La libertad de expresión frente a la protección de datos personales.

El periodismo no olvida

El periodismo no olvida

La libertad de expresión frente a la protección de datos personales.

Captura de video.

La ley de protección de datos personales, creada el 2013 para proteger la información del ciudadano del uso indebido por parte de compañías (telefónicas, bancos, clínicas y call centers, entre otras), se ha convertido ahora en una peligrosa herramienta para censurar el contenido de medios digitales y otras plataformas que posibilitan la lucha contra el crimen organizado en Perú.

12 Febrero, 2019

Un investigado por tráfico de drogas a nivel internacional, otro con antecedentes por crimen organizado y un sindicado como testaferro de grupos delictivos; junto a un polémico exministro de Estado y un expresidente de la Corte Suprema, han convertido a la importante Ley de Protección de Datos Personales (LPDP), creada durante el gobierno de Alan García (2011), en una herramienta peligrosa para censurar a las plataformas digitales de los medios de comunicación y a otras que promueven la transparencia en la lucha anticorrupción.

OjoPublico –en el marco de una investigación sobre el impacto del llamado ‘Derecho al olvido’, como en algunos países conocen a ciertos principios de la protección de datos personales– detectó en los últimos años un aumento en las demandas contra los medios de comunicación por la presunta infracción de dicha ley y su potencial como amenaza inminente para la libertad de información del periodismo, casi al mismo nivel que las denuncias por difamación en la vía penal.

Si bien los principios de la protección de datos se remontan a años atrás, recién en el 2014 el ‘Derecho al olvido’ comenzó a sonar fuerte en Perú y Latinoamérica. Aquel año, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) dictó una resolución histórica favor de dichas normas y concluyó que los motores de búsqueda en Internet, frente a cualquier demanda en los 28 países de dicha jurisdicción, están obligados a retirar los enlaces de terceros si se comprueba que son perjudiciales e irrelevantes para el demandante.

CENSURA. La dirección de datos personales en la gestión de José Álvaro Quiroga emitió esta resolución en el caso de un postulante a magistrado que buscaba cancelar sus antecedentes en el Ministerio Público.
Captura: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

Desde entonces, la ley peruana de protección de datos personales –necesaria ya que fue creada para defender al ciudadano del mal uso de información personal por parte de empresas privadas (compañías de telefonía, bancos, clínicas y call centers)– ha sido aprovechada también para denunciar a medios, plataformas privadas y entidades del Estado que administran bases de datos necesarias para el periodismo. Los enemigos de la libertad de información, bajo la cubierta del legítimo derecho a la intimidad, hoy presentan un nuevo desafío para la prensa en tiempos de Internet.

El impacto de dicha norma se sintió en Perú el 2015. Aquel año, ya reglamentada la ley nacional y con el precedente de la UE, las redacciones de los medios de Lima y otras regiones del país empezaron a recibir cartas notariales por parte de personajes que eran objeto de atención pública en el marco de su labor informativa. El pedido de las misivas –aun para periodistas curtidos en demandas penales por difamación– era inusual, pero amenazante: o eliminaban de su página web contenido presuntamente agraviante y se rectifican o serían denunciados en la vía judicial y administrativa.

Algunos medios lo hicieron, otros no. Lo cierto fue que empezaron a llover denuncias en el Poder Judicial y la Dirección de Protección de Datos Personales del Ministerio de Justicia (Minjusdh) contra organizaciones de noticias o portales de transparencia del Estado. De las demandas en la vía judicial, no se conoce la cantidad exacta de Hábeas Data interpuestos para retirar contenido de Internet (recurso habitualmente usado por el periodismo en temas de transparencia). En el caso de la autoridad administrativa, OjoPublico elaboró un preocupante estimado preliminar que hoy publicamos.

ALERTA. La ley de datos personales es importante y necesaria para evitar el mal uso de información personal, pero también viene siendo usada por personas que buscan censurar contenido de interés público en Internet.
Video: Apus con la colaboración de Elizabeth Salazar.

