Es cierto que el referéndum que rechazó la bicameralidad del Congreso puede revisarse desde fines del 2020
ojo Verdadero

Por OjoPúblico

Verificación a María del Carmen Alva, expresidenta del Parlamento.

Es cierto que el referéndum que rechazó la bicameralidad del Congreso puede revisarse desde fines del 2020

Fecha de declaración: 29 de julio del 2022
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Por OjoPúblico

Verificado por Melany Castro

La expresidenta del Congreso María del Carmen Alva fue consultada sobre la iniciativa para restablecer la bicameralidad que está pendiente en el Parlamento. En ese sentido, Alva dijo que el referéndum que rechazó esta reforma se realizó en el 2018 y que esa decisión permaneció sin posibilidad de variación por dos años, hasta fines del 2020. Tras revisar la normativa oficial y consultar con expertos en el tema, OjoPúblico concluye que esta versión es cierta.

La declaración específica de Alva figura en el siguiente diálogo: 

Entrevistador: Pero si dice que [el Congreso] es democrático, ¿por qué insistir en el tema de la bicameralidad a pesar de que los peruanos, el 85% de los peruanos, hace 4 años dijeron que no a la bicameralidad?

María del Carmen Alva: Un ratito, la bicameralidad fue en el 2018. Esto dura hasta el 2020. Dos años.

En principio, el referéndum es un mecanismo de participación ciudadana en los asuntos públicos. Pueden ser objeto de referéndum la "reforma total o parcial de la Constitución, la aprobación de normas con rango de ley, las ordenanzas municipales y las materias relativas al proceso de descentralización", de acuerdo con la actual Constitución Política del Perú

Cabe precisar que, semanas atrás, el Pleno del Congreso había aprobado el dictamen de reforma constitucional sobre el retorno al sistema bicameral, previamente presentado por la Comisión de Constitución y Reglamento. Esta iniciativa plantea que el Parlamento tenga una Cámara de Diputados integrada por 130 representantes y un Senado con 60 miembros.

No obstante, la votación no superó los dos tercios del número legal de congresistas (87 votos de 130, es decir, mayoría calificada), como exige la Constitución, en dos votaciones de legislaturas ordinarias sucesivas, para aprobar reformas. La otra vía, de acuerdo a la Carta Magna, es una aprobación por mayoría absoluta (66 votos) ratificada por consulta popular.

“Por esta razón, [esta nueva iniciativa] puede ratificarse mediante un referéndum. Es decir, opinan los ciudadanos”, apuntó Jorge Jáuregui, abogado y docente de la Facultad de Derecho y Ciencia Política de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. 

Consultada para esta verificación, la congresista María del Carmen Alva dijo que se basó en la ley sobre los Derechos de Participación y Control Ciudadanos. “El referéndum fue en diciembre del 2018. De las cuatro reformas constitucionales, no se aprobó la bicameralidad. De acuerdo a la Ley 26300 [...] tienen que pasar dos años para poder revisar legal o constitucionalmente una decisión adoptada por la vía del referéndum”, afirmó. 

En efecto, el artículo 43 de la Ley N.° 26300 de Derechos de Participación y Control Ciudadanos indica lo siguiente:

“Una norma aprobada mediante referéndum no puede ser materia de modificación dentro de los dos años de su vigencia, salvo nuevo referéndum o acuerdo del Congreso en dos legislaturas con el voto de dos tercios del número legal de congresistas. Si el resultado del referéndum deviene negativo, no podrá reiterarse la iniciativa hasta después de dos años”.

Cabe recordar que, en octubre del 2018, mediante Decreto Supremo N.° 101-2018-PCM, el entonces presidente de la república, Martín Vizcarra, convocó a Referéndum Nacional para someter a consulta ciudadana al menos cuatro reformas constitucionales sobre los siguientes temas: la conformación y funciones de la Junta Nacional de Justicia (JNJ), el financiamiento de partidos políticos, la prohibición de la reelección inmediata de los congresistas y el restablecimiento de la bicameralidad en el Parlamento. 

La última de las cuatro reformas, sobre la bicameralidad, fue rechazada por 13 949 831 votos, de acuerdo a los resultados publicados por el JNE mediante la Resolución N° 0002-2019-JNE.   

CAPTURA. Resultados del Referéndum Nacional del 2018. Fuente: El Peruano. 
 

En ese sentido, Eddie Cajaleon Castilla, docente de derecho constitucional de la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP), explicó a OjoPúblico que, desde el referéndum del 2018, se ha cumplido un periodo de vigencia en concordancia con la Ley N° 26300 de Derechos de Participación y Control Ciudadanos.   

“El resultado negativo del referéndum que desaprobó la reforma constitucional sobre la bicameralidad tuvo el período o límite máximo de dos años de efectos. Se entiende, contados desde la fecha en que se celebró el referéndum el día 9 de diciembre de 2018”, señaló Cajaleon. 

En el mismo sentido se pronunció el abogado constitucionalista Juan Carlos Díaz Colchado: “A la fecha, se pueden modificar las reformas a la Constitución que fueron aprobadas el año 2018. Igualmente, aquello que no fue aprobado, podría ser sometido nuevamente a referéndum luego de dos años de producido este”.

El abogado Jorge Jáuregui, de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, precisó a este medio que la Ley N° 26300 establece un marco normativo en el que se regula la vigencia del referéndum en sí mismo. 

“[Este periodo aplica] indistintamente si [el referéndum] es convocado por el presidente de la república o por los ciudadanos, conforme lo establece esta ley”, precisó Jáuregui.

En resumen, la Ley N° 26300 señala que, si una norma es rechazada en referéndum, no puede reiterarse la misma iniciativa hasta dos años después de la consulta inicial. En el Referéndum Nacional del 2018 se rechazó la reforma constitucional de retorno a la bicameralidad en el Parlamento, por lo que este resultado no podía ser modificado hasta finales del 2020. En la actualidad, puede ser sometida nuevamente a consulta popular.

En función a lo expuesto, OjoPúblico concluye que es cierto el dato de María del Carmen Alva, expresidenta del Congreso, acerca de que el referéndum que rechazó la bicameralidad en 2018 puede revisarse al cumplirse dos años, en diciembre del 2020.

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