VIOLENCIA. Entre 2018 y 2022, 15 personas murieron y más de 200 resultaron heridas en la represión a diferentes protestas, sin considerar las que iniciaron en diciembre último.

Impunidad policial: solo 14 agentes sancionados por abuso de la fuerza entre 2018 y 2022

Impunidad policial: solo 14 agentes sancionados por abuso de la fuerza entre 2018 y 2022

VIOLENCIA. Entre 2018 y 2022, 15 personas murieron y más de 200 resultaron heridas en la represión a diferentes protestas, sin considerar las que iniciaron en diciembre último.

Foto: OjoPúblico / Renato Pajuelo

A pesar del elevado número de muertos y heridos en las protestas y conflictos sociales registrados en Perú durante los últimos cinco años, la cantidad de policías sancionados en primera instancia por el uso excesivo de la fuerza es reducida: solo 14, entre 2018 y 2022. En ese mismo tiempo, 15 personas murieron y más de 200 resultaron heridas en la represión a protestas previas a las iniciadas en diciembre último. Hay otras sanciones, por negligencia en sus funciones, disparos indebidos, maltrato a detenidos, incumplimiento de planes operativos y tortura a detenidos —todas ellas comunes en contexto de represión y que recayeron, sobre todo, en rangos bajos—. Sin embargo, estas faltas representan apenas el 3,7% de las 24.653 sanciones impuestas por la Inspectoría General de la Policía en ese periodo.

25 Junio, 2023

A pesar de las evidencias del uso desproporcionado de la fuerza por parte de policías y militares en las protestas contra el actual gobierno de Dina Boluarte y el Congreso, hasta finales de mayo de este año, la Inspectoría General de la Policía informó que solo había abierto formalmente un proceso administrativo disciplinario contra un efectivo por estos hechos. La información se la proporcionó a la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH).

Sin embargo, una investigación de OjoPúblico expone ahora que, en el largo plazo, la Policía tampoco ha impulsado amplias investigaciones e impuesto sanciones drásticas a todos los responsables por las muertes y heridos en las decenas de conflictos sociales y protestas registradas durante los últimos cinco años. 

Entre 2018 y 2022, la institución policial solo sancionó a 14 policías por el uso excesivo de la fuerza (falta grave), a pesar de que en esos años —y antes de que iniciaran las recientes protestas— 15 personas murieron durante la represión en conflictos sociales y más de 200 quedaron heridas, según los reportes de la CNDDHH.

OjoPúblico construyó y analizó —a partir de reportes entregados en respuesta a insistentes pedidos de accesos a la información pública— una base de datos con 24.653 sanciones policiales registradas entre 2018 y 2022. La información corresponde a todos procesos administrativos que culminaron en sanción en ese tiempo, llevados a cabo por la Inspectoría General.

El análisis de la base de datos también permite establecer que otro grupo de policías fue sancionado por negligencia en sus funciones y disparos indebidos. En estos casos, la mayoría de los castigos recayó en rangos bajos. 

Asimismo, hay sanciones —aunque escasas— por maltrato a detenidos y por realizar actos de tortura a detenidos. El incumplimiento a los procedimientos establecidos en los planes de operaciones, por último, abarca a distintos rangos. En conjunto, estas seis infracciones representan apenas el 3,7% de los casos que terminaron en sanción.  

De los 14 policías sancionados por uso desproporcionado de la fuerza en esos cinco años, ocho fueron suspendidos durante un año de su puesto (“cargo a disponibilidad”), y otros tres, por seis meses. A los demás los suspendieron por pocos días. Ninguno recibió una sanción más firme, como el pase al retiro.

Los efectivos sancionados fueron tres suboficiales de segunda, ocho de tercera, dos suboficiales brigadieres y un alférez. Ninguno de ellos ocupaba un puesto de mando.

Los reportes analizados no incluyen casos relacionados a las protestas registradas entre diciembre de 2022 y marzo de este año. Esa información también fue solicitada por este medio, pero Inspectoría informó que no podían entregar datos sobre procesos disciplinarios que se encontraban aún en etapa preliminar, y no habían iniciado formalmente.