 

Amenaza contra la libertad de información

Entre 2013 y 2018, el ente encargado del tema en el Minjus inició más de 270 procesos contra empresas y entidades públicas, ya sea por denuncias o investigaciones de oficio. Del total, el 79% se abrió contra compañías (bancos, telefónicas y clínicas, etc.) por mal uso de los datos privados de los ciudadanos; mientras el 21% restante se inició contra medios y blogs, sectores del Estado que velan por la transparencia en la lucha contra el crimen organizado; contra plataformas que promueven la difusión de bases de datos estatales, que siendo de libre acceso, están restringidas al gran público, y motores de búsqueda como Google.

En aquel 21% fueron incluidos como denunciados 10 medios; 18 entidades del Estado (y sus bases de datos de antecedentes judiciales, penales, junto a páginas de transparencia de visitas a funcionarios); ocho plataformas que aseguran acceso fácil a datos públicos; cinco blogs que abordan diferentes temas; y Google, el motor de búsqueda más popular del mundo. Aunque la autoridad de datos, no emitió sanción en todos los casos de ese 21% (multas o retiro de contenido de Internet), si preocupa la tendencia en la cantidad de procesos detectados desde 2013.

De los 10 medios –incluidos en 18 procesos administrativos de más de 270– tres forman parte del grupo El Comercio (incluido en seis casos), además de la Empresa Peruana de Servicios Editoriales (con cuatro casos), La República (2), La Primera (2), Latina(1), La Mula(1) y OjoPublico (1), entre otros. En uno de los casos del grupo El Comercio, la autoridad de protección de datos personales falló en contra y ordenó bloquear nombres y apellidos del involucrado en un artículo publicado por el medio. Igual ocurrió en un caso contra la empresa que edita El Peruano, pero en este caso la autoridad ordenó retirar de su boletín digital de normas legales los datos de la persona. 

Estas cifras, es decir los 270 procesos, son solo procesos administrativos oficializados. Si se cuentan las denuncias en general que llegan a la autoridad de datos personales –solo algunas cumplen con los requisitos para iniciar un proceso, el resto es descartado por la entidad– se prevee un incremento de casos para los próximos años y una potencial amenaza contra la libertad de información en tiempos de Internet.

Según información oficial del Ministerio de Justicia, desde el 2013 han recibido 175 quejas por parte de personas que sostienen que sus derechos de protección de datos personales fueron violados. Del total, el 33% fueron planteadas contra medios. En los primeros años de creada la ley, las empresas eran las principales denunciadas, pero en los últimos dos años, los medios de comunicación también han empezado a sentir el mismo embate.

Las cifras son preliminares, pero preocupan por el panorama que presentan aun cuando el número de demandas contra medios todavía no iguala la cantidad anual de querellas por difamación en el Poder Judicial. A corto plazo la prensa deberá esperar demandas en simultáneo en la vía penal y administrativa: juicio por delito contra el honor y denuncia por violar la ley de datos personales. El primero entablado contra la persona natural (el autor del artículo del día o de una investigación de largo plazo) y la segunda contra la persona jurídica detrás de la organización de noticias.

Hábeas Data contra el periodismo

Precisamente, uno de los “pioneros” en plantear esta combinación de denuncias es el peruano Miguel Arévalo Ramírez, con antecedentes en la Dirección Antidrogas de la Policía por presuntos nexos con el narcotráfico. El 2016, este personaje –acostumbrado a presentarse en el Poder Judicial y en la Dirección de Protección de Datos Personales del Minjusdh como ciudadano estadounidense– planteó una demanda de Hábeas Data ante un juzgado de la Corte Superior de San Martín para borrar toda la información que existiera sobre él en Internet y al mismo tiempo interpuso una serie de querellas por difamación contra diferentes medios.

El Caso Arévalo, conocido en los archivos policiales como ‘Eteco’, promete convertir esta modalidad en un caso típico a corto plazo. En primer lugar, enviando cartas notariales a los medios para pedir el retiro de Internet de las menciones que lo relacionan con ilícitos, y demandando por ello ante la Dirección de Protección de Datos Personales; para luego acudir directamente al Poder Judicial a través de un Hábeas Data. Así los enemigos de la libertad de información acaban convirtiendo al recurso constitucional más preciado para acceder a información pública, en un arma de doble filo que acaba desnaturalizando la importancia del ‘Derecho al olvido’.

