Multan con S/13 millones a Gloria y Nestlé por engañar con venta de productos que no eran leche

Indecopi confirmó que Pura Vida Nutrimax, Niños Defense, Bonlé Familiar, Ideal Amanecer y Reina del Campo son mezclas lácteas. Sanción puede ser apelada ante instancia superior.

El 2014 Indecopi recibió una denuncia similar contra Pura Vida, pero la archivo. /Andina

La comisión de protección al consumidor de Indecopi sancionó a las empresas Gloria y Nestlé con una multa de S/ 13,7 millones (3.388 UIT) por comercializar productos lácteos como si fueran leche evaporada. Según la entidad estatal, ambas compañías infringieron el derecho a la información de los consumidores y el deber a la idoneidad al vender un artículo distinto al esperado, aunque pueden apelar el fallo.

En el caso de Gloria, la sanción supera los S/9,3 millones por ofrecer como leche evaporada los productos Pura Vida Nutrimax, Niños Defense y Bonlé Familiar cuando en realidad se trataba de una “mezcla láctea compuesta” que incluía elementos no lácteos que servían para sustituir al compuesto verdadero.

Uno de los fundamentos del Indecopi para aplicar la multa fue que el 2014 Gloria tramitó el cambio de su registro sanitario para incluir en sus etiquetas la denominación “leche evaporada parcialmente descremada”, término no aceptado por la normativa alimentaria internacional y que sirvió para ocultar la mezcla real que vendían al público. Esta denominación fue corregida recién este año, cuando se hizo pública la denuncia contra la empresa.

En el caso de Nestlé, la sanción supera los S/4,3 millones, fue impuesta por los productos Ideal Amanecer y Reina del Campo, los cuales también son una mezcla láctea y no leche evaporada. 

DENUNCIAS ARCHIVADAS

Esta es una de las pocas sanciones que el Indecopi ha dictado contra Gloria, el segundo grupo económico más poderoso de la industria alimentaria en Perú y que concentra el 75% del mercado de leches industrializadas. Ojo-Publico.com analizó todas las denuncias que llegaron a dicha institución entre el 2006 y el 2016 y encontró que de 10 procesos, ocho se resolvieron a favor de la empresa; el resto fue archivado o declarado infundado.

Uno de los casos que desestimó versaba sobre el mismo motivo por el cual hoy impuso la multa. Se trata de la demanda presentada el 2015 por José Julca Preciado, quien cuestionó que la etiqueta de Pura Vida use la imagen de una vaca cuando no era leche de este animal.

Sin embargo, según la resolución 972-2016/PSO-Indecopi-PIU la empresa no tenía la culpa pues el término que usaba como leche evaporada estaba en su registro sanitario y "ha sido corroborado por la propia Dirección General de Salud Ambiental (Digesa) que autorizó el uso de esa denominación”.

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