Las muertes de los 15 ciudadanos descritos ocurrieron durante el paro agrario (2018, dos fallecidos), en las movilizaciones en Puno en contra de la erradicación de la hoja (2019, dos muertes), en la protesta indígena en Loreto contra la empresa Petrotal (2020, tres fallecidos), las marchas del 14 de noviembre contra el breve régimen de Manuel Merino (2020, dos fallecidos), el paro agrario (2020, tres personas), y el paro de transportistas y agricultores (2022, tres fallecidos).

Ninguna de las 14 sanciones por el uso desproporcionado de la fuerza corresponde a los hechos de 2020, año en el que se produjeron la mayor cantidad de fallecidos producto de la represión policial a protestas ciudadanas, antes de la crisis política y social de diciembre de 2022, que marcó el periodo de más violencia del Estado contra los ciudadanos desde la recuperación de la democracia en Perú.

 

Opacidad en la información policial

 

La base de datos de sanciones construída por OjoPúblico contiene información oficial de expedientes administrativos en primera instancia, pues la segunda —y definitiva— está a cargo del Tribunal Disciplinario Policial, adscrito al Ministerio del Interior. 

La información entregada por el área de Transparencia y Acceso a la Información de la Policía es incompleta: no detalla, por ejemplo, si la sanción corresponde a un hecho ocurrido durante la represión de una protesta. Por lo tanto, los eventos que ocasionaron las penalidades podrían ser diversos. 

Fuentes especializadas consultadas para este informe mencionaron que las infracciones más comunes en procesos disciplinarios iniciados tras abusos durante la contención de una manifestación son: el uso desproporcionado de la fuerza, el incumplimiento de los planes y órdenes de operaciones, uso indebido del armamento, negligencia en el ejercicio de las funciones con lesiones graves o la muerte, maltrato a los detenidos y la infracción por tortura.

 

Sanciones por negligencia y otras faltas comunes en contextos de represión

 

Además de los 14 policías sancionados directamente por uso desproporcionado de la fuerza, OjoPúblico encontró que, en los últimos cinco años, la Inspectoría de la PNP sancionó a 68 policías, en su mayoría suboficiales de segunda y tercera, por negligencia en el ejercicio de sus funciones y, por ello, haber ocasionado lesiones graves o la muerte.

Aunque esta infracción podría tener relación con hechos ocurridos durante las represiones a protestas que culminaron con muertos y heridos en ese periodo, no es posible afirmarlo, pues, la información entregada por la Policía es incompleta.

Según la CNDDHH, entre 2018 y 2022, además de los 15 fallecidos se reportaron más de 200 heridos, sin considerar las últimas protestas. En muchos casos, las pruebas —sobre todo fotos y vídeos— presentadas por familiares y abogados de los deudos evidencian un actuar negligente de los efectivos del orden. 

La mayoría de los sancionados por negligencia en sus funciones corresponden a suboficiales (59 casos). No obstante, por esta infracción fue penalizado también un coronel, un comandante, un mayor, tres capitanes, un teniente y un alférez de la Policía.

En el mismo periodo, por utilizar indebidamente el armamento o efectuar disparos sin causa justificada, fueron sancionados 82 suboficiales de la policía.

Esta infracción —tipificada como falta grave— tiene una sanción de entre seis y 10 días de rigor. Es decir, la prohibición de salir de las instalaciones policiales. 

Por esta falta, 66 de los 82 efectivos sancionados recibieron una pena de cuatro a 33 días de rigor. No obstante, siete casos recibieron como castigo el pase al retiro, lo que significa el despido formal de la institución. En otros dos casos se determinó un año de disponibilidad y, en dos más, la misma sanción, pero por seis meses.

Por otro lado, solo 40 policías fueron sancionados por la infracción de maltrato a detenidos. De estos, 26 recibieron como sanción entre seis y 10 meses de su cargo a disponibilidad y tres efectivos fueron pasados al retiro.

Por realizar actos de tortura a detenidos, considerada como una falta muy grave, solo se registra a un efectivo sancionado con el pase al retiro en los últimos cinco años, por un caso ocurrido en 2018. La pena fue impuesta a un suboficial técnico de segunda.

Otra de las infracciones identificadas en la base de datos corresponde al incumplimiento de los procedimientos establecidos en los planes de operaciones, órdenes u otros documentos relacionados al servicio policial. Con esta infracción se sancionaron a 710 policías entre 2018 y 2022. 

La mayor cantidad de casos son del año 2021, con 203 sanciones, mientras que, en el 2020, se registró la menor cantidad: 33. 