El Poder Judicial, en lugar de rechazar su Hábeas Data en San Martín y otras querellas en Lima por maliciosas, las continúa recibiendo, calificando y procesando. El panorama preocupa. Un juzgado de Tocache, en el valle cocalero del Huallaga, demoró dos años en resolver el Hábeas Data planteado el 2016 por Arévalo contra OjoPublico, La República, diferentes medios del Grupo El Comercio, Caretas, Hildebrandt en sus Trece y Willax; mientras otros seis juzgados de Lima tienen bajo investigación por difamación a 13 periodistas en mérito de otras denuncias planteadas por Arévalo.

Contra portales de transparencia y fiscalización

Sin embargo, el impacto contra los medios bajo la versión peruana del ‘Derecho al olvido’ no solo golpea la labor periodística directamente sino también el acceso a importantes herramientas de la prensa investigativa: los portales de transparencia y las bases de datos de las entidades fiscalizadoras en temas anticorrupción. Entre el 2013 y 2018, diferentes entidades del Estado han decidido ponerle candado a sus bases de datos tras ser denunciados por la presunta violación de los datos personales o simplemente para evitarse problemas con la dirección del Minjus.

En los últimos años, el ente rector en dichos temas abrió proceso a las entidades más relevantes de la judicatura: el Poder Judicial, el Ministerio Público, el Consejo Nacional de la Magistratura, el Tribunal Constitucional y el mismo Ministerio de Justicia, por mantener información en Internet que permitía conocer si una persona había tenido investigaciones fiscales, procesos penales, casos de extradición y condenas a prisión, e incluso si siendo magistrado había sido destituido del cargo.

Ojo-Publico.com confirmó que personas con antecedentes penales por delitos de tráfico de drogas, corrupción y otros han denunciado a los órganos del sistema judicial para eliminar información comprometedora de Internet. Lo mismo han intentado personas sometidas a procesos de extradición; magistrados retirados del cargo por actos ilícitos en el pasado; y hasta postulantes con historial negativo que intentan ocupar un puesto público por intermedio de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir), incluidos candidatos al desactivado Consejo Nacional de la Magistratura (CNM).

Los demandantes han concentrado su atención en dos herramientas determinantes en temas de lucha contra la corrupción y el crimen organizado: el Sistema de Información de Apoyo al Trabajo Fiscal (Siatf) del Ministerio Público; que contiene data de las investigaciones fiscales realizadas a nivel nacional en las últimas décadas, y de uso rutinario en los equipos especiales de dicha entidad; así como el Sistema Integrado Judicial (SIJ) del Poder Judicial; que guarda información de las sentencias impuestas por los magistrados de las diferentes cortes del Perú.

En algunos casos la autoridad de datos personales ordenó a las entidades del Estado a poner por encima el criterio de privacidad de las personas (algunos de ellos luego de su paso por el sector público o con diversos cuestionamientos) en detrimento de la necesidad de la opinión pública de conocer el pasado de alguien discutible. En otros casos los mismos órganos estatales, apenas reciben una notificación de la demanda ante la dirección del Minjusdh, proceden a eliminar el link de Internet con el contenido presuntamente violatorio de los datos personales, incluso antes de emitirse un fallo.

Esta corriente de autocensura del Estado por temor a ser demandado ante la autoridad del Minjusdh, o el aprovechamiento de denuncias para evitar ser transparente, es posible observarla en la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), que ocultó los nombres de los financistas del partido Fuerza Popular en los millonarios cócteles bajo el pretexto de proteger los datos personales; la Contraloría General de la República, que guarda información patrimonial de los funcionarios públicos como si fuera secreto de Estado; y el Tribunal Fiscal del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), cuyos fallos sobre evasores tributarios están censurados.

OjoPublico, en el marco de esta investigación, entrevistó a las actuales autoridades de protección de datos personales del Minjusdh, quienes mostraron un claro deslinde con sus antecesores en el cargo en los últimos años y su intención de priorizar el interés público y la libertad de información por encima de la censura bajo el pretexto de la protección de datos personales.

 

(*) Con la colaboración de Gianfranco Huamán en el análisis, procesamiento y visualización de los datos y Elizabeth Salazar en la elaboración de la animación.

Reloj Se ha añadido un artículo a su lista de lecturas