivó a una fiscalía penal común. 

A inicios de noviembre, un mes y medio después del asesinato, la investigación llegó a la fiscal provincial Fara Cubillas Romero, de la Segunda Fiscalía Penal Corporativa del Cercado de Lima. Sin embargo, la magistrada determinó que el caso consistía en una violación a los derechos humanos y lo envió a la Tercera Fiscalía Supraprovincial Especializada en este tipo de crímenes. 

Dos semanas después, la investigación fue enviada al Equipo Especial de Fiscales para Casos con Víctimas en Protestas (Eficavip) —creado en abril de 2023 en el contexto de asesinatos durante las protestas contra el gobierno de Dina Boluarte— , pero la fiscal superior Lilly Gelacio Llontop lo rechazó porque su despacho solo tenía asignada la investigación de las muertes en las marchas ocurridas entre diciembre de 2022 y enero de 2023. 

IMPUNIDAD. La fiscal Lilly Gelacio resolvió enviar el caso de Trvko a una fiscalía penal común. 
Captura de la resolución de la fiscal Gelacio Llontop

 

El caso de Trvko volvió a ser cambiado y llegó a la Segunda Fiscalía Suprema Penal, a cargo de Patricia Benavides. Ella tampoco se quedó con el caso y, el 5 de enero de 2026, tres meses después del asesinato del rapero, lo devolvió a la fiscal superior Gelacio Llontop, de Eficavip, y le ordenó que decidiera sobre el destino de la investigación.

Siete días después, la fiscal superior resolvió enviar el caso al despacho de la fiscal provincial Fara Cubillas Romero para delitos comunes porque “no existe evidencia de una ejecución extrajudicial, tortura ni desaparición forzada”, ni “indicios de política institucional de represión”, sino solo “un disparo de arma de fuego de puño (...) individual, aislado y no sistemático”. 

Así, finalmente retornó a manos de Fara Cubillas, quien ahora formula acusación por homicidio simple sin abordar la participación de la cadena de mando policial, pese a que en noviembre pasado había considerado que el caso no debía tratarse como un “hecho aislado o completamente ajeno a su función policial”.

 

Una investigación incompleta 

Tras presentarse la acusación fiscal por el delito de homicidio simple, lo fundamental será probar que el policía investigado, Luis Magallanes, tuvo intencionalidad de matar a Trvko, apunta el defensor legal de los deudos.

“Lo más importante va a ser sostener que este ha sido un homicidio doloso, que había consciencia y voluntad”, dice el abogado Julio Arbizu. “Magallanes es un miembro de la Policía entrenado en el uso de armas, que tenía que haber estado sin su arma, que tenía certeza de lo que iba a provocar al disparar al suelo, en dirección a una aglomeración de personas. Para nosotros, es absolutamente claro que hay un componente doloso”, indicó a este medio.

Sin embargo, Arbizu explicó que la acusación fiscal deja fuera a los mandos superiores de la PNP que definieron los protocolos y las órdenes que el personal debía seguir el día de la marcha.

“¿Por qué estuvo ahí?, ¿cómo es que estuvo armado?, ¿por qué actuó fuera de los protocolos, si es que los había?, ¿a quién obedeció?”. Ese tipo de cosas no se han investigado. El gran problema es que, en la medida en que solamente se investigue la actuación de un solo sujeto, no importará la cadena que sigue y la responsabilidad de sus superiores”, señaló Arbizu González.

La defensa legal de la familia de Trvko está evaluando pedir al Poder Judicial que amplíe la investigación hacia los superiores del policía Luis Magallanes.

MEMORIA. Mauricio Ruiz Sanz era miembro de SMP 031, un colectivo de músicos de hip hop y grafiteros. Era cantante y tenía, junto a su hermano, un estudio de grabación.
Foto: OjoPúblico / Gabriel García
 

En conferencia de prensa, el padre de Trvko, Roger Ruiz Torres, también expresó su reclamo de investigar la cadena de mando policial. 

“No solo compete al señor Magallanes, que asesinó a mi hijo, sino también a los altos mandos, porque ese policía no pudo estar solo por su propia cuenta. Quiero que sean juzgados los altos mandos que dieron la orden de que (Magallanes) esté ahí”, dijo.

En febrero de 2023, el entonces gobierno de Dina Boluarte designó un bono para los familiares de los manifestantes asesinados en las protestas sociales de 2022 y 2023.

Según el abogado Julio Arbizu, a fines de 2025, un funcionario del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos se acercó a la familia del rapero asesinado para ofrecerle la posibilidad de entregarle un bono. Sin embargo, semanas después, el mismo funcionario le comunicó que el entonces primer ministro Ernesto Álvarez había denegado la entrega del beneficio económico.

OjoPúblico buscó la versión del expremier de José Jerí, pero no obtuvo respuesta.

Mientras la investigación por la muerte de Trvko se limita a un solo responsable, el policía acusado, que se encuentra con impedimento de salida del país, ha sido enviado en comisión de servicio a Loreto, según información del estudio Arbizu y Gamarra.

 

Municipalidad de Lima no entrega información

En el marco de las investigaciones por la muerte de Trvko, el 20 de octubre de 2025, la periodista de OjoPúblico Milagros Berríos solicitó a la Municipalidad Metropolitana de Lima, a través de un pedido de acceso a la información pública por Ley de Transparencia, las grabaciones de las cámaras de seguridad ubicadas en diversas cuadras de los jirones Belén y Camaná, la avenida Uruguay y Garcilaso de la Vega, entre otros.

Sin embargo, 10 días después, el municipio se negó a proporcionar la información. Entre sus argumentos, apeló a un informe del Centro de Control de Operaciones (Cecop), que señala que las imágenes, videos o audios captados por las cámaras en bienes de dominio público no son de acceso público y configuran información confidencial.

OjoPúblico apeló esta decisión, en noviembre de 2025, ante el Tribunal de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Para ello, se tomó en cuenta, entre otros puntos, que el mismo municipio difundió de manera pública imágenes de sus cámaras de seguridad y que, de acuerdo con una opinión consultiva del referido tribunal, la información relacionada con una presunta violación de derechos humanos cometida por el Estado o sus agentes no puede ser clasificada.

Según la Municipalidad de Lima, las imágenes, videos o audios captados por las cámaras en bienes de dominio público no son de acceso público y configuran información confidencial.

En enero de 2026, el Tribunal declaró fundado el recurso y ordenó al municipio de Lima entregar la información. Le otorgó un plazo máximo de siete días hábiles para acreditar el cumplimiento de lo dispuesto.

No obstante, el último 11 de mayo de 2026 —casi siete meses después de la solicitud inicial y tras la decisión del Tribunal de Transparencia—, la municipalidad finalmente concluyó que no era posible atender el requerimiento. En su respuesta sostuvo que “la fecha del suceso ha excedido el tiempo de almacenamiento de las imágenes” y añadió que los grabadores del Cecop cuentan con una capacidad de almacenamiento de 45 días.

De esta manera, pese al largo proceso y a la decisión del Tribunal de Transparencia, el municipio limeño, a cargo de Renzo Reggiardo, impidió el acceso a material que brindaría mayor claridad sobre el caso Trvko.

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