Con respecto a los cargos, 640 sanciones fueron a suboficiales —los rangos más bajos—, 12 a tenientes y 10 a alférez, de nivel intermedio. En los puestos más altos, en paralelo, se encuentran siete coroneles, 14 comandantes, 18 mayores y nueve capitanes.

Sobre las sanciones por incumplimiento de procedimientos y manuales, 132 fueron pasados al retiro, uno fue enviado a dos años de disponibilidad, otro a un año y medio, y 85 a un año de disponibilidad. En paralelo, 23 efectivos fueron enviados a entre siete y 10 meses de disponibilidad, 251 a seis meses a disponibilidad, y 150 policías recibieron días de rigor como sanción.

 

Sanciones, corrupción y espíritu de cuerpo

 

Consultado sobre las escasas sanciones a pesar de la gran cantidad de denuncias de abuso policial registradas en los últimos años, el exministro del Interior y general PNP en retiro, Cluber Aliaga, señaló que se “tiene que ver si la investigación en Inspectoría ha sido la adecuada o no, pues hay casos en el que los culpables salen como inocentes. Ese es un problema en Inspectoría. O, a veces, les ponen faltas más veniales”, dijo a OjoPúblico.

El exministro del Interior y coronel PNP en retiro, Alfonso Chávarry, mostró una postura similar. “La Inspectoría debe actuar sin parcialidad porque, efectivamente, hay malos elementos que cometen faltas muy graves y no puede haber compañerismo ni espíritu de cuerpo. A estos señores se les tiene que aplicar la sanción drástica, sacarlos de la institución, pues manchan el prestigio de la Policía”, señaló.

Sobre el espíritu de cuerpo al interior de la institución policial, Chávarry señala: “Yo no estoy de acuerdo con eso (...) Personal que cruza la línea o pasa al otro lado, ya no es policía, y se convierte en delincuente. Así que, con ellos, no debe haber contemplaciones. Ahí les debe caer la sanción que corresponda”, resaltó.

Policía

CORRUPCIÓN. Exministros del Interior señalaron que la corrupción está presente en todas las instituciones del Estado. 
Foto: OjoPúblico / Cristofer Hizo

 

Uno de los desafíos para enfrentar la impunidad en la Policía tiene que ver con la lucha contra la corrupción. En esa línea, el general PNP en retiro, Cluber Aliaga, afirmó que existe corrupción a nivel de Inspectoría, que debe eliminarse con una nueva reforma del régimen disciplinario.

“No hay espíritu de cuerpo, lo que existe es corrupción. Si tu eres un mal policía, y estás dispuesto a arreglar tu problema con malos funcionarios de Inspectoría, seguro saldrás como inocente. Yo conozco casos de arbitrariedades tremendas en Inspectoría”, sentenció.

 

Tipos de infracciones en la Policía

 

Los procedimiento administrativos disciplinarios (PAD) se inician cuando los efectivos policiales, de cualquier rango, infringen las normas internas de la Policía.

El Decreto Legislativo 30714, que actualmente regula el régimen disciplinario de la PNP, establece que existen 223 infracciones, divididas en tres tipos: leves (52), graves (57) y muy graves (114). Este reportaje solo hace referencia a las dos últimas.

En el Decreto Legislativo N° 1150 —que rigió entre diciembre de 2012 y diciembre de 2016, durante el gobierno del expresidente Ollanta Humala— las infracciones analizadas para este reportaje estaban incluidos en el grupo de infracciones graves. 

Posteriormente, con el Decreto Legislativo N° 1268, promulgado en el gobierno de Pedro Pablo Kuczynski y que estuvo vigente entre diciembre de 2016 y diciembre de 2017, pasaron a ser consideradas infracciones muy graves.

El más reciente de todos ellos —el Decreto Legislativo N° 30714, aprobado en diciembre de 2017, en la última parte del gobierno de Kuczynski— mantuvo la mayoría de las infracciones analizadas en la tipificación de muy graves. Solo la infracción por el uso indebido del arma se mantiene como falta grave desde 2004.

Inspectoría solo investiga a un oficial por lo ocurrido en las últimas protestas"

La importancia de la tipificación radica en la sanción. Las faltas graves van de seis a 15 días de rigor, mientras que las faltas muy graves reciben sanciones de seis meses a un año del cargo a disponibilidad. La magnitud de la sanción origina que el oficial penado tenga menos posibilidades de ascender en la carrera policial. 

Las infracciones graves y muy graves son investigadas por el personal de la Inspectoría de PNP, a través de sus diversas subunidades: Oficinas Disciplinarias, establecidas en cada una de las principales dependencias policiales en el ámbito nacional; las Inspectorías Descentralizadas, ubicadas en cada región del país; las Inspectorías Macro Regionales, ubicadas en ciertas regiones, pero con atención nacional, y por el inspector general de la PNP.

Existen dos instancias en el proceso administrativo disciplinario: la primera se da en Inspectoría PNP, y la segunda y definitiva corresponde al Tribunal Disciplinario Policial, entidad autónoma conformada por civiles y policías, que responde al ministro del Interior. 

Policía

IMPUNIDAD.La Inspectoría informó que hasta el momento solo ha iniciado un proceso disciplinario a un efectivo policial.
Foto: OjoPúblico / Luis Javier Maguiña

 

Con respecto al procedimiento, todo proceso disciplinario inicia con una etapa de acciones previas, que dura 30 días. En esta fase, se recoge toda la información posible para sustentar el inicio de un proceso sancionador. Al culminar, el órgano disciplinario decide la apertura o el archivo del proceso. 

En caso se decida iniciar con el proceso administrativo disciplinario, este consta de dos etapas y plazos que dependen del tipo de infracción. 

Para los casos graves, la etapa de investigación es llevada por las Oficinas de Disciplina por un plazo máximo de 20 días. Posterior a eso, el legajo es entregado a la Inspectoría Descentralizada, que tiene 20 días para revisarlo. 

En esta etapa, la Inspectoría Descentralizada puede solicitar 10 días extras para que se complete el proceso de investigación, si considera que debe reforzar la misma antes de tomar una decisión en primera instancia. Finalmente, en caso haya apelación, la Inspectoría Macro Regional tiene 15 días para tomar una decisión en segunda instancia. 

En los procesos de infracciones muy graves, la etapa de investigación dura 35 días hábiles. Pero, en casos complejos, la norma permite que sea por un período de 50 días. Posteriormente, se envía el expediente a la Inspectoría Descentralizada, entidad que tiene 35 días para tomar una decisión en primera instancia. 

En este grupo, la segunda y última instancia es el Tribunal de Disciplina Policial. 

Desde el 2012, el régimen disciplinario policial también lo conforman civiles"

Sin embargo, estos plazos no siempre se cumplen, advierte el exministro del Interior Wilfredo Pedraza. “Lo que ha pasado es que la carga procesal ha ido sumando y eso relativiza el tiempo. Tampoco pueden demorarse más de un año porque las sanciones administrativas también prescriben. Por lo que sé, se demoran entre cuatro y cinco meses”, indicó.  

De los 915 casos analizados entre 2018 y 2022, siete han prescrito. Todos ellos son por contravenir los planes operativos y las normativas policiales.

Para el exministro del Interior, Cluber Aliaga, el régimen disciplinario policial actual es muy burocrático, pues intenta asemejarse al proceso penal que se sigue en el Ministerio Público. 

“La ley de régimen disciplinario no es la más adecuada porque mezcla aspectos que son propios del proceso penal. Son trámites engorrosos. Los procesos deben ser rápidos”, resaltó.

El Decreto Legislativo N° 30714 establece que la Oficina de Asuntos Internos de la Oficina General de Integridad Institucional del Ministerio Interior está facultada para investigar casos “extraordinarios” por infracciones graves o muy graves. Además, es la encargada de investigar a los jefes policiales o a los policías de cualquier rango, sobre todo cuando están involucrados en casos mediáticos y se requiere una pronta respuesta política del ministro.

Fuentes consultadas por OjoPúblico informaron que en esta área se está investigando los casos de generales involucrados en las últimas protestas, entre ellos el general PNP Luis Jesús Flores Solís, exjefe del Frente Policial de Apurímac, y el coronel Antero Mejía Escajadillo, exjefe de la Macro Región Policial de Ayacucho.

Este medio solicitó una entrevista con Inspectoría de la PNP y con la oficina de Asuntos Internos pero, desde el área de prensa de la Policía y del Ministerio del Interior, no atendieron el pedido. 

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